Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 1999 (16/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 1999

formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual de la Estadistica Agroindustrial 1998". Articulo 5º.- La informacion economica-financiera que proporcionaran las empresas a traves de la encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 4976

Autorizan la realizacion de la Encuesta "Estadistica, Economica Financiera de Centros Educativos de Gestion No Estatal 1998"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 130-99-INEI MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1999 Visto, el Oficio Nº 005-UEE/PLANMED-99 de la Unidad de Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, solicitando autorizacion para realizar la "Encuesta Economica y Financiera de los Centros Educativos de Gestion No Estatal 1998"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad economica educativa en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la Encuesta "Estadistica, Economica y Financiera de Centros Educativos de Gestion No Estatal 1998" que permita disponer de informacion economica y financiera de los Centros Educativos dedicados a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuya a la adopcion de medidas de politica economica de este sector; Que, el INEI ha realizado coordinaciones con la Unidad de Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, sobre el planeamiento de la encuesta asi como la definicion y contenido del formulario a ser utilizado; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada encuesta, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades educativas, la misma que sera ejecutada por la Unidad de Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, asi como aprobar los respectivos formularios en observancia de las Directivas Tecnicas impartidas por el INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la Encuesta "Estadistica, Economica Financiera de Centros Educativos de Gestion No Estatal 1998", que sera ejecutada por la Unidad de Estadistica Educativa del Ministerio de Educacion, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades educativas, especificadas en la seccion M division 80, de la Clasificacion Industrial Internacional Uniforme, Rev. 3 y que se encuentra bajo el ambito de competencia administrativa de su sector. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la mencionada encuesta, los mismos que forman parte integrante de la presente resolucion, cuya distribucion se iniciara a partir del 3 de MORDAZA de 1999. Dichos formularios estan dirigidos a los centros educativos segun el numero de alumnos matriculados en el ano 1998: - Formulario completo: Estan obligados a diligenciarlo todos los Centros Educativos de Gestion No Estatal ubicados en MORDAZA Metropolitana y que cuenten con 500 o mas alumnos matriculados en el ano 1998, en el resto del MORDAZA sera diligenciado por los centros educativos que cuenten con 200 o mas alumnos. - Miniformato: Estan obligados a diligenciarlo los Centros Educativos de Gestion No Estatal ubicados en MORDAZA Metro-

politana y que cuenten con menos de 500 alumnos matriculados en el ano 1998, en el resto del MORDAZA sera diligenciado por los centros educativos que cuenten con menos de 200 alumnos. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion solicitaran los formularios de la encuesta a cada Unidad de Servicios Educativos (USE) a la que pertenece el centro educativo; en el departamento de MORDAZA y para el resto del MORDAZA solicitaran los formularios a las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica del INEI en coordinacion con las Direcciones Regionales y Subregionales del Ministerio de Educacion. Los centros educativos deberan presentar una carta indicando nombre o razon social del centro educativo, direccion fiscal, numero de Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad economica a la que se dedica, numero total de alumnos, ingresos netos en el ano 1998, telefono y fax. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA, hasta el 18 de junio de 1999, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la Encuesta "Estadistica, Economica y Financiera de Centros Educativos de Gestion No Estatal 1998". Articulo 5º.- La informacion economico-financiera que proporcionara el centro educativo a traves de la encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 4977

RPM
Aprueban procedimiento para la preparacion y ejecucion del itinerario de viaje que presentaran los interesados a fin de efectuar diligencias periciales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 090-99-RPM/A MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Proyecto de Procedimiento para la preparacion y ejecucion del itinerario de viaje que presentaran los titulares y/o interesados con la finalidad de efectuar la diligencia pericial. CONSIDERANDO: Que, conforme lo disponen los Articulos 6º y 9º de la Resolucion Ministerial Nº 225-93-EM/VMM, el interesado pondra a disposicion del perito y/o personal designado, movilidad para trasladarse al lugar donde debe efectuarse la diligencia, asimismo, debera proporcionar el alojamiento y alimentacion cumpliendo en ambos casos con el requisito de que estos servicios MORDAZA apropiados, asi como proporcionara tambien, el equipo topografico, los ayudantes y materiales, si fuera el caso; Que, asimismo, en aplicacion del Articulo 58º del Reglamento de Procedimientos Mineros - D.S. Nº 018-92-EM, si la diligencia pericial se frustrara por causa imputable a quien pago la planilla de gastos correspondientes, se incrementara la planilla y si nuevamente se frustrara la diligencia por la misma causa se MORDAZA efectivo el apercibimiento de abandono; Que, estando a las normas MORDAZA citadas, es necesario establecer el procedimiento que utilizaran los interesados para asegurar que todo lo requerido para una diligencia pericial sea proporcionado adecuada y oportunamente; Con la visacion de las Directoras Generales de Concesiones y de Asesoria Juridica y del Director General de Catastro; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 110; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR el Procedimiento para la preparacion y ejecucion del itinerario de viaje que presentaran los interesados con la finalidad de efectuar las diligencias periciales, que en anexo se adjunta a la presente.

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