Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (14/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 172106 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que de la Hoja Informativa Nº 020-98-INPE/DRC- OAR, de fecha 4 de diciembre de 1998, elaborada por la Oficina de Auditoría Regional de la Dirección Regional Centro - Huancayo, del Instituto Nacional Penitenciario, se desprende que Hugo Jaime Podestá Echevarría y Wilfredo Cuéllar Chávez, ex director y ex administrador, respectivamente, del Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Yanamilla - Ayacucho, incurrieron en responsabilidad penal durante su gestión, al haber adquirido alimentos para los internos, a una proveedora de carnes, que según información de la SUNAT se encon- traba inactiva, evidenciándose que el dinero fue utilizado en beneficio propio; además, en sus rendiciones de cuenta de las partidas de dinero destinadas a los alimentos de los internos, presentaron comprobantes de pago adultera- dos; asimismo, dispusieron de bienes de la entidad, que hasta la fecha no han sido devueltos; Que las conductas de los ex servidores Hugo Jaime Podestá Echevarría y Wilfredo Cuéllar Chávez se encuen- tran tipificadas como delitos de peculado y falsificación de documentos, respectivamente, a tenor de lo dispuesto en los Artículos 387º, 388º y 427º del Código Penal; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado promueva e impulse la acción penal por los delitos de peculado y falsificación de documentos, contra Hugo Jaime Podestá Echevarría y Wilfredo Cuéllar Chávez, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso al mencio- nado Procurador Público para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 4778 Autorizan a la Dirección Nacional de Justicia la realización de curso taller de formación y capacitación de conciliadores RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-99-JUS Lima, 9 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 1729-99-JUS/DNJ, de fecha 31 de marzo de 1999, de la Dirección Nacional de Justicia; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, se ha declarado de interés nacional la institucionalización y desarrollo de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos, desempeñando un papel preponderante el con- ciliador por ser quien propiciará el proceso de comunica- ción entre las partes proponiendo alternativas de solución de conflictos; Que asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 34º del Reglamento de la Ley de Conciliación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, es necesa- rio que el conciliador esté debidamente capacitado en el dominio teórico-práctico de técnicas de negociación y medios alternativos de resolución de conflictos; Que la Dirección Nacional de Justicia a través de la Dirección de Conciliación se encarga, entre otras funcio- nes, de realizar eventos de capacitación para los concilia- dores, por lo que ha considerado conveniente organizar elDécimo Segundo Curso de Formación y Capacitación de Conciliadores, a desarrollarse en la ciudad de Lima del 19 al 24 de abril del año en curso; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Justicia la realización del DECIMO SEGUNDO CURSO TALLER DE FORMACION Y CAPACITACION DE CON- CILIADORES a desarrollarse en la ciudad de Lima del 19 al 24 de abril de 1999. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración y la Oficina de Imagen Institucional, brindarán el apoyo necesario a la Dirección Nacional de Justicia, organiza- dora del mencionado curso para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 4779 Cancelan por renuncia título de Nota- rio de la provincia de Paita RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-99-JUS Lima, 9 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 146-99-JUS/CN-P, de fecha 24 de marzo de 1999, del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que mediante oficio de visto, el Presidente del Consejo del Notariado, comunica y remite la renuncia de don FELIX MANUEL SALVADOR RISCO DAVILA, Notario de la provincia de Paita, Distrito Notarial de Piura y Tumbes; Que en consecuencia es necesario cancelar el título respectivo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 21º del Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR, por renuncia, el título de Notario de la provincia de Paita, Distrito Notarial de Piura y Tumbes, de don FELIX MANUEL SALVADOR RISCO DAVILA. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Piura y Tumbes, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia 4780 P R E S Aprueban transferencia a favor del Ministerio de Energía y Minas de in- mueble ubicado en la provincia de Ascope RESOLUCION MINISTERIAL Nº 102-99-PRES Lima, 8 de abril de 1999