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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (16/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 172259 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de abril de 1999 SE DECRETA: Artículo 1º.- Establecer el horario de funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales o de servicios ubica- dos en el distrito de Chorrillos según el giro de actividad que se detalla en el anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Rentas y a la Direc- ción de Obras y Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 4919 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen resolver contrato de loca- ción de servicios para la cobranza del Derecho de Parqueo Vehicular RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 470-99-A-MDMM Magdalena del Mar, 10 de abril de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar con fecha 24 de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro emitió el Edicto Nº 006-94-A-MDMM, el mismo que estableció en el distrito de Magdalena del Mar, el Derecho de Parqueo Vehicular creado por la Municipalidad de Lima Metropolitana mediante Edicto Nº 184-93-MLM y, destinó áreas de su distrito al servicio de Parqueo Vehicular; Que, la empresa REPRESENTACIONES OMAR S.A. con fecha veinticuatro de setiembre de mil novecientos noventa y ocho, firmó Contrato de Locación de Servicios para la Cobranza del Derecho de Parqueo Vehicular con la Municipalidad Distri- tal de Magdalena del Mar, el mismo que tenía vigencia contada, a partir de la fecha de suscripción hasta el treinta de junio de mil novecientos noventa y nueve; Que, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar con fecha dos de octubre de mil novecientos noventa y ocho emitió la Resolución de Alcaldía Nº 408-98-A-MDMM, mediante la cual se aprobó el Contrato de Locación de Servicios suscrito con la empresa Representaciones Omar S.A., representada por la Sra. Laura Morales Oliva, con fecha 28 de setiembre de 1998, y que formó parte integrante de dicha resolución; Que, al recibirse diversas quejas de vecinos acerca de cobros no autorizados de derechos de parqueo por parte de la empresa Representaciones Omar S.A. en la jurisdicción del distrito, la Oficina de Auditoría Interna emitió su Informe Nº 006-99-OAI- MDMM de fecha cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve; mediante el cual concluye que la empresa REPRESEN- TACIONES OMAR S.A. ha transgredido lo estipulado en la CLAUSULA OCTAVA del contrato, al extender recibos en formatos no autorizados por la Municipalidad de Magdalena del Mar, y que en mérito a lo estipulado en la CLAUSULA DECIMO CUARTA del Contrato de Servicios suscrito, recomienda se dé por resuelto el contrato mencionado por incumplimiento de lo estipulado contractualmente en las cláusulas señaladas; la Oficina de Auditoría Interna, mediante Memorándum Nº 032- 99-OAI-MDMM, del nueve de marzo de mil novecientos noventa y nueve, confirma la infracción de lo estipulado en la CLAUSU- LA OCTAVA del contrato suscrito, referido a la emisión de recibos en formatos y montos no autorizados por el contrato; Que, la Oficina de Auditoría Interna ha adjuntado los reci- bos con los montos no autorizados cobrados por Representacio- nes Omar S.A., percibiéndose claramente que se trata de cobro de Parqueo Semanal a diversos contribuyentes por sus vehícu- los por montos no autorizados contractualmente los cuales están debidamente sellados con el visto bueno de la empresa y no tienen el control y sello de la Municipalidad de Magdalena del Mar;Que la empresa Representaciones Omar S.A., mediante carta de fecha 5 de marzo de mil novecientos noventa y nueve manifiesta, que con fecha 1 de febrero del año en curso, presentó una carta a la municipalidad, manifestando en el punto 9º de la misma, las investigaciones que venía realizando sobre el cobro a usuarios de cupos semanales, por el personal de esa empresa, en la calle Monteagudo, cuadra 10, señalando textualmente, que "se quiso hacer las denuncias respectivas a la Comisaría de Magdalena del Mar, pero por faltas de pruebas no fueron aceptadas ya que los usuarios de dicha calle no proporcionaron los recibos que supuestamente hasta ese entonces habían reci- bido por personal de nuestra empresa; la decisión que tomo la empresa fue despedir al Sr. Pedro Aguilar, quien era el Super- visor en ese entonces y quien se confabulo con los parqueadores que s e enviaban a esa zona"; en el segundo párrafo de su carta, la empresa señala textualmente, "Nuestra empresa, con el fin de continuar recaudando en dicha zona donde los usuarios estaban acostumbrados a pagar, con recibos semanales una cuota de S/. 10.00 por vehículo estacionado que son 6 en total, expidió los recibos membreteados con las siguientes numeraciones: 653 - 654 - 655 - 656 - 657 - 658 - 659 - 660 - 661 - 662 - 663 - 664 - 665- 666 - 667 - 668, de fechas: 20-1-99, 2-2, 5-2, 10-2, 15-2, 19-2, 22-2, 23-2 y 1-3-99, cada uno por S/. 10.00, totalizando S/. 170.00, por estacionamiento de los vehículos CQ-8980, TQ- 3191, RGI-088, SO-1120, TQ-4505 y CO-1333; Que, la Dirección de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 201-99-MDMM de fecha diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve, opina que se resuelva el Contrato de Locación de Servicios para la Cobranza Vehicular, por cuanto la empresa Representaciones Omar S.A. ha incurrido en las causales pre- vistas en los incisos c) y d) de la CLAUSULA CATORCE del contrato, ya que en el estudio de los recibos de los cobros no autorizados, se aprecia que todos ellos están señalados con el visto bueno de la empresa Representaciones Omar S.A. y están girados por un monto de S/. 10.00 (cupo semanal) cada uno infringiendo la CLAUSULA QUINTA del contrato, que señala que el monto del tributo es de S/. 1.00 la hora; igualmente considera que al carecer todos los recibos de control y sellado de parte de la Municipalidad de Magdalena del Mar, la empresa Representaciones Omar S.A. infringe la CLAUSULA OCTAVA del contrato y que constituye enriquecimiento indebido en per- juicio de los intereses de la Municipalidad Distrital de Magdale- na del Mar, un ilícito sancionado por el Código Penal y que, con relación a la carta de fecha cinco de marzo de mil novecientos noventa y nueve de la empresa REPRESENTACIONES OMAR S.A.L., ésta reconoce que expidió recibos con cobros semanales, diferentes a los autorizados; Que, la Dirección Municipal, mediante Informe para Conce- jo Nº 02-99-MDMM de fecha diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve, informa que en mérito a lo señalado y a lo informado por el órgano de Control Interno y la Oficina de Asesoría Jurídica, opina favorablemente para la Resolución de Contrato con la empresa REPRESENTACIONES OMAR S.A. y dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 408-A-MDMM; Que, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar en su sesión de fecha diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve se concluyó que la Comisión de Asuntos Legales informe para la próxima sesión sobre el caso; Que, la Comisión de Asuntos Legales, conformada por Regi- dores, emitió dictamen en el cual opina, que la Corporación no requiere dictamen de la Comisión de Regidores de Asuntos Legales para los casos en que exista informe de la Oficina de Auditoría Interna, por cuanto esa oficina es órgano funcional del Sistema Nacional de Control, en virtud a lo cual sus informes son considerados prueba preconstituida para iniciar las accio- nes administrativas y/o legales a que hubiera lugar, en aplica- ción del Artículo 16º inciso f) de la Ley Nº 26162 de Sistema Nacional de Control; por consiguiente, recomienda al señor Alcalde proceda de acuerdo a derecho; Que, las pruebas presentadas en los informes señalados en los párrafos precedentes es materia abundante y necesaria para aplicar los incisos c) y d) de la CLAUSULA CATORCE del contrato suscrito con la empresa REPRESENTACIONES OMAR S.A., y que adicionalmente se cuenta con la opinión de resolución de contrato por parte de la Oficina de Auditoría Interna, tal como se señala en párrafos precedentes; En uso de sus facultades conferidas al Despacho de Alcaldía por la Ley Nº 23853; Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Primero.- RESOLVER el Contrato de Locación de Servi- cios para la Cobranza del Derecho de Parqueo Vehicular de fecha veinticuatro de setiembre de mil novecientos noventa y ocho celebrado con la empresa REPRESENTACIONES OMAR S.A., sin perjuicio de que esta empresa liquide y pague a la Municipalidad de Magdalena del Mar los recibos girados hasta la fecha de recepción de la presente. Segundo.- NOTIFICAR a la empresa REPRESEN- TACIONES OMAR S.A., la presente Resolución de Alcaldía que declara resuelto el Contrato de Locación de Servicios de fecha