Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (14/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 172118 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de abril de 1999 dística e Informática" el INEI, ente rector de los Sistemas de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimien- tos y técnicas estadísticas utilizados por los órganos del sistema para la producción de Estadísticas Oficiales del país, referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir las actividades económicas del Sector Comercio y Servicios en el país, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Económica Anual 1998 del Sector Comercio y Servicios" que permita dispo- ner la información económica y financiera de las empre- sas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboración de las variables e indicadores económicos sectoriales que contribuyan a la adopción de medidas de política económica de este sector; Que, el INEI, ha efectuado las actividades de planea- miento de la referida encuesta, así como la definición y contenido de los formularios a ser utilizados y la formu- lación de la normatividad pertinente, por lo que es conve- niente, autorizar su ejecución y aprobar el formulario respectivo; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Económica Anual 1998 del Sector Comercio y Servicios", que será ejecutada a nivel nacional por el Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referi- das a los rubros siguientes: a) Comercio al por Mayor (División 50 y 51 de la CIIU Rev. 3). b) Comercio al por Menor (División 52 de la CIIU Rev. 3). c) Prestación de Servicios a Empresas y/o a la Comu- nidad. d) Prestación de Servicios de Salud (Grupo 851 de la CIIU Rev. 3): que comprende a las clínicas, sanatorios, laboratorios clínicos, servicios de ambulancias y alquiler de equipo médico. Artículo 2º.- Aprobar los formularios de la mencio- nada encuesta, que forma parte de la presente resolución, cuya distribución se efectuará a partir del 3 de mayo de 1999. Dichos formularios están dirigidos a las empresas del Sector Comercio y Servicios según los ingresos por las ventas anuales obtenidas en el año 1998: a) A las empresas que desarrollan actividades referi- das al Comercio al por Mayor (División 50 y 51 de la CIIU Rev. 3), se les entregará el Formulario F-2 a todas sin excepción. b) A las empresas que desarrollan actividades referi- das al Comercio al por Menor (División 52 de la CIIU Rev. 3). Presentación de Servicios a Empresas y/o a la Comu- nidad, y las empresas que prestan Servicios de Salud (Grupo 851 de la CIIU Rev. 3), se les entregará, según ingresos por ventas netas: . Formulario F-1: para empresas que obtuvieron ingre- sos por ventas netas durante 1998 hasta S/. 650,000 (Seiscientos Cincuenta Mil Nuevos Soles). . Formulario F-2: para empresas que obtuvieron ingre- sos por ventas netas durante 1998 más de S/. 650,000 (Seiscientos Cincuenta Mil Nuevos Soles). Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución solicita- rán los formularios de la encuesta en el local del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), sito en Jr. A. Miró Quesada Nº 549, Cercado de Lima, y para el resto del país en las Oficinas Departamentales de Estadística e Informática. Las empresas deberán presentar una carta indicando nombre o razón social de la empresa, dirección fiscal, número del Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad económica a la que se dedica, número total de personas ocupadas, total de ventas netas en el año 1998, teléfono y fax.Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo a nivel nacional, hasta el 18 de junio de 1999, para la presenta- ción de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Económica Anual 1998 del Sector Comercio y Servicios". Artículo 5º.- La información económico-financiera que proporcione la empresa a través de la encuesta, debe ser presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 4882 Autorizan la realización de la Encuesta Económica Anual 1998 de las Empre- sas No Financieras del Estado RESOLUCION JEFATURAL Nº 114-99-INEI Lima, 29 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática" el INEI ente rector de los Sistemas de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimien- tos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir la actividad económica de las Empresas No Financieras del Estado en el país, es nece- sario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Económica Anual 1998 de las Empresas No Financieras del Estado" que permita disponer de información económica y finan- ciera de las empresas dedicadas a esta actividad, indis- pensable para la elaboración de las variables e indicado- res económicos sectoriales que contribuyan a la adopción de medidas de política económica de este Sector; Que, el INEI ha efectuado las actividades de planea- miento y ejecución de la citada encuesta, así como la definición y contenido de los formularios a ser utilizados, por lo que es conveniente, autorizar su ejecución y apro- bar el formulario respectivo; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Económica Anual 1998 de las Empresas No Financieras del Estado ", la cual será ejecutada por el Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática - INEI, dirigida a las Empresas No Financieras del Estado. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la Encuesta Económica Anual 1998 de las Empresas No Financieras del Estado que forma parte de la presente resolución, cuya distribución se efectuará a partir del 3 de mayo de 1999. Artículo 3º.- Las empresas a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución solicitarán los formularios de la encuesta para el departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao en la sede central del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, sito en la Av. General Garzón Nº 670, Jesús María y para el resto del país en las Oficinas Departamentales de Estadística e Informática. Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo hasta el 18 de junio de 1999, a nivel nacional para la presentación de los formularios debidamente diligenciados de la "En- cuesta Económica Anual 1998 de las Empresas No Finan- cieras del Estado".