NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (24/09/1998)
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Pág. 164264 e[ -0 @!?%li’,fi~:Ifl~ J,ima. jueves 24 de seticmhrc dc 19% Artículo 3”.-La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBLJLU Presidente del Consejo de Ministros 10941 Aprueban donación de vehículos a fa- vor de organizaciones sociales, insti- tuciones y personas naturales del de- partamento de Lima RESOLUCION SUPREMA N” 551-9%PCM Lima, 23 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N” 005-96.PCM y Resolución Suprema N” 437-98-PCM, de fechas 8 febre- ro 1996 y 13 agosto 1998, respectivamente, TOKIWA KAIUN CO. LTD. y DONATED BLOOD DISTRIBU- TION CORPORATION de Tokio - Japón, donaron al Despacho Presidencial Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, un total de 52 vehículos motorizados usados, para ser entregados en donación a favor de instituciones, organizaciones sociales y población de escasos recursos, Que, es propósito del Gobierno del Perú apoyar a las instituciones y organizaciones sociales en sus esfuerzos orientados en mejorar el nivel de vida de la población: Que, mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas el Despacho Presidencial -Unidad Ejecu- tora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Minis- tros, entregó en calidad de donación ocho (8) de las precitadas unidades vehiculares en beneficio del Mi- nisterio Público, Cuerpo de Bomberos, Ministerio de Salud, Club de madres e integrantes de organizacio- nes sociales del departamento de Lima, siendo perti- nente expedir la resolución respectiva a fin de regula- rizar legalmente dicha transferencia y posibilitar las subsecuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo N” 804; SE RESUELVE: Artículo lo.- Aprobar la donación de ocho (8) vehícu- los usados, valorizados en Veinte mil novecientos cin- cuenta y 18/100 Nuevos Soles (S/. 20 950,181. que efectúa el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros. en favor de las instituciones, organizaciones sociales y de personas naturales del departamento de Lima; unidades cuyas características, detalles y beneficiarios, se indican en el anexo que se adjunta, y que forma parte de la presente resolución. Artículo 2”.- Transcribir la presente Resolución Su- prema al Ministerio Público, Ministerio del Interior, Mi- nisterio de Salud, personas beneficiadas, a la Contraloría General de la República y la Superintendencia de Bienes Nacionales dentro de los términos establecidos. Artículo 3”.- La presente resolución. será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 10942lDEFENSA Aprueban Organización y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mer- cante “Almirante Miguel Grau” DECRETO SUPREMO XV 033-DE/MGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Ley N” 26882. Ley de Incorporación al Sector Defensa de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, se incorporó la citada Escuela Nacional al Sector Defensa como Organismo Público Descentralizado: manteniendo su personería jurídica y autonomía admmistrativa y económica, sujetando su ac- cionar a la Política General que establezca el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú; Que mediante Decreto Supremo N” 034-72-TC de fecha 13 de diciembre 1972, se aprobó el Reglamento Orgánico de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; Que el Artículo 4” de la referida Ley, dispone que mediante Decreto Supremo se establecerá la Organiza- ción y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mer- cante “Almirante Miguel Grau”; Que el proyecto de Organización y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, que se adjunta, es concordante con la finalidad prevista en el Artículo 3” de la citada Ley, por lo que es conveniente su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 81 del Artículo 118” de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo lo.- Apruébase la Organización y Funciones de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, el mismo que consta de OCHO (8) Capítu- los y TREINTAY CINCO (351 Artículos, y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2”.- Deróguese el Decreto Supremo N” 034-72- TC de fecha 13 de diciembre de 1972, que aprobó el Regla- mento Orgánico de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, así como las demás disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 3”.- En el plazo de TREINTA (30) días conta- dos a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, la Dirección de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, elaborará el Reglamento de Organización y Funciones, el Cuadro de Asignación de Personal y el Manual de Organización y Funciones de dicha Escuela, los cuales serán aprobados mediante Reso- lución Ministerial del Sector Defensa. Artículo 4”.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Defensa y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Olicial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno en, Lima, a los trece días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (DOP). Ing. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro de Defensa. ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA ESCUEZA NACIONAL DE MARINAMERCANTE “ALMIRANTE MIGUEL GRAU” CAPITULO 1 NATURALEZA, FINALIDAD Y FUNCIONES Artículo 1” .- La Escuela Nacional de Marina Mercan- te “Almirante Miguel Grau” (ENAMM), es una Institu-