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Pág. 176829 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de agosto de 1999 EPS EMSAPUNO LOCALIDAD DESAGUADERO Unidad Resultados OBJETIVOS INDICADOR de de Medida 1998 I Semestre II Semestre Meta Anual Continuidad promedio Hrs/día 2 2 2 2 Calidad bacteriológica del agua % 100 100 100 100 Turbiedad % 1 1 0 0 Producción per cápita Lit./hab./día 114 96 105 101 Cobertura de agua potable % 82 83 86 86 Cobertura de alcantarillado % 1 2 3 3 Cobertura de micromedición % 0 0 0 0 Presupuesto de Inversión S/. 0 30.000 30.000 60.000 Inversiones con recursos propios S/. 0 30.000 30.000 60.000 Agua no facturada % 0 0 0 0 Eficiencia de cobranza % Reducción del costo operativo Costo por m3 facturado S/./m3 Relación de trabajo % Deuda corriente / Ingreso operativo % Deuda total / Ingreso corriente %Mejoramiento de la situación financiera de la EPSMejoramiento de la eficiencia de la venta y recaudación ESTOS INDICADORES SE FIJAN EN FORMA CONSOLIDADA PARA TODA LA EMPRESAIncremento de la cobertura de los serviciosMETAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Período promedio de atención de reclamos Días 1METAS DE GESTION RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Y A LA GESTION EMPRESARIAL 1999 METAS PARA 1999 Mejoramiento de la calidad del servicio METAS RELACIONADAS A LA GESTION EMPRESARIAL1 1 1 Mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 728-99-SUNASS Lima, 10 de agosto de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 1006-99-GC-GG-EPS-TACNA S.A. de fecha 18 de mayo de 1999, mediante el cual la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento - Entidad de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima - EPS TACNA S.A. solicita un reajuste promedio de 13.46% en sus tarifas para cubrir sus costos y gastos desembolsables, el servicio de la deuda, las inversio- nes previstas en su Plan Operativo 1999 y compensar los menores ingresos que obtendrán por efecto de la aplicación de la Resolución de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS que dispone el Reordenamiento Ta- rifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Los Informes Nº 105-99-SUNASS-IT/EG y Nº 106-99- SUNASS-IT/DT en los que se evalúa el sustento técnico de la solicitud de incremento tarifario de la referida empresa. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS se establece el procedimiento y los criterios que regirán la atención de las solicitudes de incremento y/o ajuste compensatorio en las tarifas que cobrarán las EPS municipales durante el año 1999; Que, la referida Resolución dispone que la SUNASS autorizará los incrementos tarifarios y/o ajustes compen- satorios que podrán aprobar las EPS municipales, de manera que las tarifas cubran, en orden de prioridad: los costos y gastos desembolsables acordes con las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresa- rial; las obligaciones financieras y las inversiones con recursos propios que cuenten con un adecuado apalanca- miento financiero; Que, al ser evaluada la solicitud de EPS TACNA S.A., mediante los Informes Nº 105-99-SUNASS-IT/EG y Nº 106-99-SUNASS-IT/DT, se concluye que el incremento solicitado es razonable, dado que la empresa debe com- pensar la reducción de ingresos por efecto de la aplicación de la primera etapa del reordenamiento tarifario, así como atender sus obligaciones financieras y las inversio- nes con recursos propios que le permitan alcanzar lasMetas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial, que figuran en el Anexo Nº 2 de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Resolución de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a EPS TACNA S.A. un incremento en las tarifas correspondiente a cada una de las localidades que administra, hasta los niveles que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolu- ción. Antes de su aplicación, los niveles tarifarios deberán ser aprobados dentro del plazo establecido en el Artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS por la Junta General de Accionistas y publicados en el diario o semanario encargado de la inserción de los avisos judiciales de la zona donde opera la EPS. Esta autorización quedará sin efecto si, en el trans- curso de los treinta (30) días calendario siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano, EPS TAC- NA S.A. no ha procedido a la correspondiente aproba- ción. Esta situación no exime a la EPS del cumplimien- to de las Metas a las que se refiere el Artículo 2º de esta Resolución. Artículo 2º.- Aprobar las Metas de Calidad del Servi- cio y Eficiencia en la Gestión Empresarial de EPS TACNA S.A. y de cada una de las localidades bajo el ámbito de responsabilidad, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Resolu- ción. Artículo 3º.- EPS TACNA S.A. presentará trimes- tralmente un informe sobre la ejecución física y financiera de los proyectos considerados en el Plan Operativo de 1999, así como del cumplimiento de las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial para cada una de las localidades bajo su ámbito de responsabi- lidad. Artículo 4º.- Encargar a la Intendencia de Normas y Fiscalización la verificación del cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILLIAM POSTIGO DE LA MOTTA Superintendente (e)10403