Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 1998 (28/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 28 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestacion del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 371-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 177-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes MORDAZA S.A. cuya sigla sera "TRANS - OLANO" S.A., la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, en la ruta: CHICLAYO - AGUAS VERDES y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR : CHICLAYO - AGUAS VERDES y viceversa : CHICLAYO : : : : : REGION: NOR ORIENTAL DEL MARANON AGUAS VERDES REGION: GRAU PIURA-TUMBES Piura-Tumbes Una (1) diaria Tres (3) omnibus

JUSTICIA
Aprueban convenio a celebrarse entre el Ministerio y empresa editora para publicacion de la Tercera Edicion Oficial del Codigo Penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-98-JUS MORDAZA, 26 de marzo de 1998 Visto el documento de fecha 12 de enero de 1998 de Editora y Distribuidora Juridica Grijley E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislacion y promover su estudio y difusion, asi como ejecutar y coordinar su edicion oficial; Que evaluada la propuesta formulada por Editora y Distribuidora Juridica Grijley E.I.R.L., para la publicacion de una nueva Edicion Oficial del Codigo Penal, y en virtud del Acta de fecha doce de marzo de ano en curso del Comite Evaluador de Propuestas presentadas por las Editoras Especializadas para la Publicacion y Distribucion de ediciones oficiales del Ministerio de Justicia, que forma parte de la presente resolucion, se ha considerado conveniente celebrar un convenio con la citada editora para la publicacion de la edicion oficial mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, inciso i) del Articulo 3º e incisos i) y j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 017-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Convenio de Edicion a celebrarse entre el Ministerio de Justicia y Editora y Distribuidora Juridica Grijley E.I.R.L., para la publicacion de la Tercera Edicion Oficial del CODIGO PENAL. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Viceministro de Justicia, para que en representacion del Ministerio de Justicia, suscriba el mencionado Convenio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia. 3368

FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus : UO-7705 (1995) y UO-3834 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus : UO-3835 (1994) HORARIOS : Salida de CHICLAYO : 20.30 horas Salida de AGUAS VERDES : 20.30 horas

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC; caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MONTTI DE MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 3383

PESQUERIA
Disponen reiniciar temporada de extraccion del recurso "camaron de rio" en los cuerpos de agua publicos de la vertiente occidental de los Andes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 153-98-PE MORDAZA, 26 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la

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