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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (16/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 172257 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de abril de 1999 Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACION Y EJECUCION DEL ITINERARIO DE VIAJE QUE PRESENTARAN LOS TITULARES Y/O INTERESADOS CON LA FINALIDAD DE EFECTUAR LA DILIGENCIA PERICIAL Primero.- El itinerario de viaje se entregará al perito minero nombrado con copia al Registro Público de Minería con cinco días hábiles de anticipación a la fecha señalada para la diligencia pericial. Segundo.- El titular y/o interesado entregará los pasajes al perito minero con no menos de 48 horas antes de la hora de partida del medio de transporte aéreo o terrestre. El titular y/o interesado debe recibir como constancia un documento manus- crito por el perito minero dando conformidad de la entrega indicada, hora, fecha, nombre de la persona que le entregó los pasajes con la firma y sello del perito minero. Si el titular y/o interesado entrega el pasaje con menos de 48 horas de anticipación al viaje programado, se podrá considerar la diligencia frustrada por causa del titular y/o interesado originario de este itinerario, salvo pacto en contrario. Tercero.- En los casos de que en el itinerario se requiera de una o más escalas en alguna ciudad o localidad que implique cambio del medio de transporte utilizado, el titular y/o interesa- do efectuará las reservas de cupo con la respectiva anticipación para asegurar la continuidad del viaje del perito minero sea ésta por vía aérea o terrestre. De no presentarse esta facilidad el perito minero solicitará a la administración de la empresa de transporte indicada en el itinerario, la anotación en el pasaje de la falta de cupo con nombre, número de libreta electoral, firma y sello del represen- tante de la empresa de transporte. Si la falta de cupo imposibilita que el perito minero cumpla con el itinerario programado y por esta causa la diligencia no se ITINERARIO PARA LA DILIGENCIA PERICIAL PROGRAMADA PARA EL DIA ____________________ ELABORADO POR (Nombre del Interesado) NOMBRE DEL PERITO: ACTIVIDAD LUGAR MEDIO DE TRANSP. FECHA DE SALIDA HORA DE SALIDA NOMBRE DE DIRECCION NOMBRE DE LA O LLEGADA O LLEGADA COORDINADOR DE EMPRESA LA EMPRESA SALIDA LLEGADA 1RA. ESCALA SALIDA DE 1RA. ESCALA LLEGADA A 2DA. ESCALA SALIDA DE 2DA. ESCALA LLEGADA A 3RA. ESCALA O ESCALA FINAL LUGAR DE ALOJAMIENTO HORA DE SALIDA PERSONAS, AL CAMPO PARA AYUDANTES QUE PERICIA LO ACOMPAÑAN HORA DE LLEGADA NOMBRE DEL O AL LUGAR DE LOS AYUDANTES PERICIA DE CAMPO. RETORNO: SALIDA DEL CAMPAMENTO MINERO PRIMER EMBARQUE DEL PERITO MINERO FIRMA Y FECHA DE RECEPCION NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA 4925realiza, se considerará frustrada la diligencia, por responsabili- dad del titular o interesado que elaboró dicho itinerario. Cuarto.- Para el transporte desde el lugar de desembargo al lugar donde se efectuará la diligencia, el titular o interesado proporcionará el adecuado medio de transporte aplicando las me- didas de seguridad que permita el cumplimiento de la diligencia. El perito minero durante el transporte se limitará a anotar la fecha, hora, número de placa del vehículo y nombre de los acompañantes, lo que constará en el itinerario entregado. En caso que el titular o interesado no brinde las facilidades indicadas que impida cumplir la diligencia pericial en la fecha, hora y lugar indicado para el peritaje, se declarará frustrada la diligencia por causa imputable al interesado. Quinto.- Los equipos serán suministrados por el titular o interesado en el lugar de la diligencia, los cuales deberán estar de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Normas Técni- cas para Operaciones Periciales Mineras, D.S. Nº 040-94-EM y su modificatoria. Se entregará al perito minero copia fotostática del catálogo técnico del fabricante del equipo topográfico, la misma que se adjuntará al informe pericial. En el caso de que el titular o interesado no cumpla con suministrar el equipo necesario o éste no cumpla con los requi- sitos de ley, se considerará frustrada la diligencia pericial por causa imputable al interesado. Sexto.- Durante la estadía en las instalaciones que el titular y/o interesado indique durante el tiempo que el perito minero requiera del apoyo directo de estadía y movilidad, el titular y/o interesado brindará bajo su responsabilidad la seguridad de la información recopilada por el perito minero, así como de su seguridad física. La pérdida o sustracción de información recopilada por el perito minero mientras utilice las instalaciones y/o medios de transporte que el titular y/o interesado proporcione, será de responsabilidad de éstos, de ocurrir esta pérdida o sustracción de la información recopilada, el perito minero sentará la denun- cia en el puesto policial más cercano de la jurisdicción recabando de inmediato la constancia de la denuncia policial respectiva. De ocurrir esta pérdida o sustracción se podrá considerar la diligencia frustrada con responsabilidad del titular o interesado por no brindar la seguridad a la información recabada por el perito.