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Pág. 172342 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de abril de 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0294-99-AG Lima, 16 de abril de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 10687, ubicado en el distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 4218-98-AG-PETT-DE/CAH, de fojas 48, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titula- ción de Tierras y Catastro Rural, remite el expediente sobre levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 6 ha. 4,000 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, seguido por don Enrique Antonio Woyke Vásquez; Que por Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Fines de Irrigación y/o Drenaje Nº 2081-95-AG-PETT, de 22 de marzo de 1995, de fojas 18 y 19, la Dirección Regional Agraria de la Región La Libertad, adjudicó en venta a favor de don Enrique Antonio Woyke Vásquez, la superficie de 6 ha. 4,000 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 10687 del distrito de Pacanga, provincia de Chepén, depar- tamento de La Libertad, fijándose el plazo de dos (2) años para ejecutar el avance del 50% de las obras y dos (2) años para la conclusión de las obras; Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecución de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Técnico Nº 108-98-AG-PETT- CAH/EC, de 11 de agosto de 1998, de fojas 44 a 45, elaborado por la Comisión Ad Hoc del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, encargada de la evaluación de los contratos de otorgamiento de terrenos eriazos, suscritos con anterioridad a la Ley Nº 26505, señala que el terreno adjudi- cado se encuentra íntegramente incorporado a la agricultu- ra, contando con infraestructura de riego, que incluye un tubo alcantarillado bajo la carretera Panamericana, canales de tierra, pozo de material noble de distribución de agua y otros, con surcos trazados, con rastrojos de cultivo de caña de azúcar ya cosechada, por lo que es procedente el levanta- miento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 6 ha. 4,000 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 10687, ubicado en el distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, otorgados a favor de don Enrique Antonio Woyke Vásquez, mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Fines de Irrigación y/o Drenaje Nº 2081-95-AG-PETT, de 22 de marzo de 1995, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Direc- ción Regional de Agricultura de La Libertad gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de La Libertad la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 5149 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0295-99-AG Lima, 16 de abril de 1999VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12750, ubicado en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasma- yo, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 4218-98-AG-PETT-DE/CAH, de fojas 74, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, remite el expediente sobre levantamien- to de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 5 ha. 400 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, seguido por don Pablo Pérez Castillo; Que por Contrato de Compraventa Nº 005-93-DRA LA LIB, de 26 de abril de 1993, obrante a fojas 12 la Dirección Regional de Agricultura de la Región La Libertad, adjudicó en venta a favor de Pablo Pérez Castillo la superficie de 5 ha. 400 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12750 del distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, fijándose el plazo de un (1) año para ejecutar el avance del 50% de las obras y un (1) año adicional para su culminación para destinar esas tierras al uso agrario para el que fueron adquiridas; Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecución de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Técnico Nº 111-98-AG-PETT-CAH/ EC-435, de 11 de agosto de 1998, de fojas 68 a 71, elaborado por la Comisión Ad Hoc del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural, encargada de la evaluación de los contratos de otorgamiento de terrenos eriazos, suscritos con anterioridad a la Ley Nº 26505, señala que el adjudicatario ha desarrollado la parcela de conformidad al contrato suscrito, habiéndose encon- trado una alcantarilla bajo el camino carrozable y bocatoma, áreas sembradas, apreciándose rastrojo de arroz en aprox. 2.5, estando el resto con afloramiento de sales e indicación que ha sido conducida con actividad agrícola, concluyendo que el adjudicata- rio ha cumplido con las condiciones del contrato al haber habilita- do la parcela para las condiciones de riego y siembra, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 5 ha. 400 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12750, ubicado en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departa- mento de La Libertad, otorgados a favor de don Pablo Pérez Castillo, mediante Contrato de Compraventa Nº 005-93-DRA LA LIB, de 26 de abril de 1993, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Direc- ción Regional Agraria de La Libertad gestione ante el Regis- tro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de La Libertad la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 5150 DEFENSA Aceptan y aprueban donación de mate- riales y equipos a favor del Gobierno del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 254/DE/SG Lima, 14 de abril de 1999