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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (24/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

SECCION II DE LA SUBDIRECCION~ a) Evaluar situaciones relacionadas con el rendimien- ta psicofísica de los Cadetes, efectuando las recomenda- l Artículo ‘7”.- La Subdirección es la autoridad inme- diata al Director, es ejercida por un Oficial de Comando de la Marina de Guerra del Perú en situación de activi- dad, con el grado de Capitán de Fragata. Tendrá las prerrogativas de un Subjefe de Institución Pública Descentralizada.ciones que considere conveniente a fin de determinar la separación de aquellos que se encuentren inaptos física o psicológicamente de acuerdo al Reglamento de Sanidad de la Escuela; Artículo 8”.- Son funciones de la Subdirección : a) Coordinar y controlar las actividades académicas, de formación disciplinaria y de servicios de la Escuela, para que se ejecuten de acuerdo a la Política y Disposicio- nes impartidas por el Director ; b) Presidir, por delegación, los Consejos Académico, de Disciplina y de Aptitud Psicofísica; c) Ejercer el control del personal de la Escuela ; d) Dirigir la elaboración y someter a consideración de la Dirección, los planes anuales de actividades de la Escuela y presupuestales, de acuerdo a los lineamientos establecidos; e) Supervisar la programación de las actividades aca- démicas, disciplinarias, deportivas y administrativas ; fl Visar los partes de conducta formulados por la Dirección de Disciplina y los roles de guardia; g) Reemplazar al Director de la Escuela cuando se ausente o se encuentre impedido de ejercer el cargo; y; h) Otras que le asigne el Director CAPITULO IV DE LOS ORGANOS CONSULTIVOS SECCION 1 DEL CONSEJO ACADEMICO Artículo 9”.- El Consejo Académico es un órgano consultivo dependiente de la Dirección; está conformado por el Subdirector, quien lo presidirá; y los Directores Académicos. Artículo lo”.- Son funciones del Consejo Académico: a) Evaluar el rendimiento académico de los Cadetes y alumnos de la Escuela y emitir las recomendaciones que considere conveniente; b) Evaluar el rendimiento de los Profesionales y Téc- nicos de las diferentes especialidades requeridas; c) Revisar y proponer modificaciones en el Plan Gene- ral de Estudios; d) Evaluar y recomendar la contratación y!o rescisión de los docentes de la Escuela; e) Otras que le asigne la Dirección de la Escuela. SECCION II DEL CONSEJO DE DISCIPLINA Artículo ll”.- El Consejo de Disciplina es un órgano consultivo dependiente de la Dirección; está conformado por el Subdirector quién lo presidirá, el Director de Disciplina y los Jefes de las áreas de la IXrección de Disciplina. Artículo 12”: Son funciones del Consejo de Disciplina: a) Evaluar situaciones disciplinarias y emitir las reco- mendaciones y/o sanciones a los Cadetes que hayan incurrido en faltas graves; b) Revisar y recomendar cambios al régimen discipli- nario; y, c) Otras que le asigne la Dirección de la Escuela. SECCION III DEL CONSEJO DE APTITUD PSICOFISICA Artículo 13”.- El Consejo de Aptitud Psicofísica es un órgano consultivo dependiente de la Dirección, está con- formado por el Subdirector, quién lo presidir& el Director de Disciplina y el Jefe del Servicio de Sanidad. Artículo 14”.- Son funciones del Consejo de Aptitud Psicofísica: l-b) Recomendar las acciones necesarias para casos específicos de prevención y/o tratamiento médico que requieran los Cadetes; y, c) Otras que le asigne la Dirección CAPITULO V DEL ORGANO DE ASESORIA SECCION 1 DE LA OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Artículo 15”: La Oficina de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoría de la Escuela, dependiente de la Dirección. Artículo 16”.- Son funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica: a) Asesorar a la Dirección sobre asuntos jurídicos que sean sometidos a su consideración; b) Dictaminar sobre asuntos de queja y/o petición interpuestos a la Escuela; c) Proyectar y visar Resoluciones Directorales, Minis- teriales, Supremas, Contratos y Directivas que le enco- mienden; di Integrar comisiones y consejos que disponga la Dirección; e) Otras que le asigne la Dirección CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE APOYO SECCION 1 DE LA SECRETARIA Artículo 17”.- La Secretaría es un órgano de apoyo de la Escuela, dependiente de la Dirección, la Jefatura es ejercida por un Oficial de la Marina de Guerra del Perú en situación de actividad cuyo grado será de Teniente Primero. Artículo 18”: Son funciones de la Secretaría: a) Recepcionar, registrar. clasificar, distribuir, archi- var y controlar la correspondencia de la Dirección; bl Asegurar que los órganos internos de la Dirección, se encuentren informados de la correspondencia recibida yio emitida por la Dirección en los asuntos que les compe- te; c) Organizar y mantener actualizado el archivo de la Dirección, atendiendo a su seguridad y custodia, brindan- do la información oportuna a quién se lo solicite; d) Controlar que los oficios o informes dirigidos al Director o por él. sean contestados dentro de los plazos establecidos; e) Controlar y archivar los mensajes navales recibidos y/o transmitidos, de acuerdo a las disposiciones de segu- ridad vigentes: f> Formular la correspondencia de la Dirección; gi Llevar el control de las publicaciones navales asig- nadas ala Dirección, dando cumplimiento a las disposicio- nes y reglamentaciones vigentes; y, h) Otras que le asigne al Dirección. SECCION II OFICINA DE ADMINISTRACION Artículo 19”.- La Oficina de Administración es un órgano de apoyo, dependiente de la Dirección, la Jefatura es ejercida por un Oficial de la Marina de Guerra del Perú de la especialidad de Administración en situación de actividad con el grado de Capitán de Corbeta. Artículo 20”: Son funciones de la Oficina de Adminis- tración : a) Planear, organizar, ejecutar y controlar las activi- dades relacionadas con la administración de los recursos materiales, económicos y financieros: