Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 1998 (02/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 2 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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Ubicacion Planta Transmisora : Final Jr. MORDAZA - MORDAZA lago Titicaca, Dist., Prov. y Dpto. Puno. Coordenadas: L.O. 70° 01' 15" L.S. 15° 49' 19" Articulo 3º.- La autorizacion precedente se computara por periodos sucesivos, por lo tanto vencera el 8 de enero del ano 2008, procediendo la Direccion General de Telecomunicaciones a extender a la empresa RADIO EMISORA FRONTERA E.I.R.L. la correspondiente licencia de operacion, no excediendo esta el plazo de autorizacion otorgado. Articulo 4º.- La presente Resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la empresa RADIO EMISORA FRONTERA E.I.R.L. incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento acotado. Articulo 5º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General en mencion, la empresa RADIO EMISORA FRONTERA E.I.R.L. no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 2º de la presente Resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 6º.- Los derechos otorgados en la presente Resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente Resolucion quedara automaticamente anulada. Articulo 7º.- La empresa RADIO EMISORA FRONTERA E.I.R.L. para solicitar la renovacion de la autorizacion otorgada, observara el plazo previsto en el Articulo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2246 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 097-98-MTC/15.19 MORDAZA, 24 de febrero de 1998 Vista la Solicitud presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA., sobre autorizacion del plazo MORDAZA para operar la estacion del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, y cambio de ubicacion de los estudios y disminucion de potencia de la estacion; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 023-86-TC/TEL, de fecha 13.Febrero.86, se concedio a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA., el plazo de un (1) ano, para que proceda a instalar y operar en periodo de prueba, una estacion de Radiodifusion Sonora Comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que por R.D. Nº 076-87-TC/TEL.li, del 30.ENE.87, se autorizo a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA., el cambio de ubicacion de la planta transmisora de la citada estacion en OM, al distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad;

Que por R.D. Nº 522-87-TC/TEL.li. del 1.SET.87, se concedio a la referida empresa una prorroga de seis (6) meses, para que cumpla con instalar la estacion autorizada en OM; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos de su Informe Nº 185-96-MTC/15.17.af. expresa que habiendose efectuado inspeccion tecnica a las instalaciones de la estacion en OM, se constato el cambio de ubicacion de los estudios y que son satisfactorias sus pruebas de funcionamiento; emitiendo su conformidad tecnica; Que la Direccion de Asesoria Tecnica de la citada Direccion General, segun los Informes Nºs. 045-93-TCC/ 15.17.at. y 060-98-MTC/15.19.01, consideran procedente lo solicitado por la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA.; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC y 06-94-TCC; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones y del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos, a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA. la operacion de una estacion del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios : BC-OM : 1500 KHz : OBX-2X-OM : 500 w : 8A3E : H24 : MORDAZA Barranca Nº 469, Urb. Chimu, Dist. y Prov. MORDAZA, Dpto. La Libertad.

Ubicacion de la Planta Transmisora :Dist. MORDAZA de MORDAZA, Prov. MORDAZA, Dpto. La MORDAZA Coordenadas: L.O. 79° 00' 05" L.S. 08° 04' 02" Articulo 2º.- La autorizacion precedente se otorga por el plazo de diez (10) anos, en periodos sucesivos, que se computara a partir del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado por R.M. Nº 023-86-TC/ TEL y de su prorroga otorgada por R.D. Nº 522-87-TC/ TEL.li., por tanto tendra vigencia hasta el 1 de marzo del ano 2008, procediendo la Direccion General de Telecomunicaciones a extender a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA. la correspondiente licencia de operacion, no excediendo esta el plazo de autorizacion otorgado. Articulo 3º.- La presente Resolucion dejara de surtir efectos en el caso que la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA. incumpla con lo establecido en el Articulo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Articulo 151º del Reglamento acotado. Articulo 4º.- De conformidad con el Articulo 118º del Reglamento General en mencion, la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL J.C.L. E.I.R.LTDA. no podra introducir modificaciones en las caracteristicas tecnicas establecidas en el Articulo 1º de la presente Resolucion, sin la autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 5º.- Los derechos otorgados en la presente Resolucion son intransferibles, salvo previa autorizacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, caso contrario y en aplicacion del Articulo

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