Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 1998 (29/05/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 1998

Visto el Acta de valorizacion Nº 042-98-INDECI de fecha 18 de MORDAZA de 1998; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, esta encargado del planeamiento, coordinacion y control de las actividades de defensa civil a nivel nacional; Que el GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA; ha donado al Instituto Nacional de Defensa Civil, carpas, frazadas y generadores diesel; segun se detalla en cuadro adjunto a la presente resolucion para la atencion de los damnificados por desastres naturales ocasionados por el Fenomeno "El Nino" valorizados en UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTIUN y 84/100 Nuevos Soles (S/. 1'522,161.84); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942 y 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nºs. 442 y 735; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion efectuada por el GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, segun se detalla en cuadro adjunto a la presente resolucion valorizado en UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTIUN y 84/100 Nuevos Soles (S/. 1'522,161.84). Articulo Segundo.- Agradecer al GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA, por el valioso aporte efectuado en favor del Sistema Nacional de Defensa Civil del Peru, para la atencion de los damnificados por desastres naturales acasionados por el Fenomeno "El Nino". Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, Intendencia de la Aduana Maritima del Callao y al Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 5689

1.4 En el caso de la transmision electronica, el Despachador de Aduanas indicara para efectos de la aplicacion del derecho provisional, en el MORDAZA CEX-PODUMP del archivo IMPDETo1, el Codigo ooo1. 1.5 Para el llenado de la Declaracion Unica de Importacion (DUI), el declarante consignara en el extremo inferior del rubro 7.26 de cada serie afecta a Derechos Provisionales, lo siguiente: Codigo Derecho Provisional Nº ooo1 2. Determinacion de la Base Imponible La base imponible para la aplicacion de los derechos provisionales fijos, se obtendra considerando el peso en kilos netos de las fibras discontinuas de poliester por US$ 0.23. 3. Liquidacion y Pago Los derechos provisionales se liquidaran en dolares americanos y seran cancelados conjuntamente con los Derechos de Aduana y demas tributos de importacion en moneda nacional utilizando el MORDAZA de cambio vigente a la fecha del pago del Adeudo. 4. Constitucion de la Garantia y Fianza 4.1 Opcionalmente, los importadores podran efectuar el pago de los derechos provisionales, constituyendo garantia o fianza por un monto equivalente a los mismos. 4.2 La garantia sera presentada en la forma que establece el Art. 26º de la Ley General de Aduanas, D. Legislativo Nº 809, y en los Articulos 26º y 27º de su Reglamento, D.S. Nº 121-96-EF. 5. Vigencia Los derechos provisionales se aplicaran a las Declaraciones Unicas de Importacion numeradas a partir del 15 de MORDAZA de 1998 y mantendran su vigencia hasta que el Sector Integracion nos comunique el pronunciamiento definitivo final de la Secretaria General de la Comunidad Andina. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 5690

ADUANAS

Dictan normas sobre aplicacion de derechos provisionales a las importaciones de fibras discontinuas de po- Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex servidores de la institucion liester, originarias de Colombia
CIRCULAR Nº 46-15-98-ADUANAS/INTA Callao, 26 de MORDAZA de 1998 Senor Intendente de Aduana Mediante el Facsimil Nº 097-98-MITINCI/VMTINCI, el Viceministro de Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, nos comunica que la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA ha emitido la Resolucion Nº 081, publicada en la Gaceta Oficial Nº 341 del Acuerdo de Cartagena, el dia 15 de MORDAZA de 1998, sobre la aplicacion de derechos provisionales a las importaciones de fibras discontinuas de poliester, originarias de Colombia, y en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 001029 de fecha 18.MAR.97, sirvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de esa Intendencia lo siguiente: 1. MORDAZA de Aplicacion 1.1 Las importaciones de fibras discontinuas de poliester de Colombia, producida por la empresa ENKA S.A., estan afectas al pago de derechos provisionales fijos, como sigue: RESOLUCION JEFATURAL Nº 142-98-ORLC/JE MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1998 Vistos, el Oficio Nº 1177-CR-DL-P del 14 de octubre de 1997 de la Tercera Vicepresidenta del Congreso de la Republica Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Chincha, el Oficio Nº 1083-97-JUS/SG del 24 de octubre de 1997 de la Secretaria General del Ministerio de Justicia, Dra. MORDAZA G. MORDAZA Napuri, los actuados administrativos, la Hoja Informativa Nº 007-98-ORLC/AI del 22 de enero de 1998 de la Oficina de Auditoria Interna y, el Informe Nº 03998-ORLC/TR del 31 de marzo de 1998 de la Primera Sala del Tribunal Registral; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1177-CR-DL-P del 14 de octubre de 1997 la Tercera Vicepresidenta del Congreso de la Republica hace de conocimiento del Ministro de Justicia el pedido del congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA de que se oficie a esta Jefatura para que informe sobre numerosas operaciones de venta, Cesion en Uso y Usufructo de tierras de la Comunidad Campesina de MORDAZA, las mismas que se habrian efectuado sin tomar en cuenta las disposiciones legales correspondientes, afectando el patrimonio de la Comunidad, tanto que dichas ventas fueron acordadas solo por su Junta Directiva a precios bajos; Que, la Oficina de Auditoria Interna ha revisado los antecedentes registrales de la Comunidad Campesina de MORDAZA, Ficha Nº 003 del Registro de Personas Juridicas, como tambien de la partida registral numero X inscrita a fojas 65 del tomo 46 del Registro de Propiedad Inmueble, las fichas de continuacion de tomo y los titulos archivados que dieron origen a los asientos respectivos, habiendose encontrado irregularidades en los Titulos archivados Nº 6017 del 11 de enero de 1994, Nº 6971 del 22 de junio de 1994, Nº 7412 del 1 de octubre de 1994, 7561 del 22 de setiembre de 1994, Nº 7624 del 3 de octubre de 1994, Nº 7906 del 15 de noviembre de 1994, Nº 8179 del 22 de diciembre de 1994,

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO

SUBPARTIDA NANDINA 5503.20.00.00

DESCRIPCION Fibras discontinuas de poliester con decitex de 1.5

DERECHO PROVISIONAL US$ 0.23 por kilogramo

1.2 El numeral anterior implica que la mercancia sujeta a derechos provisionales puede provenir de otro MORDAZA y ser exportada por cualquier otra empresa, debiendo verificarse el hecho de ser originaria de Colombia y fabricada por la empresa ENKA S.A. 1.3 Los derechos provisionales se aplicaran independientemente de los derechos Ad/Val CIF, correspondiendo a estos ultimos el tratamiento tributario normal o el aplicable conforme al D.S. Nº 014-97-ITINCI.

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