Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 1998 (02/03/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 2 de marzo de 1998

51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente Resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 6º.- La EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA, para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2247

DEL PERU E.I.R.L., el establecimiento de una estacion del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada - FM, en el distrito y provincia de Tarma, departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2248

PESQUERIA

Declaran caducidad de autorizaciones otorgadas a empresas para la instalaDejan sin efecto resolucion que autori- cion de plantas de congelado y curado zo a empresa establecer estacion de de productos hidrobiologicos servicio de radiodifusion comercial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 098-98-MTC/15.19 MORDAZA, 24 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 482-93-TCC/15.17, de fecha 14.diciembre.93, se autorizo a la Empresa RADIODIFUSION BREGAR DEL PERU E.I.R.L. por el plazo que se indica, el establecimiento de una estacion del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada - FM, en el distrito y provincia de Tarma, departamento de MORDAZA, dandole el periodo de un ano de instalacion y prueba, prescribiendo en su Articulo 3º que si la empresa por causas que le fuesen imputables no obtenia Licencia de Operacion en el plazo de 24 meses computados a partir de la expedicion de la citada Resolucion, esta dejaria de surtir sus efectos; Que la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, de fecha 18.febrero.94, senala que los expedientes que se encuentren en tramite y pendientes de resolver a la fecha de publicacion del citado Reglamento, continuaran siendo atendidos conforme a las disposiciones que este contempla; Que el Articulo 171º del Reglamento bajo comentario establece que la Licencia se expedira siempre que la instalacion de los equipos y las pruebas de funcionamiento resultasen satisfactorias; senalando el Articulo 162º, concordado con el Articulo 164º del Reglamento aludido, que MORDAZA de los 60 dias calendario previos a la terminacion del periodo de prueba el titular de la autorizacion esta obligado a solicitar la inspeccion tecnica correspondiente para verificar sus instalaciones y practicar las pruebas de funcionamiento, caso contrario el MTC dejara sin efecto la autorizacion correspondiente; Que la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 018-98-MTC/15.19.01, estima pertinente dejar sin efecto la autorizacion concedida mediante Resolucion Ministerial Nº 482-93-TCC/15.17 por cuanto su titular no ha solicitado la inspeccion tecnica dentro del plazo que indica la legislacion en materia de telecomunicaciones, ya que la solicitud de inspeccion correspondiente ha sido presentada con fecha 22.octubre.1997, es decir, despues de haber transcurrido 3 anos y 10 meses de otorgada la autorizacion respectiva; Acorde con el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 06-94-TCC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 482-93-TCC/15.17, de fecha 14.diciembre.93, que autorizo a la Empresa RADIODIFUSION BREGAR RESOLUCION MINISTERIAL Nº 102-98-PE MORDAZA, 27 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 423-96-PE de fecha 13 de agosto de 1996, se otorgo autorizacion a SERVICIOS FLIPPER S.A. para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar las actividades de congelado y curado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento a ubicarse en el Sublote Nº 1, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 632-96-PE de 24 de diciembre de 1996, se otorgo a SERVICIOS FLIPPER S.A. licencia de operacion para desarrollar la actividad de curado, quedando pendiente el otorgamiento de la licencia para operar su planta de congelado por no haberla instalado; Que de la evaluacion efectuada al expediente de la citada empresa, se ha determinado que no ha solicitado prorroga del plazo de instalacion, ni ha cumplido con solicitar la inspeccion tecnica correspondiente para el otorgamiento de la licencia para operar su planta de congelado, incurriendo en la causal de caducidad prevista en el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 423-96PE; Estando a lo informado por la Direccion de Normas a traves de su Informe Nº 024-98-PE/DNPP-Dn, de 4 de febrero de 1998, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 423-96-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la caducidad de la autorizacion de instalacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 423-96-PE de fecha 13 de agosto de 1996, a SERVICIOS FLIPPER S.A. en lo referido a su planta de congelado en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Sublote Nº 1, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 2266 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 103-98-PE MORDAZA, 27 de febrero de 1998

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