Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 1998 (31/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 3 1 de octubre de 1998 PEAMISOMPESCA MORDAZA TmJLAR r de R.M. Fecha

pemurm, Pag. 165333
CAPACIIAD DEBODEW
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NOMBRE DE LA EMsARc*CIoN

HUMERODE Y*mIc"M

152-95-E

18 4 95 CONSER"ERAGARRIWS

A

*LB*cm*

278 35

PT4580-PM

Articulo 3".- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgada a traves de la Resolucion Ministerial N 16%95PE a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "ALBACORA" en ese entonces con matricula PS-6580-PM. Articulo 4".- Incorporar a la empresa CONSERVERA GARRIDO S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera ALBACORA, asi como la presente resolucion, al literal Al del Anexo 1 de la Resolucion Ministerial N" 500-98PE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial N" 50198-PE que actualiza la Resolucion Ministerial N" 200-98-PE, retirando a la empresa MORDAZA MORDAZA S.A. y a la Resolucion Ministerial N" 16295-PE, consignadas en dichos anexos. Articulo 5".- Transcribase la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Chimbote, MORDAZA, MORDAZA, 110 y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 12473

PUDERJUDIC,'IAL
Sancionan con cese temporal y destitucion a servidores de los Distritos Judiciales de MORDAZA y del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TlTULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL W 438-98-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 29 de octubre de 1998 VISTO: El MORDAZA N" 24-98-CPPAD/PJ. instaurado contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Escribano Diligenciero del 1" Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, por Inconducta Funcional y Actos de Indisciplina; en el que aparece el Informe final N" 52-98 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa del Titular del Pliego N" 366- DB-SE-TP-CME-PJ, se instauro MORDAZA administrativo discinlinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHAVEZ. Escribano Diligenciero del 1" Juzgado en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, atribuyendosele la comision de falta administrativa de caracter disciplinario: 1 I No permitir la revision de su maletin a los vigilantes de seguridad; y 2~ Ejercer cargo sindical . sin acreditarla oficialmente; I Que. remitidos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y notificado que fuera el procesado conforme a la publicacion aparecida en el Diario Oficial El Peruano el 4-9-98, tal como se aprecia del recorte de fojas 69 y 70, y notificado personalmente mediante Oficios N"s. 2380-98-P-AD/DJA y 2470-98.P-ADDJA los dias 14 y 28 de setiembre ultimo, a traves del Jefe de la Oficina de Admmistracion Diskital de MORDAZA, este no ha cumplido con presentar su escrito de descargo ni tampoco ha aportado los medios probatorios que enerven o atenuen su responsabilidad, por lo que, subsisten las razones que motivara la instauracion del presente MORDAZA administrativo disciplinario: Que, el investigado mediante peticion correspondiente, solicita ante el Presidente de la Corte Suuerior de Justicia del Santa" una MORDAZA que, el suscrito viene desempenandose como Secretario General de Trabajadores de Arequipa", pero al ser requerido por el Administrador Distrital en forma reiterativa y *bajo responsabilidad, para que cumpla con presentar la documentacion sustentatoria, que acredite su designacion como Secretario General del Sindicato de Trabajadores - Base MORDAZA, el procesado no ha cumplido con presentar la documentacion exigida; Que, mediante Oficio N" 1647-97-AD/DJA de fecha 16 de noviembre de 1997, el Administrador de esa Sede Distrital, pone en conocimiento de la Presidenta de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios: "que no existe en Archivos documentacion alguna que, acredite al servidor MORDAZA

MORDAZA MORDAZA como Secretario General del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial Base Arequipa", corroborado con el Oficio N" OoO-ACICSS de 16 de marzo ultimo de la Presidencia de dicha Corte; Que, el indicado servidor en el descargo efectuado ante el Jefe de la Oficina de Inspectoria General del Poder Judicial, aduce abiertamente ser dirigente sindical, pero revisado los documentos inherentes al caso, este no tiene la calidad de dirimente sindical, en consecuencia, al irrogarse el cargo que no ostenta, pretende sorprender a sus superiores; Que, asimismo, en reiteradas oportunidades vino desacatando las ordenes de seguridad en el sentido de negarse a la revision de su maletin a los vigilantes de seguridad, pese a que es una orden superior que estan obligados a cumplir todos los servidores del Poder Judicial, incluso los usuarios; Que, conforme se advierte de su Registro Personal, en el rubro de "Medidas Disciplinarias", el investigado cuenta cn su record de trabajo con una serie de sanciones, que demuestran que se trata de un servidor proclive a la inconducta laboral, en desmedro de la buena imaeen del Poder Judicial: Que, siendo asi es pasiae de sancion administrativa el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber transgredido lo establecido en los Articulos 21" incisos al y el y 28" incisos al y cl del Decreto Legislativo N" 276. Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; por lo que se debe de proceder a tenor de lo preceptuado por el Articulo 155" inciso cl del Decreto Supremo N" 00590-PCM, a aplicar una medida disciplinaria; Contando con la visacion de los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 1" de la Ley N" 26546, Articulo 5" Item 5.3: del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, por Resolucion Administrativa No 018~CME-PJ, ampliadas y modificadas por las Leyes N"s. 26623 y 26695; Resolucion Administrativa N" 622CME-PJ; Articulo 21" incisos al y el; Articulo 28" incisos a) y cl de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado mediante Decreto Legislativo N"276; Articulos 155"inciso cl y 170"del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM y, estando alo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su Informe final; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER la sancion administrativa de CESE TEMPORAL DE TREINTICINCO DIAS sin goce de remuneraciones, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Escribano Diligenciero, Nivel Fl del Distrito Judicial de Arequipa; por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Secundo.- REMITIR comas autenticadas de la presente resolu& al Supervisor de Personal de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Inspectoria General, a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y al interesado para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 12526 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL N" 439-98-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 29 de octubre de 1998 VISTO: El MORDAZA N" 23-98CPPAD/PJ, instaurado contra el servidor MORDAZA MORDAZA PEREZACOSTA, Tecnico Judicial 1 asignado al Juzgado Mixto de la provincia de Huarmey del Distrito Judicial del MORDAZA, por ausencias injustificadas; en el que aparece el Informe final N" 48- 98 emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa del Titular del Pliego N 357.98SE-TP-CME-PJ, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Judicial 1, atribuyendoselela comision de falta administrativa de caracter disciplinario: ausencias injustificadas consecutivas a su centro de labores, desde el 20 de MORDAZA de 1998, a la fecha; Que, remitidos los actuados a la Comisio.1 Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios v notificado que fuera el procesado conforme a la pubiicacion aparecida en el Diario Oficial El Peruano el 2-9-98, tal como se aprecia del recorte de fojas 81 al 83, y notificado personalmente mediante Oficio N" 2069-98-OA-CSDS/PJ el 7-9-98, a traves del Jefe de la Adminis-

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