Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 1998 (11/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

I,irna, miercoles 11 de noviemhn: de 1998 mo de las diez (10) piezas arqueologicas hasta el 31 de diciembre de 1999, para ser expuestas en la sede de la Embajada del Peru en Japon; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacional de Cultura, cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nacion, tanto en el MORDAZA como en el extranjero, por lo que esta institucion recomienda autorizar la prorroga de salida temporal de las piezas arqueologicas a que se refiere la presente resolu cion; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 6" 7" y 13" de la Ley N" 24047 Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, Decreto Supremo N" 02-94-JUS Texto Ordenado de la Ley de Normas y Procedimientos Admimstrativos y el Decreto Ley N" 25762 Ley Organica del Sector Educacion, modificada por la Ley N" 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- PRORROGAR el plazo de permanencia temporal fuera del MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 1999, de diez ( 10) ceramios arqueologicos del Museo de la Nacion, pertenecientes al Patrimonio Cultural del Peru, para ser exhibidos en la sede de la Embajada del Perdi en el Japon. Articulo 2".- El Instituto Nacional de Cultura, adoptara las medidas mas adecuadas para verificar las caracteristicas, estado de conservacion y autenticidad de los bienes culturales a los que se contrae la presente rez;olucjon a su retorno al pais. Articulo 3".- Los gastos que ocasione el embalaje, tramites y traslados de retorno al Peru de los bienes culturales a los que se contrae la presente resolucion correran a cargo de la Embajada del Peru en el Japon. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 13094

@pemtano Pag. 165635
Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 13095

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importacion realizada por universidad
RESOLUCION SUPREMA N" 153-98-ED MORDAZA, 9 de noviembre de 1998 Visto, el Expediente N" 003574-98 presentado por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, ala importacion del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo N" 046-97-EF. modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF; CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22" y 23" del Decreto Legislativo N" 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N" 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento parala aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 882 y el Decreto Supremo N" 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General alas Ventas, a la importacion realizada por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA del bien donado que se encuentra incluido en el Decreto SupremoN"046-97-EF modificado por el Decreto Supremo N" 003-98EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de ADUANAS N" 3316 del 26 de diciembre de 1997 segun la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria 9022.13.00.00 Descripcion Aparatos de Rayos X para uso medico, quirurgico, odontologico o veterinario.

Autorizan viaje de reportero a Brasil y los EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA W 152~9%ED MORDAZA, 9 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Republica, ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, viajo a la MORDAZA de Brasilia - Brasil y a la MORDAZA de MORDAZA - Estados Unidos de Norteamerica, para reunirse con sus homologos de Brasil y Ecuador, del 7 al 10 de octubre de 1998; Que, se requirio la presencia de un reportero que cubra las incidencias informativas del viaje del senor Presidente de la Republica, el mismo que viajo en el avion presidencial; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N" 25762 modificado por la Ley N" 26510 y los Decretos Supremos Nos. ti l95-ED y 002-96-ED; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- AUTORIZAR, en via de regularizacion, el viaje en comision de servicio del senor reportero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para cubrir las incidencias informativas de la reunion que sostuvo el senor Presidente de la Republica, ingeniero MORDAZA Fujimori Fujimori, a la MORDAZA de Brasilia Brasil y ala MORDAZA de MORDAZA - Estados Unxdos de Norteamerica, del 7 al 10 de octubre de 1998. Articulo 2".- Los gastos que irrogue el cumphmiento de la presente resolucion, se afectaran con cargo al Presupuesto del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP. de acuerdo al siguiente detalle: viaticos US$800.00. Articulo 3".- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos ylo derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

Articulo 2"~ La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo N" 882", presentados por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA segun Expediente N" 003574-98 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de loe fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como ala Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria del bien cuya inafectacion se solicita. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica. Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.