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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 1998 (29/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 160243 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de mayo de 1998 7945 del 18 de noviembre de 1994, Nº 8306 del 11 de enero de 1995, Nº 1265 del 23 de octubre de 1995, Nº 471 del 16 de agosto de 1995, Nº 393 del 31 de enero de 1996 y Nº 2508 del 13 de agosto de 1996; Que, en este sentido del Título archivado Nº 6017 sobre la Cesión en Uso y/o Usufructo a favor del Club "Las Marquesitas" de un terreno de 2.4 hectáreas, según escritura pública del 26 de mayo de 1992, inscrito en el asiento 8 a fojas 69 del tomo Nº 46 del Registro de Propiedad Inmueble por el ex Registrador (e) Custo- dio Lévano Gutiérrez, donde actuó en representación de la comunidad su presidente don Lorenzo Isidro Chumpitaz Yaya se ha constatado que no existe inscrito poder alguno facultando al citado presidente para la celebración de dicho acto; Que, respecto al Título archivado Nº 6971, relativo al Usu- fructo, Derecho de Superficie, aclaración de linderos y medidas perimétricas sobre un terreno de 9.27 hectáreas a favor de Carlos Marsano Acuña y su cónyuge, según escritura pública del 1 de noviembre de 1993, inscrito en el asiento 11 por el ex Registrador Samuel Félix Quijano Vidal, se ha constatado los errores cometi- dos en la inscripción con el número de título, dado que dice Título Nº 6947 y no Nº 6971, y con la fecha de extensión del asiento, ya que se ha consignado el 1 de agosto de 1994 cuando la docu- mentación reingresó el 3 de agosto de 1994 por lo que la fecha de inscripción debió ser posterior; Que, en cuanto al Título archivado Nº 7412 sobre la Cesión en Uso e Independización de 14.250 hectáreas a favor de la Asocia- ción de Vivienda Recreacional Playa "Los Leoncitos", según escritura pública del 28 de diciembre de 1992, inscrito en el asiento 12 por el ex Registrador Dr. Samuel Quijano, se ha verificado que el presidente de la comunidad, don Lorenzo Chum- pitaz Villalobos, carecía de poderes de representación; Que, respecto al Título archivado Nº 7561 sobre la Indepen- dización y Adjudicación de Cesión en Uso, Usufructo e Indepen- dización de 5,000 m2 a favor de doña Mercedes Aguilar Velásquez y doña Yolanda Manrique Caspía, escritura pública del 28 de diciembre de 1994, inscrito en el asiento 13 por el Dr. Samuel Quijano, se ha constatado que si bien se insertó en el respectivo instrumento público el acta del acuerdo de asamblea del 12 de junio de 1994, se omitió acompañar la relación de comuneros asistentes a dicha asamblea a fin de determinar el quórum de ley; Que, respecto el Título archivado Nº 7624, sobre la Cesión en Uso y/o Usufructo de 20,000 m2 a favor de don Renzo Férrico Garay y esposa, según escritura pública del 18 de abril de 1994, inscrito en el asiento 14 por el Registrador Dr. Samuel Quijano, donde actuaron en representación de la comunidad los señores Fidel Gilbert Chumpitaz Villalobos y Esteban Arias Quispe, presidente y tesorero de la comunidad, según poderes otorgados en la asamblea general ordinaria de fecha 27 de marzo de 1994, inserta en la escritura pública , se ha constatado que el título fue inicialmente observado por cuanto las facultades de los represen- tantes no estaban previamente inscritas, siendo que posterior- mente se subsanó la observación adjuntando la citación par la asamblea, la relación de socios asistentes a la misma y el padrón de socios comuneros pero, se advierte que la fecha de convocato- ria como la de la relación de socios asistentes se refiere al 23 de marzo de 1994, la misma que se contrapone con la fecha 27 de marzo de 1994 consignada en el acta de la asamblea; Que, respecto al Título archivado Nº 7906 del 15 de noviembre de 1994, sobre la Cesión en Uso y Derecho de Superficie de 75,000 m2 a favor de la empresa Constructora Maranga S.A., según la escritura pública del 11 de noviembre de 1994, inscrita en el asiento 16 por el Dr. Quijano, se aprecia que el acta de la asamblea de fecha 23 de octubre de 1993 fue presentada con el Título Nº 8180 del 22 de diciembre de 1994, cuando el Título Nº 7906 ya había ingresado, siendo que ambos títulos fueron inscritos el 29 de diciembre de 1994. Adicionalmente, en el Título Nº 8180 del 21 de diciembre de 1994 se advierte que solamente consta la copia certificada del acta de la asamblea del día 23 de octubre de 1993 faltando la convocatoria a dicha asamblea, la relación de asis- tentes y el padrón de socios. Además el Título Nº 7906 figura inscrito el 29 de diciembre de 1994 cuando ya había vencido el asiento de presentación el 28 de diciembre de 1994; Que, respecto al Título archivado Nº 8179, sobre la constitu- ción de Usufructo de 120 m2 a favor de don Pablo Castillo Sánchez y cónyuge, según escritura pública del 1 de diciembre de 1994, inscrito en el asiento 17 por el ex Registrador Samuel Quijano, se puede advertir que si bien en el respectivo instrumento público se insertó el acta correspondiente a la asamblea de fecha 2 de octubre de 1994, no se incluyó la relación de asistentes, por lo que no es posible determinar el quórum, la citación correspondiente y el padrón de socios, pese a lo cual se inscribieron los poderes en el asiento 7-c de la Ficha Nº 003 de Comunidades; Que, respecto al Título archivado Nº 7945, sobre Cesión en Uso, de 2 hectáreas a favor de la Asociación de Funcionarios del Banco Continental, según escritura pública del 20 de julio de 1994, inscrita en el asiento 19 por el ex Registrador Dr. Samuel Quijano, se ha constatado que el referido título dio lugar a la inscripción del asiento 9-c de la Ficha Nº 003 de Comunidades, evidenciándose que en el título sólo obra la copia legalizada del acta de la asamblea de fecha 5 de setiembre de 1993, mas no la citación correspondiente, ni la relación de socios asistentes según el padrón; Que, de otro lado, de la partida registral en revisión también se ha podido establecer que los tres últimos asientos, 17,18 y 19, han sido inscritos por el ex Registrador Dr. Samuel Quijano sinmantener el correspondiente orden de presentación, ya que el Título Nº 8197 del 22 de diciembre de 1994 fue inscrito en el asiento 17 el 29 de diciembre de 1994, el Título Nº 8009 del 28 de noviembre de 1994 fue inscrito en el asiento 18 el 4 de enero de 1994 y, el Título Nº 7945 del 18 de diciembre de 1994, fue inscrito en el asiento 19 el 29 de diciembre de 1994; Que, respecto al Título archivado Nº 8306, sobre la Cesión en Uso de 5 hectáreas a favor de la Asociación Playa Sarapampa, según escritura pública del 20 de agosto de 1993 donde obra inserta el acta de la asamblea del 18 de julio de 1993, se ha establecido que este título fue observado por el ex Registrador Víctor Gonzales Bazán por cuanto previamente debían ser inscri- tos los poderes pertinentes, es por ello que se presentó el Título Nº 8613 del 10 de febrero de 1995, siendo observado por el Dr. Quijano por los considerandos que obran en la esquela de obser- vación, reingresándose con una nueva convocatoria que cumplía con lo establecido por los Arts. 42º y 43º de la Ley de Comunidades Campesinas, dando lugar a la inscripción el 15 de marzo. Final- mente el antedicho Título Nº 8603 se inscribió el 24 de marzo de 1995, cuando el asiento de presentación había vencido el 22 de marzo de 1995, habiéndose consignado en la anotación de inscrip- ción el Título Nº 8306 del 11 de febrero de 1995 en lugar del 11 de enero de 1995; Que, respecto al Título archivado Nº 1265, sobre Indepen- dización y Adjudicación de Cesión en Uso y/o Usufructo de un terreno de 8,000 m2 a favor de José Francisco Ferrecio Garay y otros, según escritura pública del 26 de abril de 1994, inscrito en el asiento 2-c) de la Ficha Nº 2407 del Registro de Propiedad Inmueble por el ex Registrador Dr. Víctor Raúl Villanueva Rivera el 2 de noviembre de 1995, se aprecia que en el asiento 12-c de la Ficha Nº 003 de Comunidades correspondiente a la Comunidad de Asia consta inscrito el acuerdo de asamblea general extraordina- ria para la antedicha cesión en virtud del Título Nº 9616 del 25 de mayo de 1995 extendida por el ex Registrador, Dr. Samuel Quijano Vidal. Sin embargo, revisado el referido título archivado se desprende que éste como también la fecha no corresponden, presto que el Título archivado Nº 9616 que tiene fecha 26 de mayo de 1995, no contiene el acto jurídico involucrado, sino una solici- tud de inscripción de constitución de una empresa, siendo el Título respectivo el Nº 9610 del 25 de mayo de 1995, el cual figura tachado por el ex Registrador, Dr. Samuel Quijano, el 29 de agosto de 1995. De lo indicado se concluye que el asiento 12-c) de la Ficha Nº 003 de Comunidades no tiene sustento en el título archivado que le dio origen por lo que la responsabilidad corres- ponde al ex Registrador Samuel Quijano y no al ex Registrador Dr. Villanueva Rivera en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2013º del Código Civil; Que, respecto al Título archivado Nº 471, sobre la Inde- pendización y Adjudicación de Cesión en Uso y/o Usufructo, de un terreno de 8,000 m2 a favor de José Francisco Ferrecio Garay y Raúl Alfonso Dyer Otero y esposas, según escritura pública del 18 de mayo de 1994 y su aclaratoria del 26 de junio de 1995, inscrito en el asiento 3-c) de la Ficha Nº 2407 por el ex Registrador Dr. Víctor Raúl Villanueva Rivera el 2 de noviembre de 1995, se advierte que si bien en el acto intervinieron los señores Fidel Gilbert Chumpitaz Villalobos y Esteban Arias Quispe, presidente y tesorero de la comunidad, conforme a lo acordado en las asambleas del 20 de marzo de 1994 y 20 de noviembre de 1994 y cuyas actas corren insertas en la escritura primigenia, los pode- res conferidos a las precitadas personas no figuraban inscritos al tiempo de la inscripción de la cesión, toda vez que el otorgamiento de poderes debe ser calificado en cuanto a su validez y adecuación con sus antecedentes registrales en el Registro pertinente; Que, respecto al Título archivado Nº 393 sobre Cesión en Uso y/o Usufructo de un terreno de 11 hectáreas a favor de don Jorge Alberto Eyzaguirre Rebosio y su cónyuge doña Carmen Gabriela del Río Espejo, escritura pública del 4 de agosto de 1995, inscrito en el asiento 7-c de la Ficha Nº 2407 del Registro de Propiedad Inmueble por el Dr. Víctor Raúl Villanueva Rivera el 27 de noviembre de 1995 se ha constatado que en el acto intervinieron los señores Fidel Gilbert Chumpitaz Villalobos y Pedro Ramos Francia, presidente y tesorero de la comunidad a tenor del poder especial que corre inscrito en la Ficha Nº 003 de Comunidades, para lo cual se acompañó la anotación registral de dicho poder en el asiento 14-c), siendo que al revisarse este asiento se desprende que el mismo fue extendido en virtud del Título Nº 1212 del 20 de octubre de 1995 el cual contiene solamente una copia certificada del acta de asamblea del 30 de abril de 1995, no obrando ningún otro documento adicional como la convocatoria, relación de socios asistentes ni el respectivo padrón, a pesar de lo cual el ex Registrador Dr. Víctor Raúl Villanueva Rivera inscribió el título; Que, respecto al Título Nº 2508 del 13 de agosto de 1996, sobre la Cesión en Uso de 5 hectáreas a favor de Construcciones y Servicios Comerciales S.A. CONSERCO, según escritura pública del 20 de agosto de 1993, inscrito en el asiento 8-d de la Ficha Nº 2407 del Registro de Propiedad Inmueble por el Dr. Víctor Raúl Villanueva Rivera, se ha constatado que si bien en la firma del instrumento público intervinieron los señores Fidel Gilbert Chum- pitaz Villalobos, Hayde Felícita Medina Campos y Esteban Arias Quispe, respectivamente, como presidente, secretaria y tesorero de la comunidad, según consta del acta de asamblea extraordina- ria de fecha 18 de julio de 1993, siendo que para estos efectos no existía un poder inscrito, ocurriendo que el Registrador consideró como suficiente para realizar la inscripción que se acompañara la