Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 1998 (13/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, vicmcs 1 .? de noviembre de 1998 Vistos los Expedientes N"s. 010120-98, 011476-98 y 011478-98 presentados por la Universidad Nacional de San MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importacion de los bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo N" 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22" y 23" del Decreto Legislativo N" 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares para sus fines propios estan inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo N" 04697-EF modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aphcables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la apltcacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N" 882 y el Decreto Supremo N" 046-97 EF, modificado por el Decreto Supremo N" 00%98EF: y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo lo.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importacion realizada por la TJniversidad Nacional de San MORDAZA de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo N" 046-97-EF modificado por el Decreto Supremo N" 003-98-EF y en la adecuacion arancelaria senalada en la Circular N" 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, segun las partidas arancelarias sibwientes: Partida Arancelaria 3215.19.00.00 8421.21.90.00 8536.50.11.00 Descripcion Las demas tintas de imprenta. Los demas aparatos para filtrar o depurar agua. Los demas interruptores, seccionadores y conmutadores, para tensiones nominales inferiores o iguales a 260 V y para corrientes nominales inferiores o iguales a 30 A. Las demas lamparas y tubos electrices de incandescencia de potencia inferior o igual a 200 w. para una tension superior a 100 V. Los demas conductores electricos de cobre, para una tension superior a 80 V pero inferior 0 igual a 1000 V. Lentes, prismas, espejos y demas elementos de optica de cualquier materia montados.

ael- Pag. 165711
Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 13180

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionaria del OSIPTEL para participar en curso a llevarse a cabo en Canada
RESOLUCION SUPREMA N" 229-98-EF MORDAZA, 10 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C. 403-SG/98, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL- solicita se autorice el viaje de una funcionaria a la MORDAZA de Montreal, Canada, para participar en el Curso "Marketing and Customer Service Management"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de viaticos seran cubiertos por Telecommunications Executive Management Institute of Canada-TEMIC, debiendo OSIPTEL asumir el costo de los pasajes y la Tarifa de CORPAC, con cargo a los recursos de su Presupuesto correspondiente al ejercicio 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva N" 00996-OIOE, "Norma de Viajes", aprobada mediante Resolucion Ministerial N" 165-96-EF/15, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo l".- Autorizar el viaje de la senorita Zaret MORDAZA MORDAZA, funcionaria de la Gerencia de Usuarios del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL-, a la MORDAZA de Montreal, Canada, del 1 al 22 de noviembre de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos que irrogue .el cumplimiento del , . . .. presente dispositivo legal, segun se indica, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del OSIPTEL:

8539.22.90.00

8544.51.10.00

9002.90.00.00

- Pasaies US$ 1482.08 - Tariia de CORPAC 25.00 us$ Articulo 2".- La inafectacion a que se refiere el articulo / anterior procedera siempre que la importacion de los bienes j Articulo 3".- La nresente Resolucion Suprema no otorga se ajuste a la cantidad, valor Y demas caracteristicas decla- 1 derecho a exoneracidn o liberacion de impuestos de aduana radas en los formularios de "Importaciones Liberadas de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria Decreto Legislativo N" 882", presentados por la Universidad cuyo viaje se autoriza. Nacional de San MORDAZA, segun los Expedientes N"i 01012098,011476-98 y 011478-98 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida Registrese, comuniquese y publiquese. institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA acciones de tiscalizacion que correspondan efectuar segun el Vicepresidente de la Republica caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la SuperintenEncargado del Despacho Presidencial dencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya MORDAZA MEIER MORDAZA mafectacion se solicita. Ministro de Pesqueria Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Encargado de la Cartera de Superintendencia Nacional de Aduanas. Economia y Finanzas Articulo 4".- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Mmistro de 13175 Economia y Finanzas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.