Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 1998 (28/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 28 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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das cumpliendo las formalidades senaladas en los Articulos MORDAZA al Octavo. Articulo Decimo.- El funcionario responsable del Deposito Municipal, informara al Director Municipal, el cumplimiento de los plazos para declarar el abandono de bienes el mismo dia en que se produzca, bajo responsabilidad. Articulo Decimo Primero.- Para el caso de bienes perecibles, la entrega de los bienes abandonados se debera verificar en un plazo MORDAZA de cinco dias utiles desde la declaracion del estado de abandono. Articulo Decimo Segundo.- Los bienes perecibles decomisados en estado de descomposicion y los productos de circulacion o consumo prohibidos, se incineraran o eliminaran inmediatamente, previo levantamiento del acta correspondiente, la misma que sera suscrita por el Director de Sanidad, Director de Asesoria Juridica y Director de Seguridad Vecinal, de la cual se enviara MORDAZA a la Comisaria del sector de la Policia Nacional del Peru. Articulo Decimo Tercero.- Cuando existan indicios que los productos materia del decomiso MORDAZA adulterados, falsificados o que constituyan peligro para la MORDAZA o salud de las personas, previo informe de la Direccion de Sanidad y Proyeccion Social, el Director de Seguridad Vecinal pondra en conocimiento de la Policia Nacional del Peru dichas circunstancias para los efectos legales pertinentes. Articulo Decimo Cuarto.- La Municipalidad de San MORDAZA, no se hace responsable por la perdida o deterioro de los bienes perecibles y/o no perecibles decomisados, cuando se produzca como consecuencia de actos que no le MORDAZA imputables, cuando la perdida o dano sea producto del caso fortuito o fuerza mayor. Articulo Decimo Quinto.- MORDAZA de las actas de decomiso de bienes, se enviara a la Direccion de Sanidad y Bienestar Social para que califique los bienes como perecibles o no perecibles. DISPOSICIONES FINALES

Publica, en aplicar principios y procesos tecnicos de Simplificacion Administrativa, en el MORDAZA de modernizacion y productividad del Estado, evitando requisitos innecesarios y trabas burocraticas con miras a agilizar la prestacion del servicio al publico usuario; Que, como autoridad competente la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, tiene la facultad de normar sus propios procedimientos para la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autoavaluo correspondiente al Impuesto Predial; Estando al Informe Nº 112-98-09-OAJ/MSI expedido por la Oficina de Asesoria Juridica, el mismo que considera procedente la propuesta alcanzada, por encontrarse de acuerdo con las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 776, en concordancia con la Ley Nº 25035 y el Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816; En uso de las facultades que le confiere el inciso 8) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: 1º.- APROBAR el Procedimiento de Simplificacion y Automatizacion de las Declaraciones Juradas de Autoavaluo del Impuesto Predial, de los contribuyentes propietarios de 16 o mas predios en el distrito de San Isidro. 2º.- El presente procedimiento es de caracter optativo para los contribuyentes que tengan hasta 15 predios. 3º.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Dado en la MORDAZA Consistorial de San MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de marzo de mil novecientos noventiocho. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 3434

Primera Disposicion Final.- Deroguese las disposiciones de esta Municipalidad, que se opongan a las contenidas en esta Ordenanza. MORDAZA Disposicion Final.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia en la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 3433

Aprueban reajuste de remuneracion del MORDAZA y dieta de regidores del concejo distrital
ACUERDO DE CONCEJO Nº 07-98-MSI San MORDAZA, 26 de marzo de 1998 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion de Concejo de fecha 26 de marzo de 1997 lo referente a la remuneracion del senor MORDAZA y la dieta de los senores Regidores; CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo previsto en la Ley Nº 26317 que modifica la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita su Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad y previo Acuerdo del respectivo Concejo; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 12-97-MSI de fecha 19 de febrero de 1997, se establecio el 25% del haber neto del Titular del Pliego la dieta que corresponde a cada Regidor por la asistencia efectiva a cada sesion, no pudiendo percibirse mas del 80% de la remuneracion del Titular del Pliego fijada en 3.5 del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); Que, el monto mensual de las dietas se encuentra previsto en el Presupuesto de 1998 de la Municipalidad aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 72-97-MSI de fecha 22 de diciembre de 1997; De conformidad con la Ley Nº 26317 concordante con el Articulo 37º incisos 1) y 4) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; Por unanimidad ha adoptado el siguiente:

Aprueban procedimiento de simplificacion y automatizacion de Declaraciones Juradas de Autoavaluo del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDIA Nº 06-98-ALC/MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA Vista la Propuesta de Simplificacion y Automatizacion de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial, presentado por la Direccion de Rentas, para los casos de contribuyentes con 16 predios o mas en el distrito de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, es necesario dictar medidas que mejoren la atencion a los contribuyentes, sistematicen y agilicen los procedimientos; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, en su Articulo 1º declara de interes nacional la racionalizacion del sistema tributario municipal para la simplificacion de la administracion de los tributos que constituyen rentas de los Gobiernos Locales y optimizar su recaudacion; Que, la Ley de Simplificacion Tributaria Administrativa Nº 25035, establece como MORDAZA la facilidad que deben de brindar las entidades de la Administracion

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