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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 1998 (28/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 158596 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de marzo de 1998 ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR el reajuste de la re- muneración del señor Alcalde y dieta de los señores Regidores a partir del 1 de enero de 1998, en base a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. Artículo Segundo.- PRECISAR que únicamente dos (2) Sesiones de Concejo al mes serán rentadas, pudiéndose efectuar un número mayor de sesiones para tratar tareas específicas del funcionamiento de la Municipalidad. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se dé cumplimiento al presente Acuerdo. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 3432 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Suspenden la realización de reuniones públicas bailables y musicales en ge- neral durante la Semana Santa DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-98-DASS Santiago de Surco, 27 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que la Semana Santa en Santiago de Surco, goza de especial celebración atrayendo numerosos y fervientes devotos de diversos distritos; Que del 6 al 12 de abril, se celebra la Semana Santa, fecha de recogimiento y reflexión religiosa de profundo significado para las mayorías católicas del país y en especial para el pueblo de Santiago de Surco, de recono- cido fervor religioso; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Primero.- Suspéndase en la jurisdicción de Santiago de Surco, durante la Semana Santa (6 al 12 de abril) la realización de eventos y reuniones públicas bailables y musicales en general. Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Dirección de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 3407 Aprueban monto de dieta que percibi- rán regidores por asistencia efectiva a cada sesión de concejo y fijan remu- neración del alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-98-ACSS Santiago de Surco, 19 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26317, que modifica los Artículos 21º, 22º y 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece las normas que regulan el otorgamiento de remuneraciones y dietas para los Alcaldes y regidores del país; Que, la indicada Ley establece que los regidores perci- birán una dieta por su asistencia efectiva a la correspon- diente sesión de Concejo, abonándose proporcionalmente hasta un máximo de cuatro (4) sesiones al mes; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 26317 y luego del debate y efectuada la votación nominal adoptó, por mayoría el siguiente: ACUERDO: Aprobar la suma de Un Mil Quinientos nuevos soles (S/. 1,500.00) por concepto de dieta que percibirán los señores regidores del Concejo de Santiago de Surco, por la asistencia efectiva a cada sesión, en un máximo de cuatro al mes, durante el ejercicio presupuestal de 1998. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 3423 ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-98-ACSS Santiago de Surco, 19 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26317, que modifica los Artículos 21º, 22º y 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, establece las normas que regulan el otorgamiento de remuneraciones y dietas para los Alcaldes y regidores del país; Que, la indicada Ley establece que el señor Alcalde recibe una remuneración mensual por el ejercicio de su función; De conformidad con el Art. 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate y efectuada la votación nominal adoptó por mayoría el siguiente: ACUERDO: Artículo Unico.- Fijar en 3,25 Unidades Impositivas Tributarias la remuneración mensual que percibirá el señor Alcalde durante el ejercicio presupuestal de 1998. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 3424