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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 1998 (28/03/1998)

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Pág. 158583 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de marzo de 1998 Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aproba- do por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la presta- ción del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum Nº 371-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 177-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes OLA- NO S.A. cuya sigla será "TRANS - OLANO" S.A., la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, en la ruta: CHI- CLAYO - AGUAS VERDES y viceversa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA : CHICLAYO - AGUAS VERDES y viceversa ORIGEN : CHICLAYO REGION: NOR ORIENTAL DEL MARAÑON DESTINO : AGUAS VERDES REGION: GRAU ITINERARIO : PIURA-TUMBES ESCALA COMERCIAL : Piura-Tumbes FRECUENCIAS : Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR : Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) ómnibus : UO-7705 (1995) y UO-3834 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus : UO-3835 (1994) HORARIOS : Salida de CHICLAYO : 20.30 horas Salida de AGUAS VERDES : 20.30 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General Dirección General de Circulación Terrestre 3383 JUSTICIA Aprueban convenio a celebrarse entre el Ministerio y empresa editora para publicación de la Tercera Edición Ofi- cial del Código Penal RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-98-JUS Lima, 26 de marzo de 1998 Visto el documento de fecha 12 de enero de 1998 de Editora y Distribuidora Jurídica Grijley E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones sistematizar la legislación y promover su estudio y difu- sión, así como ejecutar y coordinar su edición oficial; Que evaluada la propuesta formulada por Editora y Distribuidora Jurídica Grijley E.I.R.L., para la publica- ción de una nueva Edición Oficial del Código Penal, y en virtud del Acta de fecha doce de marzo de año en curso del Comité Evaluador de Propuestas presentadas por las Editoras Especializadas para la Publicación y Distribu- ción de ediciones oficiales del Ministerio de Justicia, que forma parte de la presente resolución, se ha considerado conveniente celebrar un convenio con la citada editora para la publicación de la edición oficial mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, inciso i) del Artículo 3º e incisos i) y j) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolución Mi- nisterial Nº 017-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Convenio de Edición a celebrarse entre el Ministerio de Justicia y Editora y Distribuidora Jurídica Grijley E.I.R.L., para la publica- ción de la Tercera Edición Oficial del CODIGO PE- NAL. Artículo 2º.- AUTORIZAR al Viceministro de Justi- cia, para que en representación del Ministerio de Justicia, suscriba el mencionado Convenio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia. 3368 PESQUERIA Disponen reiniciar temporada de extracción del recurso "camarón de río" en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes RESOLUCION MINISTERIAL Nº 153-98-PE Lima, 26 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la