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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (11/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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Pág. 165632 t[pemtano ~Ii:k~MM~~Lima, miércoles ll de noviembre de 1998 Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Industria,Turismo, Integración y NegociacionesEncargan la Cartera de Relaciones $k;aficiales Internacionales, ingeniero GustaVO Cailliìux Exteriores al Ministro de Justicia. .De Conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N” 053-84PCM, N” 074-85PCM, N” 031-89-EF y N” 135-90- PCM y el Decreto Legislativo N” 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,RESOLUCIONSUPRJZMA W 663-9%PCM Estando a lo acordado; Lima, 9 de noviembre de 1998 SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Articulo l”.-Autorizar al ingeniero Gustavo Caillaux Zazzali, Ministro de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales, a viajar a la ciudad de Kuala, Lumpur, Malasia, del 11 al 18 de noviembre de 1998, para los fines expuesto,, cm en la parte considerativa de la presente resolución. Articulo 2”.- Los gastos que en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales, corresponden al siguiente detalle:Que. el señor Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Ter&&o de Trazegnies Granda, se ausentar8 del país, entre os días 11 y 20 de noviembre de 1998, a fin de participar en la V’I Cumbre del Foro de Cooperación Económica de Asia Pacifico APEC). así como en la Reunión Ministerial previa, a realizarse ?n Kual’a Lumpur, Malasia; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores, entre los dias ll y 20 de noviembre de 1998; - Viáticos UQ$ 1,820.OO - Pasajes US$ 6,666.41 - Tarifa Corpac US$ 25.00 Artículo 3”.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.De conformidad con lo dispuesto por el Artfculo 127” de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al doctor Alfredo Quispe Correa, Ministro de Justi- cia, mientras dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la RepúblicaRúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de MinistrosDANIEL HOKAMATOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales13081 13079 Encargan la Cartera de Industria, Turis- mo, Inte ración y Negociaciones Comercia es Internacionales al Minis- f tro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción RESOLUCION SUPREMA N”’ 682-98-PCM Lima, 9 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el ingeniero Gustavo Caillaux Zazzali, Ministro dc Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciale Internacionales, se ausenta& del país del ll al 18 de noviembre de 1998 para atender asuntos de carácter oficial; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 127” de lz Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar la Cartera de Industria, Turis mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a señor Antonio Páucar Carbajal, Ministro de Transportes, Comu nicaciones, Vivienda y Construcción, a partir del ll de noviem bre de 1998 y mientras dure la ausencia del Titulitr. Registrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMATOKASHIKI Ministro de Energía y Minas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 13066Declaran nulidad de resolución me- diante la cual se sancionó con SUS+ pensión a funcionario diplomático Lima, 9 de noviembre de 1998 Vistala Resolución Ministerial N”0542/RE, de 19 de setiem- bre de 1997, que impone la sanción disciplinaria de suspensión sin goce de remuneraciones ni beneficios por quince días, al Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Miguel Córdova Cuba; Vista, asimismo, la solicitud de Registro N” 1007-97, de 3 de setiembre de 1997, por la cual el citado funcionario interpone Recurso de Apelación contra la Resolución Ministerial N” 05421 RE, de 19 de setiembre de 1997; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios estuvo integrada, conforme a las disposiciones, por un funcionario administrativo, representante titular de los servidores administrativos del Ministerio, lo cual contraviene lo dispuesto en el Artículo 21” del Decreto Legislativo N” 894 -Ley del Servicio Diplomático de la República- y el Articulo 165” del Decreto Supremo N” 005-90-PCM, pues el funcionario adminis- trativo es jerárquicamente de inferior categoría al funcionario diplomático procesado; Que, asimismo, el primer párrafo del Artículo 163” del Decreto Supremo N” 005-90-PCM determina que; “el servidor público que incurra en falta de carácter disciplinario cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitución, será sometido a proceso administrativo disciplinario que no excederá de treinta días hábiles improrrogables”; siendo que, en el caso del Segundo Secretario, Miguel Córdova Cuba, desde el 9 de julio de 1997, fecha en la que se convocó al Consejo de Investiga- ción Ad Hoc, y el 19 de setiembre de 1997, oportunidad en la que