NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (24/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 18
Phg. 164280 ~~~llO!lD &J&jiXL~ Lima, juwc1s 23 de setiembre de 1998 Se deben considerar -únicamente- las operaciones que se hubieren suscrito oficialmente, mediante el contra- to o convenio respectivo, teniendo en cuenta el cronogra- ma de desembolso aprobado. Adicionalmente, se señalará los organismos y/o entidades que otorgan dichos recursos. Los ingresos con cargo a esta Fuente de Financiamien- to se presupuestan al tipo de cambio de S/. 3.10 por dólar americano. Las Operaciones Oficiales de Crédito Externo sólo se destinan al financiamiento de proyectos de inversión. h) 13. Donaciones y Transferencias: Comprende los recursos financieros no reembolsables obtenidos por las Municipalidades, provenientes de Agen- cias Oficiales, Gobiernos, Instituciones y demás Organis- mos Internacionales, así como de otras personas natura- les o jurídicas domiciliadas o no en el país. Se consideran las transferencias provenientes de las Entidades Públicas y Privadas, sin exigencia de contraprestación alguna. Se deben considerar -únicamente- las que se hubie- ren suscrito oficialmente, mediante el contrato o convenio respectivo, teniendo en cuenta el cronograma de desem- bolso aprobado. Adicionalmente se debe señalar los orga- nismos y/o entidades que otorgan dichos recursos. Asimismo, en esta fuente se consideran los recursos destinados al financiamiento del Programa del Vaso de Leche, cuya estimación se efectuará en base al monto transferido en el mes de setiembre de 1998, multiplicado por 12 meses. Se deben incorporar, además, los recursos que por disposición expresa transfiera el Gobierno Central. Tratamiento de los Recursos Públicos en la Fase de Formulación Artículo lOO.- Las Municipalidades, en la fase de Formulación, deben tener en cuenta el marco legal y el tratamiento presupuestario que se establece para los recursos que administran, para cuyo efecto, deben consi- derar los siguientes procedimientos de registro: Fondo de Compensación Municipal - Los recursos del Fondo de Compensación Municipal se consignan en el Formato A - 1: Presupuesto de Ingresos, únicamente en la Fuente de Financiamiento 07. Fondo de Compensación Municipal, utilizando la si- guiente Cadena del Ingreso: Cadena del Ingreso / 3.Eir---- 1 3.1.4.Concepto Transferencias Transferencias _I_- - Otros--- -1 '3.1.4.001.I ___- / Fondode Compensación Municipal 1_______-- ------- -- ---.I 2% de Renta de Aduanas - Los recursos del 2% de Renta de Aduanas, se consig- nan en el Formato A - 1: Presupuesto de Ingresos, únicamente en la Fuente de Financiamiento 03. Partici- pación en Rentas de Aduanas utilizando la siguiente Cadena del Ingreso: Cadena del Ingreso Concepto ,1. Ingresos Corrientes 1.6. Rentas de la Propiedad 1.6.1, De la Propiedad Real 1.6.1 .Ol 1. Renta de Aduanas - El 2% de las rentas recaudadas por cada una de las Aduanas ubicadas en las Provincias distintas a la Provin- cia Constitucional del Callao, constituyen recursos de las Municipalidades en cuya jurisdicción funcionan dichas Aduanas (Artículo 80” del Decreto Legislativo N” 776 - Ley de Tributación Municipal J. Impuesto de Promoción Municipal - Zona de Selva y Frontera - Los recursos del Impuesto de Promoción Zona de Selva y Frontera, se consignan en el Formato A - 1:Presupuesto de Ingresos, únicamente en la Fuente de Financiamiento 08. Otros Impuestos Municipales utili- zando la siguiente Cadena del Ingreso: r l-T-----Cadena del Ingreso Concepto pIngresos Corrientes 1.1. Impuestos 1.1.4. A la Producción y Consumo 1 l.4.013. - IPM Zona de Selva y Frontera - El Decreto Ley N” 25980, establece que la tasa del Impuesto de Promoción Municipal en las operaciones exoneradas del Impuesto General a las Ventas, que se genera en la zona de selva y frontera, es distribuido entre las !Uunicipalidades ubicadas en la misma zona, en fun- ción a los porcentajes de distribución que se apruebe mediante Decreto Supremo. Impuesto de Promoción Municipal Adicional - Los recursos del Impuesto de Promoción Municipal Adicional se consignan en elFormato A - 1: Presupues- to de Ingresos, únicamente en la Fuente de Financia- miento 08. Otros Impuestos Municipales utilizando la siguiente Cadena del Ingreso: r Cadena del Ingreso Concepto 1. Ingresos Corrientes 1 1.1. Impuestos 1.1.4.i__~-_-- - --- -- 1.1.4.014--- ___-~-A la Producción y Consumo l PM Adicional - El monto del impuesto lo constituyen los recursos de las empresas que tengan convenios vigentes de goce de beneficios tributarios, al amparo de la Ley N” 23407 y que se encuentran exonerados del Impuesto Selectivo al Con- sumo. Derechos de Vigencia de Minas - Los recursos de Derechos de Vigencia de Minas se consignan en el Formato A - 1: Presupuesto de Ingre- sos, únicamente en la Fuente de Financiamiento 09. Recursos Directamente Recaudados utilizando la siguiente Cadena del Ingreso: Cadena del Ingreso Concepto 1. Ingresos Corrientes - El monto de este Ingreso está constituido por el pago al que está obligado el concesionario minero en donde se encuentra localizado el petitorio o concesión afecta. Canon Minero - Los recursos del Canon Minero se consignan en el Formato A - 1: Presupuesto de Ingresos, únicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso: / Cadena del Ingreso 1 Concepto I t1. Ingresos Corrientes 1.6. Rentas de la Prooiedad De la Propiedad Real Canon Minero - El monto de este Ingreso está constituido por el 20% del Impuesto a la Renta pagado por los titulares de la actividad minera de la circunscripción donde se encuen- tran ubicados los derechos mineros en explotación. Canon y Sobrecanon Petrolero - Los recursos del Canon y Sobrecanon Petrolero, se consignan en el Formato A - 1: Presupuesto de Ingre- sos, ÚRicamente en la Fuente de Financiamiento 01. Canon y Sobrecanon utilizando la siguiente Cadena del Ingreso: