NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (16/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 32
I Que la Comisión Califlcadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión N” 055-98, celebrada el 6 de agosto de 1998, ha calificadoy aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335 y 336” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de BancaySegurosLeyN’26702-;yenvirtuddelafacultad delegada por la Resolución SBS N” 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Carlos Arturo Mendoza Prado con el N” N-3342 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 10416 RESOLUCION SBS W 0864-98 Lima, 31 de agosto de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCAY SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por don Ricardo Sin Laos para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS N”s. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por las mencionadas normas administrati- vas; Que la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros. en la Sesión N” 056-98, celebrada el 13 de agosto de 1998, hacaliflcadoyaprobadolainscripciónresp&ivaen el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335 y 336” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros-LeyN”26702-; yenvirtuddelafacultad delegada por la Resolución SBS N” 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.. Autorizar la inscripción del señor Ricardo Sin Laos con el N” N-3361 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 10420 RESOLUCION SBS N” 0867.98 Lima, 31 de agosto de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por doña María Lucía Alva- rez-calderón Carriquiry para que se le autorice lainscrip- ción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS N”s. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por las mencionadas normas administrati- vas; Que la Comisión Califlcadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión N” 055-98, celebrada el 6 de agosto de 1998, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335” y 336” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros-LeyN”26702-;yenvirtuddelafacultad delegada por la Resolución SBS N” 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la seño- rita María Lucía Alvarez-Calderón Carriquiry con el N N-3325 en el Registro Oficial de Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 10418 Autorizan la inscripción de persona natural en el Registro Oficial de Corre dores de Seguros RESOLUCION SBS W 0878-98 Lima, 31 de agosto de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por don Rufino Máximo Cas- tro Rondón para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones SBS N”s. 381-91 y 389-92 de fechas 28 de junio de 1991 y 9 de abril de 1992, respecti- vamente se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por las mencionadas normas administrati- vas; Que la Comisión Calilicadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión N” 055-98, celebrada el 6 de agosto de 1998, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 335” y 336” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de BancaySeguros-LeyW26702-;yenvirtuddelafacultad delegada por la Resolución SBS N” 003-98 del 7 de enero de 1998.