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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (09/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

Lima, lunes 9 de noviembre de 19998 $I'lkrtaartl, Pág.165605 de Decanos, por su intermedio con los Colegios Departamentales y Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del país se realice la difusión correspondiente. Artículo 39- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 1999. Regístrese. comuníquese y publíquese. OSCAR ARTURO PILJUELO RAMIREZ Presidente Consejo Normativo de Contabilidad LYDIA VILLACORTA DE CELIZ Subcontadora Genera1 de la Nación JOSE LUIS RIVERA SANCHEZ Representante de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valorea PEDRO CENTENO VASQUEZ Representante del Colegio de Contadores Públicos de Lima SYLVIA C. WUAN ALMANDOS Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros FRANCISCO BUSTINZA LIÑAN Representante de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos WALTER NOLES MONTEBLANCO Representante de las Facultades de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades del País GLUDIS ALVARADO VELA Representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria NAN CUZQUEN CABREJOS Representante del Banco Central de Reserva del Pero MARIA ESTHER CUTIMBC GIL Representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI NELLY HIDALGO DE ALCANTARA Representante de la Actividad Administrativa del Estado VICTOR VARGAS CALDERON Representante de la Confederación de la Cámara de Comercio y Producción del Perú YORLLELINA MARQUEZ FARFAN Directora &neral de Contabilidad del Sector Público PEDRO CANCINO CHAVARRI Director General de Contabilidad del Sector Privado LEONIDAS SANCHEZ LLAMOZAS Director General de Contabilidad Analítica de Explotación 12847 lENEI: Sancionan con multa a emwesas omi- sas a la presentación de Ia’Estadística Pesquera Anual 1996 RESOLUCION SURJEFATURAL IT 023-9%INEVSJE Lima, 28 de setiembre de 199X Visto, el Oficio N” 72%98-PE/OGEP de la Oficina General de Economía Pesquera del Ministerio de Pesquería, dando cuenta de las empresas que no han cumplido con presentar los formu- lanosdebidamenteabsueltosdela”EstadísticaPesquer:1Anual 1996”; y,CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo N” 604, el InstiLuto Nacional de Estadística e Informática. es el orcanismo central y rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Informá- tica, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y su- pervisar las actividades de estadística e informática oficiales del país; Que, por Resolución Jefatura1 N” 224-97-INEI, de fecha 10 de octubre de 1997, se autorizó la ejecución de la Estadística Pesquera Anual 1996, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a la Extracción ylo Transformación y Acuicultura de recursos hidrobiológicos que se encuentran ubicadas bajo cl ámbito administrativo del sector; Que, el Decreto Supremo NoO1 g-91-PCM, en sus Artículos 92” Y 94” establece aue las oersonas naturales o iurídicas oue se negaren a suministrar <nformación, la diere<falseando la verdad maliciosamente o dilatasen injustificadamente los tér- minos señalados se harán acreedores a las multas estableci- das, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar; Que, no obstante haberse vencido ampliamente los plazos establecidos para la presentación de los formularios de la men- cionada encuesta, existen empresas que no han cumplido con presentar la información requerida; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 96” del Decreto Supremo N” 018-91-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; SE RESUELVE: Artículo lo.- Multar, a las empresas omisas a la presen- tación de la “Estadística Pesquera Anual 1996”, cuya relación forma parte de la presente resolución. Artículo 2”.- El monto de la multa será eauivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de cancelación, la cual será abonada por los concesionarios infrac- tores al Banco de la Nación, en la Cuenta Corriente N” OOOO- 180270 Ingresos Propios - INEI, dentro de los tres (31 días hábiles oosteriores a la fecha de uublicación de la oresente resoluci&i.resoluci&i. Artículo 3”.- El pago de la multa no exime a las empresas Artículo 3”.- El pago de la multa no exime a las empresas sancionadas de la obligación de presentar el formulario debida-sancionadas de la obligación de presentar el formulario debida- mente diligenciado dc la “Estadística Pesquera Anual 1996, mente diligenciado dc la “Estadística Pesquera Anual 1996, adjuntando copia del documento de cancelación a efecto de adjuntando copia del documento de cancelación a efecto de evitar la cobranza coactiva por el mismo concepto.evitar la cobranza coactiva por el mismo concepto. Regístrese y comuníquese. JOSE AMAYA DEDIOS Secretario Genera1 Subjefe de Estadística (eI MINISTERIO DE PESQUERIA Oficina General de Economía Pesquera RELACION DE EMPRESAS OMISAS A LA PRESENTACION DE LA ESTADISTICA PESQUERA ANUAL 1996 1.Langostinera El Aquarius S.A. 2.Brígida Josefna Soto Gorrio 3. Langostinera Géminis S.A. 4. Langostinera Industrial SRI, 5. O’Neglia S.A. 6. Alimentos Congelados del Mar S.A. 7.Frio Sud Nor S.A. 8. Industrial Pesquera Santa Mónica S.A. 9. Industrias San Miguel S.A. 10. Tormex EIRL ll. Consorcio Odamo S.A. 12. Corporación Pesquera Laines S.A. 13. Mar & Pesca EIRL 14. Peruko Fisheries S.A. 15. Procopa S.A. 16. Sea Fruits S.A. 17. Cecill S.A. 18. Pesquera El Pilar S.A. 19. Envasadora Fakiu S.A 20. Mar Peruano Empresa Pesquera S.A. 21. Pesquera Don Juan S.A. 22. Solmar Empresa Pesquera S.A. 23. Corporación de Inv. Pesqueras del Santa S.A 24. Casamar S.A. 25. Star Fish S.A. 26. Empresa Pesquera Don Gal-y S.A. 27. Pesca Conservas y Derivados S.A. 28. Envasadora Agro Industrial San Antonio de Vila Vila 29. Productos Perla del Pacífico S.A. 30. Frio del Sur S.A.