Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 1998 (31/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 31 de octubre de 1YYX Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC y el senor MORDAZA SilvaAranda,Asesor de IaProsidencia del CONCYTEC, para asistir ala Reunion Tecnica de Altos Oficiales (Puntos Focales) acreditados por las Economias APEC y a la III Conferencia de Cooperaciun MORDAZA - Pacitic - APEC en Ciencia y Tecnologia, a realizarse en la MORDAZA de Mexico, del 1'7 al 24 de octubre de 1998. Artfculo 2".- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, se afectaran al Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, conforme al siguiente detalle: pasajeaereoLima-Mexico-1~maUS$687.00,viaticosUS$1.760.00 y pago de tarifa CORPAC US$25.00 por cada participante. Articulo 3".- La presento resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 12541

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PRCXMUDEH
Declaran fundada nulidad deducida contra la R.M. NQ 259,98-PROMUDEH
RESOLUCION SUPREMA W 091.98-PROMUDEH MORDAZA, 30 de octubre de 1998 Vistos la nulidad deducida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Ministerial N" 259-98-PROMUDEH. de fecha 15 de setiembre de 1998; CONSIDERANDO: mediante Resolucion Ministerial N" 259-98-PROMUDEH se autorizo ala Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judidiales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a iniciar las acciones judiciales que correspondan, entre otros, contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Unidad Ejecutora COOPOP - Chiclayo, de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, al haberse evidenciado indicios razonables de presunta responsabilidad penal en el eiercicio de sus funciones;. Que con documento de vistos el recurrente interpone reclemacion contra la recurrida? por considerar que ha incurrido en causal de nulidad al haber sido dictada contraviniendo el derecho de Legitima Defensa que consagra la Constitucion Politica del Peru, al no haberse tenido en cuenta que los hechos imputados en la accion de control mencionada, han sido formulados sin haber considerado la documentacion sustentatoria que oportunamente presento, los mismos que rebaten las observaciones del Organo de Auditoria, y que recauda como sustento de su reclamacion interpuesta: Que de la revision y analisis de la documentacion presentada se evidencia que las rendiciones de cuentas que fueron remitidas en su oportunidad a la Sede Central de COOPOP, acreditan que el 20% de los ingresos recaudados durante su gestion fueron utilizados en el funcionamiento de la Unidad Operativa a su cargo, asi como el Presupuesto Analitico Institucional de COOPOP fue regularizado mediante Resolucion Jefatura1 N" 197-95; adjuntando documentacion que confirma que en ningun momento asumio la Secretaria Regional de MORDAZA, con 10 cual demuestra que no le alcanza responsabilidad alguna en la desaparicion de la camioneta MORDAZA Pick Up de Placa OG-1582, lo que acredita que la resolucion recurrida ha incurrido en causal de nulidad prevista en el inciso b) del Articulo 43" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02.94-JUS; Estando a lo opinado por la Olicina do Apoyo Legal en su Informe N" 277.98.PROMUDEWOAL; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 560, Decreto Legislativo N" 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. modificado por el Decreto Legislativo N" 893, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" OOl-97-PROMUDEH y el Decreto Supremo N" 02-94-.JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, modiftcado por Ley N" 26810;
Que

MTC
Autorizan viaje de Presidente del Directorio de ENAPU S.A. a los EE.UU. para participar en conferencia sobre el sector portuario
RESOLUCION SUPREMA w 167.98~MTC MORDAZA, 30 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, AiC Worldwilde ha cursado invitacion a la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., para que el funcionario que sea designado participe en la Conferencia "Latin Ports & Shipping 98" que se llevara a cabo en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America; Que, en la citada conferencia, oradores de MORDAZA Latina, entre otros, compartiran sus experiencias a traves de la MORDAZA de casos practicos, relacionados con la privatizacion, la modernizacion y concesiones de los puertos; el financiamiento y la estructuracion de alianzas estrategicas en MORDAZA Latina, concentracion en el sector maritimo, el analisis de la modernizacion y desarrollo del sector portuario; Que, el Presidente del Directorio de ENAPU S.A.. segun los terminos de la Carta N" 201.9X-ENAPU S.A.:/P.D., solicita al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda Y Construccion, expida el acto administrativo que autorice su viaje. toda vez que el Directorioen Acuerdo N' 102/10/98iD estimo pertinente su participacion en el mencionado evento internacional; Que, de conformidad con la Ley N" 26894, Decreto Ley N 25862 y Resolucion Ministerial N" 065-SR-EFilB; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Uccelli MORDAZA, Presidente del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A., ENAPU S.A., ala MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 1 al 5 de noviembre de 1998, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos que demande el cumplimiento del viaje autorizado seran con cargo al presupuesto de ENAPU S.A., segun se detalla a continuacion: Pasajes Viaticos Tarifa por Uso de Aempuerto US$ US$ US$ 412.00 1,100.00 25.00

SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar FUNDADA la nulidad deducida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Ministerial N" 259.98-PROMUDEH, debiendo excluirsele de los alcances de la misma. en el extremo que autoriza a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del PROMUDEH a iniciarle acciones judiciales, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Dejar subslstent,e en los demas extremos que contiene la Resolucion Ministerial N" 259.98-PROMUDEH. Articulo 3".- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del PROMUDEH y al interesado MORDAZA los fines pertinentes. l Registrese, comuniquese y publiquese Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano 12545

Articulo 3".- La presente resolucion no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12544

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