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Pág. 157772 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de marzo de 1998 M T C Autorizan a empresas operar estacio- nes de servicio de radiodifusión co- mercial en los departamentos de Ayacucho, Cajamarca, Puno y La Li- bertad RESOLUCION MINISTERIAL Nº 092-98-MTC/15.19 Lima, 24 de febrero de 1998 Vista las Solicitudes presentadas por la empresa RA- DIODIFUSORA COMERCIAL MELODY S.C.R.L., sobre autorización del plazo máximo de diez (10) años, para operar una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modula (FM), ubicada en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, depar- tamento de Ayacucho, así como el cambio de ubicación, disminución de potencia y cambio de modo de emisión; CONSIDERANDO: Que por Resolución Suprema Nº 019-85-COMS/DGCS, de fecha 4.MAR.85, se concedió a la empresa RADIODI- FUSORA COMERCIAL MELODY S.C.R.L., el plazo de un (1) año, para que proceda a instalar y operar en período de prueba, una estación de Radiodifusión Sonora Comer- cial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que por R.D. Nº 530-86-TC/TEL.li del 10.SET.86, se le otorga una prórroga de seis (6) meses, computable a partir de la fecha de expedición de dicha Resolución; venciendo por tanto el período de instalación y prueba el 10.MAR.87; Que la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 288-97-MTC/15.19.03.02, expre- sa que habiéndose efectuado inspección técnica a las instalaciones de la estación en FM, se constató el cambio de su ubicación y la disminución de potencia, así como del modo de emisión, y que son satisfactorias sus pruebas de funcionamiento, emitiendo su conformidad técnica; Que por adecuación a la legislación vigente, se modifi- có la forma societaria de la empresa RADIODIFUSORA COMERCIAL MELODY S.C.R.L. a RADIODIFUSORA COMERCIAL MELODY E.I.R.LTDA., según Escritura Pública que se encuentra inscrita en la Ficha Nº 0099 del Registro Mercantil de la Oficina Registral Zonal de Aya- cucho; Que la Dirección de Asesoría Técnica de la citada Dirección General, según el Informe Nº 392-97-MTC/ 15.19.01, considera procedente otorgar la autorización solicitada por RADIODIFUSORA COMERCIAL MELO- DY E.I.R.LTDA.; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC y 06-94-TCC; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Comuni- caciones y del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa RADIODIFUSORA COMERCIAL MELODY E.I.R.LTDA. la operación de una estación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modula- da (FM), ubicada en el distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, así como el cam- bio de ubicación, disminución de potencia y cambio del modo de emisión, de acuerdo a las siguientes caracterís- ticas técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :101.7 MHz. Indicativo :OCZ-5B-FMPotencia :500 w Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Asamblea Nº 285, Dist. Ayacu- cho, Prov. Huamanga, Dpto. Ayacu- cho. Coordenadas: L.O. 74° 13' 28" L.S. 13° 09' 27" Artículo 2º.- La autorización precedente se compu- tará por períodos sucesivos, por lo tanto vencerá el 10 de marzo del año 2007, procediendo la Dirección General de Telecomunicaciones a extender a la empresa RADIODI- FUSORA COMERCIAL MELODY E.I.R.LTDA. la co- rrespondiente licencia de operación, no excediendo ésta el plazo de autorización otorgado. Artículo 3º.- La presente Resolución dejará de surtir efectos en el caso que la empresa RADIODIFUSORA COMERCIAL MELODY E.I.R.LTDA. incumpla con lo establecido en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, o incurra en alguna de las causa- les contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento acotado. Artículo 4º.- De conformidad con el Artículo 118º del Reglamento General en mención, la empresa RADIODI- FUSORA COMERCIAL MELODY E.I.R.LTDA. no podrá introducir modificaciones en las características técnicas establecidas en el Artículo 1º de la presente Resolución, sin la autorización previa de este Ministerio. Artículo 5º.- Los derechos otorgados en la presente Resolución son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, caso contrario y en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la presente Resolución quedará automáticamente anulada. Artículo 6º.- La empresa RADIODIFUSORA CO- MERCIAL MELODY E.I.R.LTDA. para solicitar la renova- ción de la autorización otorgada, observará el plazo pre- visto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2244 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 093-98-MTC/15.19 Lima, 24 de febrero de 1998 Vista la Solicitud presentada por la EMPRESA DE RADIODIFUSION RADIO INTERNACIONAL S.R.LTDA., sobre autorización del plazo máximo de diez (10) años, para operar una estación del Servicio de Radio- difusión Sonora Comercial en Frecuencia Modula (FM), ubicada en el distrito y provincia de San Pablo, depar- tamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 078-92-TC/15.17, de fecha 10.FEB.92, se concedió a EMPRESA DE RA- DIODIFUSION RADIO INTERNACIONAL S.R.LTDA. el plazo de un (1) año, para que proceda a instalar y operar en período de prueba, una estación de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de San Pablo, Región Nor Oriental del Marañón;