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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (04/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

I,ima, rniércolcs 4 de noviembre de 1998 cl- Pág.165407 Regístrese y comuníquese. SS. SERPA SEGURA, BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO, Secretario General, TRUJILLANO Declaran que regidores del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Su- llana, deben continuar en el ejercicio de sus funcionesagosto y 7 de setiembre no realizada por falta de quórum, como consta de fojas 4 a 7; sin embargo, se omitió anotar el acta de la sesión de Concejo citada para el 2 de setiembre del año en curso, como se observa del libro de actas del Concejo Distrital de Bellavista en donde primero se deja constancia de la no realización de la sesión convocada para el día 31 de agosto del presente año y la continuación se deja.constancia de la no realización de la sesión citada para el 7 de setiembre del actual, y, d) que, el Concejo en mención no ha acreditado que haya cumplido con notificar la convocatoria a sesión de Concejo de fecha 27 de agosto del presente año a los regidores cuya vacancia se solicita. No habiendo probado don Raúl Alcedo Bejarano que haya cumplido con el proce- dimiento establecido por el Artículo 42” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853, que dicha disposiciónle al es cumplimiento obligatorio por ser norma es de orden pu *% .hco, no pudiendo obviarse ninguna de los actos establecidos en la acotada norma jurídica; RRSOLUCION N” 968-98JNfZ El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; Lima, 3 de noviembre de 1998 RESUELVE: VISTOS: El Oficio N” 0314-98-MDB.S/A recibido el 10 de setiem- bre del año en curso, remitido por don Raúl Alcedo Bejarano, ex alcalde del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana, quien solicita se declare la vacancia de los regido- res Santiago Castro Cobeñas, Adolfo Agurto Zapata, Carlos Farías Balarezo, Emilio Pasapera Calle, Luis Jiménez Celi, Amelio Reto Neyra y Andrés Criollo García; debido a que con sus reiteradas inasistencias a las sesiones de Concejo que fueron convocadas por el despacho de la alcaldía, impiden el funcionamiento del Concejo por falta de quórum;Artículo Primero.- Declarar improcedente la solicitud presentada por don Raúl Alcedo Bejarano, ex alcalde del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana, res- pecto a la solicitud de declaratoria de vacancia del cargo de Regidor en el Municipio Distrital de Bellavista que osten- tan don Santiago Castro Cobeñas, don Adolfo Agurto Zapa- ta, don Carlos Farías Balarezo, don Emilio Pasapera Calle, don Luis Jiménez Celi, don Amelio Reto Neyra y don Andrés Criollo García. La comunicación recibida el 22 de setiembre del presen- te año: remitida por don Amelio Reto Neyra, regidor del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de Piura, comunicando que no concurrió alas sesiones que convocó el ex alcalde Raúl Alcedo Bejarano, debido a que el citado ex alcalde fue sentenciado por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Sullana el 28“aln l.lLAba UG “LLualla c”IA‘It I11P UICIILI UFI‘bLIIbICL c “‘can ca11- do el fallo impone al sentenciado la pena accesoria de inhabilitación por el término de la pena principal; estando inhabilitado el ciudadano Raúl Alcedo Bejarano las convo- catorias a sesiones de Concejo que efectuó son nulas;Artículo Segundo.- Declarar que los regidores don Santiago Castro Cobeñas, don Adolfo Agurto Zapata, don Carlos Farías Balarezo, don Emilio Pasapera Calle, don Luis Jiménez Celi, don Amelio Reto Neyra y don Andrés Criollo García deben de continuar en el ejercicio de sus funciones en el Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana del departamento de Piura, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- !es prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de- -o--1- ~.. _x.--LI. ILL-:. ~~----.----l.~llJ-J SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; El Oficio N” 341-98-MDB.S/A recibido el 28 de setiembre del año en curso, remitido por don Hildebrando Crisanto Vilela, Alcalde del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana, quien solicita se resuelva la situación de los regidores Santiago Castro Cobeñas, Adolfo Agurto Zapata, Carlos Farías Balarezo, Emilio Pasapera Calle, Luis Jimé- nez Celi, Amelio Reto Neyra y Andrés Criollo García, debido a que están solicitando se realice una sesión extraordinaria de Concejo! no queriendo su despacho que se produzca incompatibilidad ni usurpación de funciones por parte de los citados regidores;Secretario General, TRUJILLANO 12646 sl3s CONSIDERANDO:Autorizan a empresa bancaria el cierre de agencia ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 42” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853; en caso que el Concejo no pueda reunirse por falta de quórum se procede conforme al siguiente procedimiento: 1) El Alcalde conmina a los Regidores cuya inasistencia impide la insta- lación o funcionamiento del Concejo. El requerimiento se hace, en plazo de 8 días, por tres veces, sentándose acta suscrita por el Alcalde, secretario y Regidores asistentes. El tercer requerimiento se hace bajo apercibimiento de decla- rar la vacancia. 2) Si persiste la inasistencia de los aperci- bidos se deja constancia de ello en el acta, suscrita por el Alcalde, secretario y Regidores asistentes, cuya copia au- tenticada se remite al Jurado Nacional de Elecciones; y, 3) El Jurado Nacional de Elecciones declara la vacancia y llama a los suplentes en orden de la lista respectiva.RESOLUCION SBS N” 1053-98 Lima, 14 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Norbank, para que se le autorice el cierre de la agencia ubicada en el Centro Cívico N%. 293-295-297, distrito de Pariñas, provincia de Talara y departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, del análisis de autos se establece: a) que el ex Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la alcalde del Concejo Distrital de Bellavista convocó a sesio- documentación pertinente que justifica el cierre solicitado; nes de Concejo en fechas 31 de agosto, 2 y 7 de setiembre del Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y año en curso; bu que se cumplió con notificar las citaciones Supervisión de Intermediarios Financieros “C” mediante a las sesiones de Concejo antes señaladas a los regidores Informe N” ASIF “C” 210.07198; y, Santiago Castro Cobeñas, Adolfo Agurto Zapata, Carlos De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32” de la Farías Balarezo, Emilio Pasapera Calle, Luis Jimknez Celi, Ley N” 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Amelio Reto Neyra y Andrés Criollo García, tal como consta Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de de las copias de fojas 08 a 32; c) que el citado Concejo cumple Banca y Seguros y la Circular N” B-1996-97; y, en uso de la con sentar acta de las sesiones a sesión de fechas 31 de facultad delegada mediante Resolución SBS N” 003-98;