Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 1998 (11/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles ll de noviembre de 1998

I 1' ' I:r cim Pag. 165681 DEBE DECIR: Articulo Primero.- . ..en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA 13032

Decimo Novena.- Dispongase la modificacion del plano propuesta de zonilicacion en el siguiente sentido: Terreno de propiedad privada ubicado con frente a la avenida Huaylas y los Pantanos de MORDAZA con ZRP a ZHR. l En la MORDAZA de Protecion del Acuifero Ovalo villa. de R-2 a la Zonificacion anterior (12-R3), en aquellos casos en que se trate de edificaciones consolidadas.
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DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.-Las actividades urbanas que no cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, y tengan la condicion de uso no conforme, deberan en el plazo mfucimo de cinco (5) anos, proceder a su adecuacion mediante el correspondiente Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA). En caso que los infractores no cumplan con su adecuacion, la Autoridad exigira e impondra las medidas de mitigacion necesarias, asi como las sanciones administrativas correspondientes, que incluyen la suspension de actividades, la cancelacion de licencias, o su reubicacion. Segunda.- El Area Natural Pantanos de MORDAZA, en tanto es reconocida como una MORDAZA Reservada, conformante del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado, requiere por parte del INRENA, la culminacion de la evaluacion de los recursos existentes en la MORDAZA, para asi determinar la categoria definitiva que le corresponde, de acuerdo a los resultados de dicha evaluacion. Tercera.- Establezcase el plazo de treinta dias calendario para la formulacion e implementacion de convenios con la Policia Nacional del Peru a traves de su Division Ecologica (DIVEC- PNP) para fiscalizacion y control bajo responsabilidad. Cuarta.-Establezcase el termino de 180 dias para la elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Municipal de los Pantanos de MORDAZA (PROHVILLA), con cargo a establecer el autosostenimiento economico de la Autoridad, el mismo que no debera implicar endeudamiento por parte de sus entidades conformantes. Quinta.-Aquellas personas, que al momento de la expedicion del Acuerdo de Concejo N" 126-97-MML tenian iniciado un procedimiento de habilitacion MORDAZA, licencia de construccion, licencia de funcionamiento u otros, respecto de actividades a desarrollarse dentro de la MORDAZA de Reglamentacion Especial Pantanos de MORDAZA, deberan adecuarse a lo establecido en la presente ordenanza. Sexta.-Considerase como documento de base directriz para el primer periodo de implementacion del Plan Maestro de Gestion y Manejo Ambiental descrito en el Articulo 41", el Plan Maestro elaborado en convenio entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, SERPAR-Lima y Terra Nuova. Setima.-Establezcase el plazo no mayor de 10 dias calendario para la primera sesion de instalacion del Consejo Directivo de PROHVILLA. Octava.-La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 13004

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen diversos beneficios tributarios y administrativos en favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA No 000006 MORDAZA MORDAZA, 6 de noviembre de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
POR CUANTO:

El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 6-l l-98, por mayoria de votos aprobo la siguiente ordenanza: "ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULARIZACION Y ESTIMULOS DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS ADMINISTRATIVOS, LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO, Y AMNISTIA DE LICENCIA!3 DE CONSTRUCCION'.
Articulo Primero.- En la jurisdiccion Distrital de MORDAZA MORDAZA y por 30 dias conforme a lo establecido por el Articulo 41" del Codigo Tributario, CONDONESE, el interes moratoria diario y sanciones tributarias que afectan a los tributos Municipales siguientes:

a) Impuesto al Valor del Patrimonio Predial 1991 a 1993. b) Impuesto Predial 1994 a 1998. c) Impuesto de Alcabala 1994 a 1998. d) Impuesto a los Espectaculos Publicos no Deportivos. e) Tasa de Licencia de Funcionamiento Municipal 1994 a 1998. f> Arbitrios de Limpieza Publica, Parques - Jardines y Relleno Sanitario 1994 a 1998. g) Arbitrios de Serenazgo de setiembre de 1996 a 1998. h) Tasa de puestos de MORDAZA 1996 a 1998.
Articulo Segundo.- Los tributos senalados en el Articulo Primero de la presente ordenanza, se cancelara en forma insoluta. cuando el deudor lo cancele al contado, adicionalmente, los tributos indicados en los lncs. e), g) y h) del Articulo Primero de la nresente, tendran una REBAJA del 20% de la deuda total insoluta cuando el deudor lo cancele al contado. El pago FRACCIONADO que se acojan los deudores, lo haran de la manera siguiente:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA W 022-98 Por Oficio N" 120-98-SG/SM, la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N" 02298, publicada en nuestra edicion del dia 10 de noviembre de 1998, pagina 165624. DICE: Articulo Primero.- . ..en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA

a)La primera cuota se abonara por MORDAZA el 30% de la deuda total insoluta. b) El saldo de la deuda insoluta, se pagara en cuotas mensuales debidamente REAJUSTADAS de acuerdo a la variacion acumulada del indice de precios al por mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). c) Las cuotas adeudadas de los fraccionamientos contraidos al MORDAZA de la presente ordenanza, se beneficaran con la condonacion de los intereses moratorios respectivos en caso de ponerse al dia oportunamente, y dentro del plazo vigente de esta norma. Articulo Tercero.- REDUZCASE, en 50% el derecho por Licencia Municipal de funcionamiento, para aquellas actividades economicas de: ABARROTES - BAZAR, LIBRERIAS, FARMACIAS - BOTICAS, PELUQUERIAS, SERVICIOS

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PROFESIONALES, FOTOCOPlAS-REVELADOS-VIDEO Y PUESTOS DE MERCADOS DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA HASTA EL 31-12-98. Para acogerse al beneficiode la rebaja de derecho de apertura de establecimiento,los recurrentes deberan de cumplir las condiciones siguientes:

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