Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 1998 (16/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 16 de sctiemhre de 199X

@peruanr, Pag. 164013
MORDAZA DL4Z MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FONTANA

OO/100 Nuevos Soles (S/. 21,122.00), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- AFP Union debera cumplir con pagar la multa MORDAZA senalada dentro del plazo de cinco (5) dias calendario posteriores ala fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 3".- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

LINEAMIENTOS RESOLUTIVOS PARA RECLAMOS DE SERVICIO LOCAL MEDIDO EN TELEFONIA FIJA TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCION DE RECLAMOS DE USUARIOS DE OSIPTEL 1. INTRODUCCION
El Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de Usuarios del Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) -en adelante, el Tribunal- fue creado el 9 de octubre de 1995 con el fin de resolver en MORDAZA instancia administrativa los reclamos presentados por los usuarios de los servicios publicos de telecomunicaciones. Desde entonces, el Tribunal ha resuelto mas de 6,300 recursos. A fines de 1997, luego de dos anos y tres meses de funcionamiento del Tribunal, el Osiptel simplifico las normas de procedimiento del Tribunal mediante la Resolucion W 03%97-CD/OSIPTEL con la cual expidio el MORDAZA Reglamento para la Solucion de Reclamos de Usuarios de Servicios Publicos de Telecomunicaciones. El MORDAZA reglamento no solo simplifico y redujo los plazos del procedimiento de reclamos ante el Tribunal sino que le otorgo la facultad de aprobar lineamientos para la interpretacion de normas sobre los temas de su competencia. Conforme al Articulo 58" del citado Reglamento, corresponde ala Sala Plena del Tribunal aprobar lineamientos resolutivos que orienten a usuarios y empresas operadoras de los servicios publicos de telecomunicaciones acerca de los alcances y criterios de interpretacion de las normas que utiliza el Tribunal para resolver los reclamos.

10450

USIPTEL
Lineamientos resolutivos del Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de Usuarios de Osiptel, para reclamos de servicio local medido en telefonia fija
RJ3SOLUCIONIV' Ol-98-LIN/TRASU-OSIPTEL
MORDAZA, 10 de setiembre de 1998 EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCION DE RECLAMOS DE USUARIOS DE OSIPTEL CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Articulo 58" del Reglamento para la solucion de Reclamos de Usuarios de Servicios Publicos de Telecomunicaciones ante el OSIPTEL (Resolucion del Consejo Directivo W 032-97-CD/OSIPTEL) la Sala Plena del Tribunal puede aprobar lineamientos, que orienten a los usuarios y a las empresas operadoras sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas que regulan la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en los aspectos que fueren de su competencia; Que la publicacion de estos lineamientos tiene como principal objetivo reducir las posibles situaciones de conflicto entre usuarios y empresas en el ambito de la competencia del Tribunal; Que la publicacion de los lineamientos se sustenta en el MORDAZA de predictibilidad, es decir, en la necesidad de anticipar la forma en que han de ser resueltos los conflictos que puedan surgir como consecuencia de la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, incentivando las conductas eficientes y diligentes en los agentes que participan en este mercado; por lo que en uso de sus atribuciones; SE RESUELVE:

El Rol del Tribunal
El Osiptel establece el procedimiento de reclamos ante el Tribunal -ultima instancia administrativa- como parte de su politica vinculada ala proteccion de los usuarios. En tal sentido, la esencia de la estrategia de Osiptel en esta materia reside en: 1. La proteccion efectiva de los legitimos intereses de los usuarios; 2.Lainformacionyeducacionparaunusoresponsable de los servicios publicos de telecomunicaciones; y, 3. La presencia de empresas operadoras que reconozcan los derechos del usuario. La racionalidad del procedimiento ante el Tribunal exige que las propias empresas operadoras MORDAZA las primeras en procesar los reclamos de sus usuarios. En tal sentido, la intervencion del organo regulador se justifica solo en la medida en que se hayan agotado todas las posibilidades de solucion a las pretensiones legitimas de los usuarios al interior de las empresas operadoras. De este modo, la intervencion del Tribunal se realiza a manera de revision del MORDAZA, lo que implica por SU parte examinar la validez legal y la idoneidad tecnica de los fundamentos y terminos de la resolucion recurrida, pudiendo confIrmarla, revocarla, modificarla o integrarla. Tal facultad de intervencion del Tribunal es una de las ventajas con que cuenta este sistema y que, en conjunto, sirve para darle proteccion, al usuario del servicio de telecomunicaciones. Cabe anotar que las facilidades de este sistema son mayores en comparacion con las existentes en otras instancias administrativas ylo judiciales. El sistema ha sido creado con el objetivo de eliminar las distorsiones que colocan a los usuarios en una posici6n de desventaja frente a la empresa operadora al momento de tramitar sus reclamos, desventajas que pueden ser consecuencia de la falta de informacion de los usuarios

Articulo Unico.- Aprobar los Lineamientos Resolutivos del Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de Usuarios de OSIPTEL para reclamos de servicio local medido en Telefonia Fija, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion.
Archivese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COPELLO MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SARDON DE MORDAZA

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