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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (11/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

P&. 165668 c{ pertfafn, m Lima, miércoles Il de noviembre de 1998 Que el proyecto para la autorización de funcionamiento de la Universidad Privada del Valle presenta todas sus secciones en los niveles de deficiente y muy deficiente, particularmente los casos de Fundamentación del Proyecto, Infraestructura Física y Administración Financiera, por debajo del nivel de 65% que establece el límite mínimo para ser autorizado, es decirla media calificada que permita iniciar sus actividades académicas y administrativas con eficiencia y alcanzar niveles de competitr- vidad; Estando a lo acordado y alo establecido ene1 Artículo 23”del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Uni- versidades; y, En uso de las atribuciones que confiere al CONAFU la Ley N” 26435; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Denegar la solicitud de la Asociación de Fundadores de la Universidad Privada del Valle, para que se conceda autorización de funcionamiento provisional a la “Uni- versidad Privada del Valle”, con sede en la ciudad de Paiján - Provincia de Trujillo - departamento de La Libertad, por las deficiencias anotadas que no permiten garantizar el adecuado desarrollo del proyecto con los niveles mínimos aceptables de calidaden la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales proyectadas, para participar y competir en el desarrollo nacional. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente ALBERTO CAZORLA TALLER1 Vicepresidente MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académico-Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE RUIZ DAVILA Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 13020 RESOLUCION W 473-9%CONAFU Lima, 14 de octubre de 1998 Vistoel proyecto para la autorización de funcionamiento de la Universidad de Comunicaciones y Artes de Lima, presentado por la Promotora de Servicios Educativos - PRObSE, con sede en la ciudad de Lima, así como los informes técnicos correspondientes; y. CONSIDERANDO: Que la Promotora de Servicios Educativos, solicita autoriza- ción de funcionamiento provisional para la Universidad de Comunicaciones y Artes, con las carreras profesionales de Ar- quitectura, Artes y Pedagogía en Arte, Diseño Gráfico, Expre- sión Plástica - Escultura, Expresión Plástica - Grabado, Expre- sión Plastica - Pintura, Comunicación Audiovisual y Multime- dia, Comunicación Empresarial e Imagen Corporativa, Perio- dismo y de Publicidad y Market ing, para cuyo efecto, en cumpli- miento de las disposiciones legales y reglamentarias han presentado la documentación sustentatoria correspondiente; Que el referido proyecto ha sido revisado y calificado por la Comisión Evaluadora que se designo con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias efectuó la visita a la sede donde se proyecta el funcionamiento de la Universidad, para verificar las condiciones materiales con las que contaría, así como contrastar los diferentes elementos registrados en el proyecto con las condiciones reales existentes, evaluar los aspectos técnicos y explorar el grado de recepción del lugar; Que emitido el informe correspondiente de la Comisión Evaluadora, éste fue transcrito a la entidad promotora, la que ha dado respuesta a las observaciones formuladas; Que el referido proyecto, con el resultado de su waluación y las respuestas de la promotora, han sido vistos, asi mismo, por la Comisión de Análisis y Consolidación siguiendo ios cr!terios de evaluación estabiecido> en los reglamentos, manuales y tablas valorativas previamente aprobadas por el CONAFU;Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, en sesión ordinaria de fecha 25 de setiembre de 1998, en conocimiento de la totalidad del proyecto, incluyendo, los informes producidos por las comi- siones técnicas, concluye que el proyecto aún presenta debilida- des muy notorias que no permiten garantizar la calidad de la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales propuestas; Que el proyecto para la autorización de funcionamientode la Universidad de Comunicaciones y Artes de Lima presenta todas sus secciones evaluadas en los niveles de deficiente y muy deficiente, particularmente los casos de Infraestructura Física y Administración Financiera, por debajo del nivel de 65% que establece el límite mínimo para ser aceptado, es decir la media calificada que permita iniciar sus actividades académicas y administrativas con eficiencia y alcanzar los niveles de compe- titividad; Estando a lo acordado y a lo establecido en el Artículo 23” del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Uni- versidades; y, En uso de las atribuciones que confiere al CONAFU la Ley N” 26439; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Denegar la solicitud de la Promotora de Servicios Educativos para que se conceda autorización de fun- cionamiento provisional ala “Universidad de Comunicaciones y Artes”, con sede en la ciudad de Lima, por las deficiencias anotadas que no permiten garantizar el adecuado desarrollo del proyecto ni los niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesionales proyectadas, para participar y competir en el desarrollo nacional. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente ALBERTO CAZORLA TALLER1 Vicepresidente MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académico-Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE RUIZ DAVILA Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 13021 Autorizan el funcionamiento provisio- nal de universidad con sede en la ciu- dad de Chiclayo RESOLUCION N” 474-98-CONAFU Lima, 14 de octubre de 1998 Visto el proyecto de la “Universidad Privada Santo Toribio de Mogrpvejo”, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, así como los informes técnicos correspondien- tes; y CONSIDERANDO: Que el Obispado de la Diócesis de Chiclayo, en su condición de Promotor, solicita autorización de funcionamiento provísio- * nal de la mencionada universidad, para cuyo efecto, en cum- plimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, presen- tó el proyecto acompañando su justificación, la Misión Institu- cional y el Compromiso Institucional, así como los requisitos exigidos por el CONAFU, con su respectiva documentación que sustentan los lineamientos del proyecto institucional y de sus respectivas carreras profesionales; Que la entidad promotora ha acreditado el cumplimiento efectivo de los requerimientos previstos en el Artículo 7” de la Ley N” 26439 para otorgar la autorización de funcionamiento provisional de la Universidad;