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Pág. 165136 ~~~~ ~A’ihW:M~ Lima. jueves 22 de octubre de 1998 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA W 463-9%INPE-CR-PEL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Lima, 14 de octubre de 1998 VISTOS, el Informe N” 148-9%INPE-CPPAD de fecha 21 de setiembre de 1998 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Na- cional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia de la Comi- sión Reorganizadora N” 351-9%INPEICR-P de fecha 17 de agosto de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de agosto de 1998, se instauró proceso administrativo disciplinario al ex servidor FREDDY NELSON SERRANO ROMAN, ex Jefe del Area de Egresos de la Oficina Ejecutiva de Registros Penitenciarios en torno a la “Indebida Ejecu- ción de Libertad del iil WILLIAN ANTONIO SOTELO AMPUDIA, en el E.P.R.C.0 de Lurigancho” ocurrida el 28.0CT.94, a mérito del oficio dispuesto por la 4” Sala Penal, Expediente N” 018-93118 JPL señalando que fue absuelto en la causa que se seguía por el delito contra el patrimonio, ejecutándose dicha orden de libertad el 28.0CT.94, mediante Oficio N” 903-94-ORP-DE-INPE, pro- cesado y remitido por el precitado ex servidor, no obstante a que existía orden de revocatoria de su libertad provisional dispuesta por el 18” Juzgado Penal de Lima mediante Oficio N” 155-93 del 13.JUL.94, en la causa seguida por el delito contra el patrimonio, conforme fluye de la Hoja Informativa N” 072-97-INPEiAG de la Auditoria General del INPE;Que, la Municipalidad de La Molina como parte de su política destinada a mejorar el ornato y preservar el medio ambiente distrital ha remodelado y recuperado el área destinada aparque, ubicada entre la calle Mercedes Cabello (ex calle 161 y la calle La Educación (ex calle 17) de la Cooperativa de Vivienda Magisterial -COVIMA-; Que, de acuerdo al inciso 101 del Art. 65” de la Ley N” 23853, las Municipalidades, están facultades como parte de sus funciones de acondicionamiento territorial a dis- poner la nomenclatura de los parques de su jurisdicción, condicionada a que la misma no se repita en el mismo distrito; Que, la población de la Cooperativa de Vivienda Ma- gisterial -COVIMA-, ha solicitado mediante Expediente N” 2714-97 se denomine a dicha área “Parque de la Reconciliación”, en honor a la Virgen de “Nuestra Señora de la Reconciliación”, Patrona de la mencionada coopera- tiva; Que. según Informe N” 426-MDLM-DDU-DC-98 de la Unidad de Catastro de la Dirección de Desarrollo Urbano, el referido parque carece de denominación y la propuesta no constituye duplicidad en la nomenclatura de parques del distrito de La Molina; Estando al mérito de lo expuesto y con las facultades conferidas por los Articulos 2”, 47” y 65” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853; Que, de la evaluación de los documentos adjuntos se observa que, pese haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el Artículo 169” del Decreto Supremo N” 005 90-PCM, para que el ex servidor FREDDY NELSON SE- RRANO ROMAN, formule su descargo, éste no ha hecho uso del derecho de defensa. por consiguiente subsisten tos cargos atribuidos en su contra, falta disciplinaria tipificada en los Incs. a 1 y dl del Articulo 28” del Decreto Legislativo N” 276;DECRETA: Estando el informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visacio- nes de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo N” 276, Decreto Supremo N” 00590-PCM, Ley N” 26814 y la Resolución Ministerial N” 199.98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial K” 217- 98-JUS;Artículo Primero.- Asignar al parque ubicado entre la calle Mercedes Cabello (ex calle 16) y la calle La Educación (ex calle 17) de la Cooperativa de Vivienda Magisterial - COVIMA-, la denominación de “PARQUE DE LA RECON- CILIACION”, por las consideraciones expuestas. Artículo Segundo.- Las Direcciones de Desarrollo Urbano y Servicios a la Ciudad quedan encargadas del cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 12174 SE RESUELVE Artículo l”.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTITUCION, al ex servidor FREDDY NELSON SE- RRANO ROMAN, ex Jefe del Area de Egresos de la Oficina Ejecutiva de Registros Penitenciarios del INPE. por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Dictan disposición sobre pagos efectuados indebidamente o en exce= so por diferentes tributos Artículo 2”.- Anótese vía acto administrativo la presen- te sanción en el legajo personal del referido ex servidor, al haber cesado de la función pública. Artículo 3”.- Notifíquese la presente resolución a tra-DECRETO DE ALCALDIA W 021-98 La Molina, 20 de octubre de 1998 vés del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legalesEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD lDISTRITAL DE LA MOLINApertinentes. Registrese, comuníquese y publiquese. JUAN NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comisión Reorganizadora 12103 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Asignan denominación a parque del distrito DECRETO DE ALCALDIA W 011-98 La Molina, 19 de junio de 1998CONSIDERANDO: Que, el Artículo 40” del Código Tributario establece que la Administración Tributaria podrá compensar la deuda tributaria, total o parcialmente, con los créditos por tribu- tos, intereses y sanciones pagados en exceso o indebida- mente, siempre que no se encuentren prescritos; Que, se ha observado que algunos contribuyentes han abonado indebidamente o en exceso los tributos acotados por la Administración Municipal, originando la presenta- ción de solicitudes para la compensación parcial o total por los pagos efectuados; Que, es necesario agilizar los procedimientos admi- nistrativos para resolver los trámites de compensación por pagos en exceso o indebidos, por lo que es necesario disponer la actualización automática del Estado de Cuenta de los contribuyentes; Que, de conformidad con el Artículo 47” Inc. 61 de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853 y con las visaciones correspondientes;