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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (30/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

I.ima, lunes 30 dc noviembre dc 190X Me cl péruano Pág. 166729 los 2” y 8” del Decreto Ley N” 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y Artículos 84” y 99” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos, aprobado por Decreto Supremo N” 02-94.JUS; SE RESUELVE: Artículo l”.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Edilberto Guivin Herrera, contra la Resolu- ción de la Presidencia de la Comisión Reorganizadora N” 438- 98-INPE-CR-P, de fecha 29 de setiembre de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resoluciók Artículo !Z’.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y al interesa- do, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de JusticiaVisto el expediente de Registro N” CE-82001 con escritos 3e fechas 3 y 7 de abril, 7 de mayo y 17 de setiembre de 1998 mediante los cuales el armador BENEDICTO MIGLIORI BAZALAR, solicita permiso de pesca para operar la embar- cación pesquera denominada “TI0 CARAMELO” para la extracción de los recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano directo; 13882 CONSIDERANDO: PESQUERIA Rectifican la denominación social de armador titular de permiso de pesca RESOLUCION DIRECTORAL No 350-98-PE/DNJZ Lima, 26 de noviembre de 1998 Visto el escrito de Registro N” 2605003 de fecha 24 de agosto de 1998 presentado por PESQUERA HAMER S.A. CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Directoral N” 249-98-PE/DNE de fecha ll de agosto de 1998 se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a PESQUERA HAMER S.A. para operar la em- barcación pesquera denominada “MARIA 1” de Matrícula CE- 17380-PM, de 370 m3 de capacidad de bodega refrigerada con sistema R.S.W., y 250 TM de carga neta de pescado, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgada (38 mm.) de abertura de malla, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina destinados al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que mediante el escrito del visto la recurrente solicita la rectificación de la denominación social que se señala en el permiso de pesca contenido en la resolución indicada en el considerando precedente, siendo la denominación correcta “PESQUERA HAMER S.A.“, conforme consta en la escritura pública de constitución social de la recurrente, que obra en él expediente; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica: De conformidad con lo establecido en el Artículo 96” del De conformidad con lo establecido en el Artículo 96’ del I Texto Cnico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Su.Su. premo N” 02-94-JUS; y, -En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre. En uso de las faculkdes conferidas por el Decreto Supre. mo N” OlO-97-PE; SE RESUELVE: Artículo l”.-Rectificar la denominación social de la recurrente señalada en la Resolución Directoral N” 249-98- PE/DNE, de fecha ll de agosto de 1998, entendiéndose que el armador titular del permiso de pesca es PESQUERA HAMER S.A. Artículo 2”.- Modificar la denominación social del arma- dor de la embarcación pesquera “MARIA 1” consignadas en los Anexos 1 de las Resoluciones Ministeriales N”s. 500 y 501- 98-PE, en los términos señalados en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 13903I3torgan permiso de pesca para operar embarcación que se dedicará a la ex- tracción de los recursos lisa, lorna, machete, cojinova y tollo RESOLUCION DIRECTORAL N” 351-98-PE/DNE Lima, 26 de noviembre de 1998 Que los Artículos 43”~ 44” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operación de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que 21 Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para :l desarrollo de las actividades pesqueras; Que los Artículos 16”, 51” y 139” del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” ll-94-PE, establecen que el acceso a la actividad pesquera je extracción se obtiene mediante la expedición del permiso de pesca, y que para operar en aguas jurisdiccionales, los armadores de embarcaciones pesqueras mayores de treinta ‘30) toneladas métricas de capacidad de bodega, pagarán el correspondiente derecho, debiendo expedirse el título re- presentativo y la constancia de pago por derecho anual, cuya acreditación mantendrá en vigencia el permiso de pesca; Que mediante la Resolución Ministerial N” 464-97-PE de fecha 25 de setiembre de 1997, se autorizó el incremento de flota al armador BENEDICTO MIGLIORI BAZALAR, para la construcción de una embarcación pesquera de 86.68 m3 de volumen de bodega y 48 TM de carga neta de pescado, con sistema de preservación C.S.W., equipada con red de cerco de 1% pulgadas y 3 pulgadas de tamaño de mínimo de abertura de malla, cortina y espinel, para la extracción de los recursos lisa, loma,. machete, cojinova y tollo con destino al consumo humano chrecto: Que de la evaluación efectuada a los documentos presen- tados por el recurrente se ha determinado que ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento N” 1, correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo N” 001-98- PE: Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría <Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” inciso c), numeral 1, de la Ley General de Pesca, en el Artículo 138” de su reglamento aprobado por Decreto Supremo w Ol-94- PE; y las Resoluciones Ministeriales N”s. 500 y 501-98-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas a través del Decreto Supremo N” OlO-97-PE y el Artículo 5” de la Resolución Ministerial N” 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo l”.-Modificar el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 464-97-PE de fecha 25 de setiembre de 1997, en los extremos relativos al volumen de capacidad de bodega y la carga neta, las mismas que serán de 89.14 m3 y 49.47 TM resnectivamente. manteniéndose las demás características. Artículo 2”.- Otorgar permiso de pesca a plazo determi- nado al armador BENEDICTO MIGLIORI BAZALAR, para operar la embarcación pesquera que se indica, la cual se dedicará ala extracción de los recursos hidrobiológicos lisa, lorna, machete, cojinova y tollo con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco de 1% pulgadas (38 mm.) y 3 pulgadas (76 mm.) de tamaño de abertura de malla, cortina y espine;, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras según se detalla a continuación: