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Pág. 157786 NORMAS LEGALES Lima, lunes 2 de marzo de 1998 Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, corres- pondiente al mes de febrero de 1998 y la Variación Acu- mulada del Indice de Precios Promedio al Por Mayor a Nivel Nacional, con respecto al mes de diciembre de 1997 y aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional (Base: Año 1990 = 100.0) correspondiente al mes de febrero de 1998: AÑO 1998 NUMERO VARIACION PORCENTUAL MES INDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 1498,188180 1,28 1,28 FEBRERO 1511,998762 0,92 2,22 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín del Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de febrero de 1998, documento que contiene la Información Oficial de Precios al Por Mayor. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 2310 Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de febrero de 1998 RESOLUCION JEFATURAL Nº 075-98-INEI Lima, 28 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de Norma Legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la variación mensual que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo, la Primera Disposición Final del De- creto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumi- dor, con respecto al Indice del mes de diciembre del año anterior; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publi- cación de la Variación Mensual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de febrero de 1998 y la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre de 1997 y aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcentual Mensual y Acumulada del Indice de Precios alConsumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 1994 = 100,0) correspondiente al mes de febrero de 1998; AÑO 1998 NUMERO VARIACION PORCENTUAL MES INDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 139,21 0,91 0,91 FEBRERO 140,93 1,23 2,15 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metro- politana, correspondiente al mes de febrero de 1998, documento que contiene la Información Oficial de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 2311 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Amplían plazo para el pago de la prime- ra cuota del Impuesto Predial y Arbi- trios Municipales DECRETO DE ALCALDIA Nº 029-98-CDSB-A San Borja, 26 de febrero de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyentes en el pago oportuno de los tributos municipales, se hace necesario prorrogar el plazo para el pago de la 1ra. cuota del Impuesto Predial - Arbitrios 1998; Que, la Oficina de Rentas en su Informe Nº 103-98- CDSB-OR solicita se prorrogue el plazo para el pago de la 1ra. cuota del Impuesto Predial - Arbitrios 1998 hasta el 6.3.98; Que, el Art. 29º del Código Tributario, D. Leg. Nº 816, establece en su último párrafo que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las Oficinas de Rentas, Administración y Asesoría Jurídica; y, lo dispuesto en el Art. 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de la 1ra. cuota del Impuesto Predial - Arbitrios 1998, hasta el 6 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento del presente Decreto, y a la Unidad de Imagen Institucional la difusión del mismo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 2258