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Lima, viernes 13 de noviembre de 1998 e{ pentano Pág 165721 Dr. JOSE ANGEL VERA LOAYZA, como Director de Siste- NOS S.A. mediante Resoluci6n Ministerial N” 266-96-PE, a ma Administrativo IV, Nivel F-5, en la Oficma General de favor de PESQIJERA SAN FERMIN S.A., a fin de que se Asesoría Jurídica, dándosele las gracias por los servicios dedique entre otros al procesamiento de recursos hidrobioló- prestados. gicos para la producción de enlatado con la capacidad de 2,413 cajaskurno en su establecimiento industrial pesquero, Regístrese, comumquese y publíquese. ubicado en Av. Brea y Pariñas sln - Zona Industrial. urbani- zación Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Santa, departamento de Ancash; Vicepresidente de la República Que mediante el escrito del visto PESQUERA SAN Encargado del Despacho Presidencial FERMIN S.A. solicita se le otorgue autorización para ampliar la capacidad instalada de su planta de enlatado de LUDWIG MEIER CORNEJO productos hidrobiológicos aumentando la línea de crudo e Ministro de Pesquería implementando una línea de cocido, en su establecimiento industrial pesquero, referido en el considerando prece- 13184 dente: Que la Dirección del Medio Ambiente, mediante Oficio N” 721-98-PE/DIREMA, de fecha 22 de setiembre de 1998, RESOLUCION SUPREMA señala que ha recaído calikicación favorable sobre el Estudio W CM33-9%PE de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo mformado por la Dirección de Control de la Lima, 11 de noviembre de 1998 Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, medianteInforme S” 122-98-PE/DNPP-Dc de fecha 25 de setiembre de CONSIDERANDO: 1998, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y que señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos Que se encuentra vacante el carg o de Director General de exigidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrati- Asesoría Jurídica del Ministerio de Pesquería; vos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Su- Que es necesario designar al funcionario que tlesempe- premo N” 001-98-PE; y con la opinión favorable de la Oficina ñará el mencionado cargo; General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo De conformidad con los Artlculos 43” literal b), 44” y 46 N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Lt?y N” 25515. del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, el Artículo Estando a lo acordado; 60” de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” Ol- 94-PE, modificado por Decreto Supremo N” 09-94-PE; la SE RESUELVE: Resolución Ministerial N” 322-95-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre- Artículo Unico.- Desibmar a la Dra. ADRIANA PATRI- mo N” 010-97-PE; CL4 SERVAN DIAZ, en el cargo de Director General de Asesoría Jurídica, a partir de la fecha.SE RESUELVE: Regístrese, comuníquese y publíquese.Artículo l”.- Otorgar a PESQUERA SAN FERMIN S.A. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquezautorización para el aumento de la capacidad de operación Vicepresidente de la Repúblicaen su planta de enlatado incrementando la línea de crudo e Encargado del Despacho Presidencialimplementando una línea de cocido, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Av. Brea y Pariñas sln - Zona LUDWIG MEIER CORNEJOIndustrial, urbanización Gran Trapecio. distrito de Chimbo- Ministro de Pesqueríate, provincia de Santa, departamento de Ancash, a fin de que desarrolle la actividad de enlatado de recursos hidrobiológi- 13185cos, con la siguiente capacidad proyectada: Enlatado 5,413 cajashurno - línea crudo 3.913 cajas/turno Autorizan a empresa el aumento de- línea cocido 1,500 cajas/turno capacidad de operación de planta de enlatadoArtículo 2°C PESQUERA SAN FERMIN S.A., deberá instalar y equipar su establecimiento industrial pesquero con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero así como las relativas a la RESOLUCIQN DIRECTORAL W 197-9%PE/DNPPpreservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y sebwridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo Lima, ll de noviembre de 1998deberá contar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad dt*l producto final, así como Visto los escritos de Registros N%. CH-45001 y 09496001deberá implementar el Estudio de Impacto Ambiental, cali- de fechas 13 de febrero, 20 de mayo, 18 de junio y 11 deficado favorable por la Direccxón del Medio Ambiente, me- setiembre de 1998, presentados por PESQUEM SAN FEK-diante Oficio N” 721-98-PE/DIREMA de fecha 22 de setiem- bre de 1998.MIN S.A. Artículo 3”.- Otorgar el plazo de un ( 1) año, contado a partir de la fecha de expedida la presente resolución, reno- CONSIDERANDO: vable por una sola vez y por igual término, previa presenta- cibn de la Información relativa ai avance de obras e inversión Que el Artículo 43” Inciso b) numeral 4, del Decreto Ley efectuada, para que la interesada concluya con la ampliación N” 25977 - Ley General de Pesca, establece que para la de su línea de crudo e implemen: ación de una línea de cocido instalación de establecimientos industriales pesqueros, se correspondientes a su planta d+ enlatado, en su estableci- requerirá de autorización, el mismo que constutuye un derr- miento industrial pesquero. Previo al inicio de SU actividad cho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo productiva ,solicitará la inspección técnica correspondiente determinado; para la determinación de la capacidad instalada y el otorga- Que el Artículo 55” del Reglamento de la Ley Genera l de miento de la licencia de operación. Pesca aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, modifíca- Artículo 4”.- El incumplimiento de lo establecido en los do por Decreto Supremo N” 09-94-PE establece que ias Artículos 2” y 3” serán causales de caducidad del derecho personas naturales o jurídicas que s e dediquen al procesa- otorgado cLn la presente resolución. miento o transformación de recursos hidroblológicos para Artículo 5”.- Transcríbase la presente Resolución Direc- consumo humano directo, Indirecto o al uso industrial no toral ;ì la Dirección Regional de Pesquería Chimbote. alimenticio requerirán de autorización para 16 instalación o aumento de la capacidad de operación, de l establecimiento Regístrese, comuníquese y publíquese. industrial; y de licencia para la operación d e cada planta de procesamiento; LUIS SMTMABUKURO MIYASATO Que por Resolución Ministerial N” 340-97- PE dr- fecha 8 Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) de julio de 1997, se aprobó la transferenci a de la licencia de operación otorgada a PRODUCTOS PESQUEROS P 13103