NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (26/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 2
Lima, sábado 26 de setiembre de 199X del Callao y Ucayali, según detalle que indica en el anexo adjunto, que forma parte de la presente resolución. Articulo 2”.- Transcribir la presente Resolución Supre- ma a la Contralorfa General de la República, dentro de los thninos de ley. Articulo 3”.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ’-* Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori 1 Presidente Constitucional de la República” ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 11063 Amplian plazo para que empleadores adecuen planillas de go autorizadas a lo dispuesto en el Ir.S. N* 00%98-TF?DECE !%JF”~MO w EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo N” OOl-98TR, se establecie- ron las nuevas normas que regulan la obligación de los empleadores de llevar planillas de pago de sus trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; Que el plazo establecido por la Tercera Disposición Transitoria y Complementaria del Decreto Supremo N” OOl-98TR, para que los empleadores den por concluidas sus planillas de pago autorizadas anteriormente y las adecuen al nuevo dispositivo legal, fue ampliado en mérito Fe z1=$8Supremo W 00598-TR, hasta el 30 de setiem- . Que es n&esario otorgar un plazo adicional, para que los emleadores cumplan con el referido dispositivo legal; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 118“ de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artfculo la.- Ampliar hasta el 30 de octubre de 1998, el plazo a que se refiere la Tercera Disposición Transitoria y Complementaria del Decreto Supremo N” OOl-98TR, para que los empleadores se adecuen a sus alcances y sustituyan sus lanillas de pago.LicuIo 2”.- El Ministerio de Trabajo y Promoción Social dictará las medidas complementarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cinco días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 11062 RatIfican Acuerdo de COPRI que apro- bó plan de promoción de la inversión @vada para otorgamiento en conce- Mn del reforzamlento de los Sistemas Ektrkos de Transmisibn del Sur RESOL;C;~4N9~~REMA m Lima, 25 de setiembre de 1998CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 4” del Decreto Legislativo N” 839 se creó la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el organismo encargado de promover la inversión privada en obras públicas de infraes- tructura y de servicios públicos que pueden ser otorgados en concesión al sector privado; Que, por el Artículo 1” del Decreto de Urgencia W 025-98 del 17 de junio de 1998 se ha transferido a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) las funciones, atribuciones y competencias otorgadas a la Comisión de Promoción de Concesiones Privadas (PROMCEPRI), dispo- niendo a su vez que la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) este adscrita al Sector Trabajo y Promoción Social y sea presidida por el Titular de dicho sector; Que, de acuerdo con el numeral 3) del Articulo 6” del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo W 59-96PCM, corresponde a la COPRI aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada relativo a la concesión de una o varias obras públicas de infraestructura o de servicios públicos; estableciendo el Artículo 1 l”, segundo párrafo, del reglamento de dicho Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo W 060~96-PCM, concordado con el Artícu- lo 1” del Decreto de Urgencia N” 025-98, que el respectivo acuerdo de la COPRI se ratificado por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social y por el Ministro del sector correspondiente; Que, por Resolución Suprema N” 259-98-PCM del 6 de mayo de 1998, se nombró al Comité Especial que esta encargado del proceso de promoción para la entrega en concesión al sector privado de los Sistemas Eléctricos de Transmisión del Sur, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en los dispositivos legales a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante acuerdo adoptado en sesión de fecha 22 de setiembre de 1998, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada ( COPRI) aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Reforzamiento de los Sistemas Eléctricos de Transmisión del Sur, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar el Acuerdo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), adoptado en su sesión celebrada el 22 de setiembre de 1998, en virtud del cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para el otorgamiento en concesión del Reforzamiento de los Sistemas Eléctricos de Transmisión del Sur. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 11086 Autorizan viaje de funcionario del MI- nisterio a Chile para participar en semi- nario sobre políticas de empleo pro- ductivo RJWOLUCION SUPFtEMA IV’ 075-98-TR Lima, 25 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Chile en acuerdo con la Organización de Estados Americanos (OEA), ha asumido la responsabilidad de ejecutar el Proyec- to Multinacional Empleo Productivo en lo relativo a las tareas a realizar durante el año 1998; Que, para el desarrollo de este proyecto se llevará a cabo el Seminario Internacional sobre Políticas de Empleo Pro- ductivo, a realizarse los días 28 y 29 de setiembre del presente año en la ciudad de Santiago, Chile;