Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 1998 (26/09/1998)


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mejor defensa, dentro del termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 3".- Remitir todos los actuados a la referida comision, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano

MORDAZA, sibado 26 de wtiemhrc de IWX

11033

PESQWERIA
Incorporan embarcaciones en anexo del D.S. Ne OO&97-PE y amplian permiso de pesca otorgado a empresa
RESOLUCION MINISTEXL4L W 457-9%PE
MORDAZA, 22 de setiembre de 1998 Visto los escritos con Registros Ns. 1587001. 3273001, 6270001, 4598002, 08370001 y 01587001 de fechas 9 de febrero, 30 de marzo, 15 y 18 de junio, 12,21 y 28 de agosto . --y 1 de setiembre de lYY8, respectivamente, presentados por la empresa WORLD BUSSINES TRADING S.A. CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el Articulo 3" del Anexo A, que forma parte integrante del Decreto Supremo N" 00697PE, las embarcaciones pesqueras censadas y verificadas consideradas en el Anexo 2 del Decreto Supremo N" 01-97PE, con solicitud de permiso de pesca en tramite de acuerdo a la normatividad vigente, se encuentran incorporadas en el Anexo B que forma parte integrante del Decreto Supremo N" 006-97-PEQue por Rkolucion Mimsterial N" 812-97-PE de fecha 18 de diciembre de 1997, se establecio que los armadores de embarcaciones pesqueras comprendidas en el Anexo B del Decreto Supremo N" 006-97-PE o que hayan sido incorporadas al citado anexo mediante las Resoluciones Ministeriales correspondientes, podran solicitar la ampliacion de su permiso de pesca para los recursos anchoveta o sardina, segun corresponda, si las embarcaciones fueron construidas con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo N 750, Ley de Promocion de Inversiones en el Sector Pesquero, conforme conste en el correspondiente certificado de matricula, y hayan realizado actividad extract.iva de los recursos anchoveta o sardina, indistintamente. con anterioridad a la vigencia del citado Decreto Legislativo; Que mediante Resolucion Directoral N" 233-97-PE/ DNE de fecha 4 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa WORLD BUSSINES TRADING S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "KATICA" y "HARMONY" con Matriculas Ns. CE-1865-PM y CE-1862-PM respectivamente, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 % pulgadas (38 mm. i; Que a traves de los escritos del visto la recurrente solicita la inclusion de las embarcaciones pesqueras citadas en el considerando precedente en el Anexo B del Decreto Supremo N" 006-97-PE, la ampliacion del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral N" 233.97-PEi DNE para realizar la actividad extractiva del recurso anchaveta y la ampliacion del destino de los recursos hidrobiologicos autorizados a extraer a consumo humano indirecto; Que la empresa WORLD BUSSINES TRADING S.A., solicito con anterioridad a la publicacion del Decreto Supremo N" 006.97.PE, permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras "KATICA" y "HARMONY", ias mismas que se encontraban consideradas en el Anexo 2 del Decreto Supremo N" Ol-97-PE, por lo que de conformidad con dispuesto en el Articulo 3" del Decreto Supremo N" 006-97. PE, es procedente incorporar a las citadas eml)arcaciones en el Anexo B del citado cuerpo normativo;

Que de conformidad con lo expuesto en el considerando precedente y habiendose determinado que las embarcaciones pesqueras "KATICA" y "HARMONT' fueron construidas en 1966 y 1968, respectivamente, asi como que han realizado actividad extractiva de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo N" 750, por lo que forman parte del esfuerzo pesquero dentro de los niveles permisibles de captura de los citados recursos, deviene en procedente su solicitud de ampliacion de permiso de pesca, asi como la ampliacion del destino autorizado; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 1" de la Resolucion Ministerial N" 812-97-PE, el Articulo 43" inciso c) numeral 1, del Decreto Ley N' 25977 - Ley General de Pesca y el Articulo 138" de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" Ol-94-PE; y, Con la opinion favorable del Vicemimstro; SE RESUELVE:

Articulo l".- Incorporar a las embarcaciones pesqueras "KATICA" y "HARMONY" de Matriculas Ns. CE-1865PM y CE-1862-PM, respectivamente, en el Anexo B del Decreto Supremo N" 006-97.PE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la-presente resolucion. Articulo 2"~ Modificar el Articulo 1" de la Resolucion Directoral N" 233.97-PE/DNE de fecha 4 de diciembre de 1997, en lo que respecta a las embarcaciones "KATTCA" y" HARMONY", entendiendose que se dedicaran a la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, destinados al consumo humano directo e mdirecto, utilizando redes de cerco de `/IL (13 mm. J pulgada y de 1 % (38 mm.) pulgadas de abertura de malla, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 3".- Incorporara las embarcaciones pesqueras senaladas en el articulo precedente en el literal BI y retirarlas del literal H) del Anexo 1 de la Resolucion Ministerial N" 200-98-PE que actualiza el Decreto Supremo N" 008.97.PE. Articulo 4".- Modificar las caracteristicas tecnicas con las que se consigna a las embarcaciones "KATICA" y "HARMONY" en el Anexo VII de la Resolucion Ministerial N" 200-98PE, conforme lo establecido en el Art~ulo 2" de la presente resolucion. Articulo 5".- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, Chiclayo, MORDAZA, Chimbote, Pisco. MORDAZA, 110 y Tacna.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria

10963

Declaran fundada impugnacion e incorporan embarcacion pesquera al anexo IX de la R.M. Ne 200-98-PE
RESOLUCION VICEMINISTERIAL w Ofw-SS-PE
MORDAZA, 24 de setiembre de 1998 Vistos los escritos de Registro NS. 1649002 de fecha 31 de marzo de 1998 y 4919002 de fecha 1 de MORDAZA de 1998, a traves del cual PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda., interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral N" 085 98PE/DNE y amplia los fundamentos de dicha apelacion, respectivamente. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral N" 146.97-PEiDNE de fecha 22 de setiembre de 1997, se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega, presentada por PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda., al haberse determinado que la embarcacion pesquera Domino de Matricula N" SE-8245 cuya sustitucion de capacidad de bodega se solicita, no

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