Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 1998 (26/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA

N ORMAS LEGALES
ANO XVI - N" 6667

http:Uwww.editoraperu.com.pe

MORDAZA, sabado 26 de setiembre de 1998

Pae. 164383

PODER EJECZTLTVO
Autorizan al Banco de la Nacion para actuar como intermediario financiero en operacion de endeudamiento interno a que se refiere el D. S. N" 172-93-EF
DECRETO DE URGENCIA IV 050-98 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N" 138-93-EF, se aprobo el otorgamiento de la Garantia de la Republica del Peru ala operacion de Endeudamiento Externo acordada rntre la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE- y The Export-Import Bank of Japan -.EXIMBANK- hasta por Yen 5 000 000 000,OO (CINCO MIL MILLONES Y OO/100 YENES JAPONESESI destinados a financiar el 85% del valor exportable de equipo, maquinaria y bienes y/o servicios de origen japones o produccion japonesa; Que, mediante Decreto Supremo N" 172-93-EF, se aprobo la operacion de Endeudamiento Interno acordada entre el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y el Banco de la Nacion hasta por la suma en Yenes equivalente a US$ 40 000 000.00 (CUARENTA MILLONES Y OO/100 DOLARES AMERICANOS) con recursos del prestamo externo aprobado por el Decreto Supremo N" 13%93-EF; Que, el Articulo 5" del Decreto de Urgencia N" 31-94 establecio que la operacion de Endeudamiento Interno aprobada por el Decreto Supremo N" 172-93-EF continuaria estando regulada por lo dispuesto en dicho Decreto Supremo, no estando sujeta a lo establecido en el Estatuto del Banco de la Nacion, aprobado por Decreto Supremo N 07-94-EF; Que, mediante Decreto Supremo N" 062-98-EF se amplio el monto de la operacion de endeudamiento interno aprobada por Decreto Supremo N" 172-93-EF, hasta por la suma en yenes equivalente a US$ 2 000 000,OO (DOS MILLONES Y OO/100 DOLARES AMERICANOS) para la adquisicion de equipos y maquinarias de origen japones para el Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar al Banco de la Nacion a actuar como intermediario financiero en la operacion de Endeudamiento Interno MORDAZA senalada, asi como establecer que el margen que el Banco de la Nacion cobrara por el otorgamiento del credito sera de 0.5% anual; De conformidad con lo establecido en el inciso 19) del Articulo 118" de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y. Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo l".- Autorizar al Banco de la Nacion a actuar como intermediario financiero en lo que respecta a la ampliacion del monto de la operacion de endeudamiento interno a que se refiere el Decreto Supremo N" 172-93-EF, aprobada por Decreto Supremo N" 062-98-EF, excrptuandose de lo dispuesto por el inciso f) del Articulo 8" del Estatuto del Banco de la Nacion, aprobado por Decreto Supremo N" 07-94-EF. El margen que el Banco de la Nacion cobrara por el referido credito sera de 0.5% anual.

Articulo 2".- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por -1 Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en Lima? a los veinticinco ;go.del mes de setiembre de mil novecientos noventa y MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 11081

`P C M
Aprueban donacion en favor de instituciones, organizaciones sociales y poblaciones de escasos recursos
RESOLUCION SUPREMA W 552~SR-PCM MORDAZA, 25 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, con Resoluciones SUNAD Ws. 003302 y 003315, de fechas 18 y 26 de diciembre de 1997 respectivamente, la Superintendencia Nacional de Aduanas adjudico al Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, artefactos electrodomesticos, prendas de vestir, alimentos de primera necesidad y otros enseres diversos para ser entregados en donacion en favor de instituciones, organizaciones sociales y poblacion de escasos recursos; Que, es proposito del Gobierno del Peni apoyar a las instituciones, organizaciones sociales y poblacion de escasos recursos, cuyos integrantes realizan esfuerzos orientados a mejorar sus condiciones de vida; Que, mediante las Actas de Entrega y Recepcion respectivas el Despacho Presidencial - IJnidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, viene procediendo en sucesivos actos publicos, a entregar en calidad de donacion los aludidos bienes en favor de instituciones asistenciales, organizaciones sociales y poblacion de escasos recursos de los departamentos de Ica, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao y Ucayali, por lo que resulta pertinente la expedicion de la resolucion respectiva. que formalice dicha donacion para las subsecuentes acciones de control; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo W 804; SE RESUELVE: Articulo lo.- Aprobar la donacion de juguetes diversos y alimentos de primera necesidad, valorizados en Cuarenticinco Mil Setecientos Doce y OO/100 Nuevos Soles (S/. 45 712,00), efectuada por el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora OO 1 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en favor de instituciones, organizaciones sociales y poblaciones de escasos recursos de los departamentos de Ica, MORDAZA, Provincia Constitucional

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