Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 1998 (22/10/1998)


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de 1998, se instaura MORDAZA plinario al ex servidor MORDAZA Wilbert MORDAZA CARDENAS. 13tulio haber incurrido en abandono administrativo discipor de cargo a partir del

descortes increpo directamente al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su presencia de el y su familia, agrediendo verbalmente y vociferando palabras subidas de tono, que no guardan el respeto a la persona, ni el buen trato que se debe dar al publico en general y companero de trabajo, asimismo! procedio a desalojar a empenones al famihar MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que fue presenciado por el agente de servicio de la MORDAZA principal, por lo que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se dirigio nuevamente ante la citada Directora, la cual autorizo por MORDAZA vez su ingreso en presencia del Jefe de Seguridad, sin embargo al tener conocimiento del permiso procede a dar cuenta con informacion tergiversada de los hechos, no respetando de ese modo los MORDAZA administrativos jerarquico de comunicacion a la Superioridad, desconociendo el nivel de autoridad de la Directora y resistiendose a cumplir ordenes impartidas; Que, asimismo no habria dado buen trato a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Secretario Ejecutivo de la Comision Reorganizadora INPE, quien el dia 24.NOV.97, solicito al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORONADO. Jefe de Seguridad del E.T.P. de,Lima, por intermedio de la linea telefonica, brindar las facrhdades para el ingreso al Establecimiento Transitorio de Procesados de MORDAZA, de la representante del AFP-PROFITURO, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este se nego de manera insolente y prepotente, pese a que se le hizo saber que asi lo habia dispuesto el Secretario Ejecutivo de la Comision Reorganizadora del INPE; Que, existen suficientes elementos de juicio que permiten concluir que el referido servidor habria incumplido lo dispuesto en los incisos a 1, d) 5: e) del Articulo 21" del Decreto Legislativo N" 276, falta prevista en los incisos a), b I, c) y d) del Articulo 2A" del mismo dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria
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15.JUL.97, por mas de tres (31 dias consecutivos, cuando laboraba en el Establecimiento Penitenciario de Procesados de Sicuani, sin haber tenido la autorizacion respectiva de la licencia sin goce de remuneraciones de la Direccion Regional Sur Oriente MORDAZA, conforme al Decreto Supremo N 005-90-PCM, dejando de asistir a su centro de labores sin .justificacion alguna, tal como fluye del Oficio N" 070-97INPEIDRSO-SDP de fecha 25.AG0.97 suscrito por el Director de la Direccion Regional Sur Oriente; Que, merituado el descargo y escuchado el informe oral, formulado por el ex servidor MORDAZA Wilbert MORDAZA MORDAZA, argumenta en su defensa, que es falso el abandono de cargo a partir del 15.JUL.97, toda vez que se encontraba gozando de licencia sin goce de remuneraciones por sesenta (60) dias, otorgado y aprobado verbalmente por el ex Director Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asimismo refiere que una vez concedida la licencia, en la forma senalada puso de conocimiento al `oordinador del E.P. de Sicuani, tambien aduce que de manera ilegal el Subdirector de la Direccion Regional Sur Driente MORDAZA, sin cumplir las formalidades, le cursa el Memorandum N" 113-97-INPEDRSO-SD- denegando la licencia solicitada, recepcionado por la Oficma de Tramite Documentario con fecha 24.JUL.97. Por otra parte alega, que debe resolverse previamente la impugnacion a la Resolucion N" 636-97-INPE-CR-P de la Presidencia de la Comision Reorganizadora del INPE de fecha 18.DIC.97 por cuanto que ante la citada resolucion interpuso recurso de reconsideracion en forma erronea, debiendo ser de apelacion y por consiguiente tramitado como tal, el cual no ha sido resuelto; Que, consecuentemente de los argumentos vertidos por el ex servidor MORDAZA Wilbert MORDAZA MORDAZA, no desvirtua los cargos formulados en su contra, resultando insustanciales y que solo tratan de justificar su accionar, toda vez que al afirmar ue la solicitud de licencia fue otorgada y aprobada verba4 mente por el ex Director Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, carece de valor probatorio, ya que no ha dado cumplimiento con la exigencia del Articulo 109" del Decreto Supremo N" 005-90-PCM, donde se establece que el uso de derecho de licencia se inicia a peticion de parte y esta acondicionada a la conformidad institucional, ademas de los documentos obrantes en autos, se determina, que el recurso de apelacion a que hace referencia el ex servidor precitado, ha sido resuelto, declarandose infundado mediante R.P.C.R. N" 636-97-INPE-CR-P de fecha 22.DIC.97, apelacion que interpuso a la Resolucion Directoral N" 108-97-INPE-DRSO-CUS de fecha 14.AG0.97, la misma que declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por el referido ex servidor, no existiendo otro recurso impugnativo obrante en autos, habiendo con esto agotado la via administrativa, por lo que no desvirtua los cargos formulados en su contra previstos en la R.P.C.R. N" 319-98-INPE-CR-P, falta disciplinaria tipificada en el inciso k) del Articulo 28" del Decreto Legislativo N' 276; Estando el informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria ,Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N" 276, Decreto Supremo N" 00590-PCM, Ley N" 26814 y la Resolucion Ministerial N" 199-98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 2179%JUS; SE RESUELVE: Articulo l".- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION, al ex servidor del INPE, MORDAZA Wilbert MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Anotese via acto administrativo la presente sancion en el legajo personal del referido ex servidor, al haber cesado de la funcion publica. Articulo 3".- NOTIFIQUESE la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 12102

Sancionan con destitucion a ex servidores del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA W 462~SS-INPE-CRP MORDAZA, 14 de octubre de 1998 VISTOS, el Informe N" 137-98.INPE-CPPAD de fecha 4 de setiembre de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANLKX Que, mediante Resolucion de la Comision Reorganizadora N" 319-98.INPE-CR-P de fecha 23 de jubo de 1998, publicada a traves del Diario Oficial El Peruano el 31 de

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