Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 1998 (11/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
ANO XVI - No 6713 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior

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MORDAZA, miercoles ll de noviembre de 1998

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Aprueban el Reglamento Nacional para la Aprobacion de Estandares de Calidad Ambiental y Limites Maximos Permisibles
DECRETO SUPREMO W 044-98-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N" 26410 se creo el Consejo Nacional del Ambiente -CONAM- con la funcion, entre otras, de establecer criterios y patrones generales de ordenamiento y calidad ambiental, asi como coordinar con los Sectores la fijacion de los limites permisibles para la proteccion ambiental, de acuerdo con el inciso c) del Articulo 4" de la mencionada Ley; Que, en cumplimiento de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la referida Ley, el CONAM convoco a la Comision Tecnica Multisectorial encargada de elaborar el proyecto del Reglamento Nacional para la Aprobacion de Estandares de Calidad Ambiental y Limites Maximos Permisibles; Que, a tales efectos se han aplicado los criterios establecidos en los Articulos 22" a 24" del Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N" 04%97-PCM; De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del Articulo 118"de la Constitucion Politica del Peru y el inciso 2) del Articulo 31" del Decreto Legislativo N" 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo lo.- Apruebase el Reglamento Nacional para la Aprobacion de Estandares de Calidad Ambiental y Limites Maximos Permisibles, el mismo que consta de quince (15) Articulos reunidos en cuatro (4)capitulos, echo(8) disposiciones complementa~asydos(2)anexos(DiagramadeFlujoyGlos~odeTe~inos). ArticuIo Z".- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Salud, por el Ministro de Energia y Minas, por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, por el Ministro de Agricultura, por el Ministro de Pesqueria, por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA COSTA BAUER Ministro de Salud MORDAZA HOKAMATOKASHlKI Ministro de Energia y Minas MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones ComercialesInternacionales MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria

REGLAMBNTO NACIONAL PARA LA APROBACION DE ESTANDARES DE CALIDAD AMBIENTALY LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES Capitulo 1 Disposiciones Generales Articulo 1" (Finalidad).- El presente reglamento tiene por finalidad establecer las etapas y los procedimientos para la MORDAZA bacion de: (aYos Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y (b) los Limites Maximos Permisibles (LMP) de las emisiones y efluentes. Articulo 2" (Coordinacion).- El desarrollo de los procedimientos sera coordinado por el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM). Articulo 3" (Instancia de coordinacion).- La Comision Tecnica Multisectorial (CTM), es la instancia de coordinacion y concertacion a nivel politico para la aprobacion de los ECAy LMP. La CTM esta prevista en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N" 26410, en el D.S. N" 04%97-PCM y conformada de acuerdo con el Articulo 14" del Decreto del Consejo Directivo del CONAM N" OOl-97-CONAMXD. Capitulo II Del Programa Anual de ECA y LMP Articulo 4" (Definicion y contenido).- El Programa Anual de ECAy LMP es el documento aprobado por la CTM, que reune el conjunto de proyectos multisectoriales y sectoriales para el estudio, revision y aprobacion de los ECA y LMP respectivos, durante el ejercicio anual correspondiente. El Programa debera establecer las prioridades, MORDAZA de financiamiento, cronogramas y responsabilidades para determinar los ECAy LMP, asi como la composicion de los Grupos de Estudio Tecnico Ambiental (GESTA). Articulo 5" (Solicitudes y propuestas).- Las solicitudes y propuestas para el establecimiento ylo revision de ECA y LMP deben ser presentadas al CONAM, por alguno delos miembros de la CTM, fundamentando la necesidad de establecer los mismos y adjuntando los estudios preliminares que correspondan. Articulo 6" (Criterios para la Elaboracion y Aprobacion del Programa Anual).- Para la priorizacion de los ECA y LMP que seran incorporados en el Programa Anual, el CONAM tomara en cuenta los siguientes criterios: a) La politica nacional ambiental; b) Los de proteccion ambiental transectoriales concertados por la CTM para cada Programa Anual; c) Los requerimientos nacionales y sectoriales basados en las necesidades de caracter ambiental; y, d) Los ECAy LMP que deban ser revisados segun lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria del presente reglamento. e) La necesidad de garantizar que los LMP guarden coherencia con los ECA. El Programa Anual de ECA y LMP sera aprobado por la CTM, teniendo como plazo MORDAZA el 31 de octubre de cada ano, debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. Las modificaciones que por razones de urgencia se efectuen al Programa Anual, seran aprobadas por la CTM conforme a lo dispuesto en el presente capitulo, las cuales tambien deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano. Capitulo III Del Procedimiento Articulo 7" (Etapas del procedimiento).- Los procedimientos de formulacion de ECAs y LMPs tendran las siguientes

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