Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 1999 (13/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, viernes 13 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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Resolucion Ministerial Nº 178-95-SA, establece que al Centro Nacional de Control de Calidad le corresponde evaluar, supervisar, autorizar y acreditar laboratorios analiticos; Que, por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD/INS de fecha 22 de octubre de 1996, se resuelve aprobar el Reglamento de Autorizacion y/o Acreditacion de Laboratorios Analiticos, para la emision de Protocolos de Analisis de Calidad Sanitaria de Medicamentos y Similares, dentro de la Red de Laboratorios de control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; Que, en base al Informe Nº 001-98-CEL-CNCC-INS de fecha 28-9-98, por Resolucion Jefatural Nº 179-98-J-OPD/INS, se resuelve por el termino de dos anos, acreditar a la empresa MORDAZA S.A., como laboratorio oficial miembro de la Red de laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, autorizandolo para ejecutar analisis, emitir protocolos de analisis, informes de ensayo o analisis y certificado de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biologicos, articulos medico-quirurgicos y/o cosmeticos, en 11 tipos de ensayos y 2 procedimientos; Que, recepcionada la informacion del cambio de local de MORDAZA S.A., se conformo una Comision Auditora, habiendo informado dicha comision los resultados de evaluacion de suficiencia tecnica de la indicada empresa, para los ensayos y procedimientos solicitados, habiendo emitido dictamen aprobatorio para la autorizacion de ejecucion de solo siete (7) tipos de ensayos de los once (11) autorizados y dos (2) procedimientos; Que, el Director General del Centro Nacional de Control de Calidad en cumplimiento del Art. 5.5.5 del Reglamento aprobado por Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD/INS, mediante el oficio de visto, opina favorablemente para la reacreditacion de la empresa MORDAZA S.A., como laboratorio oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, por cumplir con los requisitos exigidos por la normatividad vigente y autorizar a dicha empresa por la diferencia del plazo de duracion que establece la resolucion senalada en el tercer considerando, para la emision de protocolos, informes de ensayos o analisis y/o certificados de analisis; De conformidad con la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, su Reglamento Decreto Supremo Nº 010-97-SA, Decreto Legislativo Nº 584, Decreto Supremo Nº 002-92-SA, Resolucion Ministerial Nº 178-95-SA/DM, Decreto Supremo Nº 005-94-SA y Resolucion Jefatural Nº 244-96-J-IPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 178-95SA/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MODIFICAR los Arts. 1º y 2º de la Resolucion Jefatural Nº 179-98-J-OPD/INS, reacreditando a la empresa MORDAZA S.A., como Laboratorio oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, solo en los ensayos y procedimientos senalados en el Art. 2º de la presente resolucion, dejando subsistente lo demas que contiene. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la empresa MORDAZA S.A., para ejecutar analisis, emitir protocolos de analisis, informes de ensayo o analisis y certificados de analisis de calidad de medicamentos de uso humano y afines, biologicos, articulos medico quirurgicos y/o cosmeticos, en los siguientes rubros: ENSAYOS: 1 Analisis Fisico Quimicos 1.1 Descripcion y evaluacion de caracteristicas fisicas 1.2 Prueba de identificacion cualitativa de color y TLC (Notar la atingencia/limitacion a solo ensayos de coloracion y TLC) 1.3 Cuantificacion por tecnicas volumetricas 1.4 Particulas extranas en inyectables 2 Analisis Farmacologico y/o toxicologico 2.1 Prueba de toxicidad 2.2 Prueba de sensibilidad cutanea y reactividad en animales 2.3 Prueba de endotoxina bacteriana (Tecnica de limulus amebocyte lysate, LAL) PROCEDIMIENTOS: 1 Muestreo en almacenes y plantas 2 Emision de protocolos y analisis subcontratados en la Red Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FALCONI MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Salud 10408

SUNASS
Autorizan a EMSAPUNO S.A. y EPS TACNA S.A. el incremento de tarifas y aprueban Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 727-99-SUNASS MORDAZA, 10 de agosto de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 247-99-EMSAPUNO-GG de fecha 3 de junio y el Oficio complementario Nº 304-99-EMSAPUNO-GG., de fecha 07 de MORDAZA de 1999 mediante los cuales la Empresa Municipal de Saneamiento Basico de MORDAZA Sociedad Anonima - EMSAPUNO S.A., solicita un reajuste de 12.17% en sus tarifas a partir del mes de junio del presente, para cubrir sus costos y gastos desembolsables, el servicio de la deuda, las inversiones previstas en su Plan Operativo 1999 y compensar los menores ingresos que obtendran por efecto de la aplicacion de la Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS que dispone el Reordenamiento Tarifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Los Informes Nº 103-99-SUNASS-IT/EG y Nº 107-99SUNASS-IT/DT en los que se evalua el sustento tecnico de la solicitud de incremento tarifario de la referida empresa. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 150-99SUNASS se establece el procedimiento y los criterios que regiran la atencion de las solicitudes de incremento y/o ajuste compensatorio en las tarifas que cobraran las EPS municipales durante el ano 1999; Que, la referida Resolucion dispone que la SUNASS autorizara los incrementos tarifarios y/o ajustes compensatorios que podran aprobar las EPS municipales, de manera que las tarifas cubran, en orden de prioridad: los costos y gastos desembolsables acordes con las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial; las obligaciones financieras y las inversiones con recursos propios que cuenten con un adecuado apalancamiento financiero; Que, al ser evaluada la solicitud de EMSAPUNO S.A., mediante los Informes Nº 103-99-SUNASS-IT/EG y Nº 107-99SUNASS-IT/DT, se concluye que el incremento solicitado es razonable, dado que la empresa debe compensar la reduccion de ingresos por efecto de la aplicacion de la primera etapa del reordenamiento tarifario, asi como atender sus obligaciones financieras y las inversiones con recursos propios que le permitan alcanzar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial, que figuran en el Anexo Nº 2 de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Resolucion de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Empresa Municipal de Saneamiento Basico de MORDAZA Sociedad Anonima. - EMSAPUNO S.A., un incremento en las tarifas correspondiente a cada una de las localidades que administra, hasta los niveles que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion. MORDAZA de su aplicacion, los niveles tarifarios deberan ser aprobados dentro del plazo establecido en el Articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS por la Junta General de Accionistas y publicados en el diario o semanario encargado de la insercion de los avisos judiciales de la MORDAZA donde opera la EPS. Esta autorizacion quedara sin efecto si, en el transcurso de los treinta (30) dias calendario siguientes a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, EMSAPUNO S.A. no ha procedido a la correspondiente aprobacion. Esta situacion no exime a la EPS del cumplimiento de las Metas a las que se refiere el Articulo 2º de esta Resolucion. Articulo 2º .- Aprobar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial de EMSAPUNO S.A. y de cada una de las localidades bajo el ambito de responsabilidad, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- EMSAPUNO S.A. presentara trimestralmente un informe sobre la ejecucion fisica y financiera de los proyectos considerados en el Plan Operativo de 1999, asi como del cumplimiento de las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial para cada una de las localidades bajo su ambito de responsabilidad. Articulo 4º.- Encargar a la Intendencia de Normas y Fiscalizacion la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POSTIGO DE LA MOTTA Superintendente (e)

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