Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 1999 (14/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA SOBRE EXPEDICION DE CERTIFICADOS DE ZONIFICACION Y LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Articulo Primero.- Dispongase que los Certificados de Zonificacion que soliciten los ciudadanos deberan ser expedidos en el dia, a partir de su recepcion por la oficina encargada de dichos tramites. Articulo Segundo.- Dispongase que los Certificados de Licencias de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, deberan ser expedidos en el plazo MORDAZA de 48 horas a partir de su recepcion por la oficina encargada de dichos tramites. Articulo Tercero.- Dispongase que las gestiones de otorgamiento de Certificados de Zonificacion y Autorizacion Municipal de Funcionamiento, MORDAZA expedidas por las oficinas administrativas respectivas de la municipalidad. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Direccion de Servicios Publicos y a la Direccion de Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento de la siguiente ordenanza, bajo responsabilidad. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4893

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Declaran el reordenamiento y relanzamiento de los Mercados Municipales de Brena
ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-99-MDB Brena, 17 de marzo de 1999 VISTO: En sesion ordinaria de Concejo de fecha 8 de febrero de 1999, el pedido del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 002-98-MDB que dispuso el saneamiento integral de los mercados municipales; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su precepto 7º, establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa; Que, las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, es obligacion del Concejo Municipal cautelar el uso adecuado del patrimonio y bienes municipales, asi como velar por el mejoramiento de los servicios publicos locales que en ellos se ofrecen; Que, la actual gestion se ha propuesto reordenar y relanzar los mercados de propiedad municipal, para cuyo efecto debe adecuar sus politicas a las normas vigentes, como es la Ordenanza Nº 072 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las disposiciones que en materia de salud y salubridad expide el gobierno central, manteniendose la plena vigencia de la normatividad que, en ejercicio de su autonomia, ejerce el Concejo Municipal en la jurisdiccion distrital de Brena, conforme a sus propias decisiones, y que constituyen la legitima voluntad y expresion de sus vecinos; Que, es proposito prioritario de la actual gestion, establecer un adecuado reordenamiento de los mercados municipales para cuya finalidad es necesario dis-

poner el saneamiento integral de la propiedad y su titulacion, asi como definir la situacion legal de los posesionarios a cualquier titulo de los establecimientos individuales de venta; en cuya prima facie es preciso mantener la suspension del otorgamiento de concesiones, adjudicaciones u otras modalidades de transferencia onerosa o gratuita, conforme a las disposiciones establecidas en la Ordenanza provincial Nº 072, y de ser necesario y a fin de cautelar el interes y patrimonio municipal, se deben recomendar las acciones legales pertinentes con el objeto de recuperar los bienes de propiedad municipal; Que, la Ordenanza provincial Nº 072, que aprueba el MORDAZA Reglamento de Mercados, establece que los mercados municipales se encuentran bajo vigilancia y control de las autoridades competentes y ninguna obra ni modificacion en sus instalaciones se podra realizar sin previa autorizacion y supervision municipal; Que, el relanzamiento de los Mercados Municipales de Brena, implica presentar a la comunidad una relacion de establecimientos individuales, legalmente saneados y correctamente acondicionados, que conlleven a una Subasta Publica de Arrendamientos, lo que MORDAZA mas competitiva la participacion de los comerciantes formales, en beneficio directo de los consumidores de Brena; Que, el MORDAZA de reordenamiento y relanzamiento de los mercados municipales de Brena, requiere de esfuerzos complementarios que se adicionen a las funciones propias y permanentes de los distintos organos de la administracion municipal, siendo menester el que se designe a una Comision Especial; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Estado, Arts. 10º, 36º, 37º, 71º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; Art. 56º del Reglamento de Organizacion Interior del Concejo y Ordenanza Nº 072 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR el reordenamiento y relanzamiento de los Mercados Municipales de Brena, en un MORDAZA que comprende las siguientes fases: a) El saneamiento de la titulacion de los mercados municipales; b) La identificacion y saneamiento de los titulos de los actuales conductores; c) La declaracion de vacancia de los establecimientos que no esten arreglados a derecho; d) La interposicion de acciones legales a efectos de recuperar una situacion de derecho; y, e) La adjudicacion del arrendamiento de establecimientos en los mercados municipales en Subasta Publica. Articulo Segundo.- CONFORMAR una Comision Especial integrada por las siguientes personas: Presidente Miembro Miembro Miembro : : : : Sr. Sr. Sr. Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mathvey MORDAZA Mautino MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

La indicada comision elevara al Concejo un informe preliminar en un termino de (30) treinta dias, teniendo en consideracion los lineamientos expuestos en el articulo precedente y las propuestas tecnicas que tengan a bien proponer y un informe general en un plazo de (6) meses. Articulo Tercero.- PROHIBIR las concesiones de puestos, establecimientos, estantes, kioscos y otros, en los Mercados Municipales de Brena; asi como la transferencia, subarrendamiento, mejoras u otras acciones similares, en tanto se concluya el MORDAZA de reordenamiento. Articulo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 002-98-MDB y todas aquellas normas y disposiciones que se opongan al presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4887

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