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Pág. 176816 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de agosto de 1999 pactos de recompra por el monto de dichos títulos, commodities o divisas, sin considerar los intereses, gastos y comisiones respec- tivas, generados producto de dicha operación. La obligación de recomprar los títulos o divisas que el trans- ferente asume en los pactos de recompra, cuando el adquirente es el Banco Central, deberá registrarse en la cuenta 2501 "Banco Central de Reserva del Perú". 11. Incorpórese en la cuenta 2501 "Banco Central de Reserva del Perú" las subcuentas siguientes: SUBCUENTAS: ................... BFECAC ................... DMFR 2501.04 PACTOS DE RECOMPRA - TITULOS ................... ** 2501.05 PACTOS DE RECOMPRA - DIVISAS ................... ** 12. Incorpórese en la cuenta 4107 "Otras Obligaciones" las subcuentas siguientes: SUBCUENTA: ................... BFECAC ................... DMFR 4107.10 INTERESES POR OPERACIONES DE REPORTE ................... ** 4107.11 INTERESES POR PACTOS DE RECOMPRA ................... ** En estas subcuentas se registrará el monto de los intereses devengados que el reportado o el transferente, según correspon- da, deberá pagar por las operaciones de reporte o los pactos de recompra que realice. 13. Incorpórese en la cuenta 5104 "Inversiones" la subcuenta siguiente: SUBCUENTA: ................... BFECAC ................... DMFR 5104.17 OPERACIONES DE REPORTE ................... ** 5104.18 PACTOS DE RECOMPRA ................... ** En esta subcuenta se registrará el monto de los intereses devengados que el reportante o adquirente, según corresponda, deberá cobrar por la inversión en operaciones de reporte o en pactos de recompra que realice. 14. Incorpórese en la cuenta 8109 "Otras Cuentas de Orden Deudoras" la subcuentas y cuentas analíticas siguientes: SUBCUENTA Y CUENTAS ANALITICAS: ................... BFECAC ................... DMFR 8109.11 OPERACIONES DE REPORTE ................... ** 8109.11.01 OPERACIONES DE REPORTE -CON RIESGO 100% ................... ** 8109.11.02 OPERACIONES DE REPORTE -CON RIESGO 50% ................... ** 8109.11.03 OPERACIONES DE REPORTE -CON RIESGO 20% ................... ** 8109.11.04 OPERACIONES DE REPORTE -CON RIESGO 10% ................... ** 8109.11.05 OPERACIONES DE REPORTE -CON RIESGO 0% ................... ** En esta subcuenta y cuentas analíticas, el reportante regis- trará el valor de los títulos adquiridos en operaciones de reporte, clasificándolo de acuerdo a la ponderación de riesgo de los títulos adquiridos, según las disposiciones aplicables. El monto contabi- lizado deberá ser igual al monto registrado en las subcuenta 1301.10 "Operaciones de reporte". SUBCUENTA Y CUENTAS ANALITICAS: ................... BFECAC ................... DMFR 8109.12 PACTOS DE RECOMPRA ................... ** 8109.12.01 PACTOS DE RECOMPRA -CON RIESGO 100% ................... ** 8109.12.02 PACTOS DE RECOMPRA -CON RIESGO 50% ................... ** 8109.12.03 PACTOS DE RECOMPRA -CON RIESGO 20% ................... ** 8109.12.04 PACTOS DE RECOMPRA -CON RIESGO 10% ................... ** 8109.12.05 PACTOS DE RECOMPRA -CON RIESGO 0% ................... ** En esta subcuenta y cuentas analíticas, el adquirente regis- trará el valor de los títulos, divisas o commodities adquiridos en pactos de recompra, clasificándolo de acuerdo a la ponderación de riesgo que les corresponde a los títulos, divisas o commodities adquiridos, según las disposiciones aplicables. El monto contabi- lizado deberá ser igual al monto registrado en las subcuenta 1301.11 "Pactos de recompra ". 15. Incorpórase en la cuenta 1108 "Depósitos sujetos a restric- ción" las siguientes subcuentas: SUBCUENTAS: ................... BFECAC ................... DMFR 1108.01 BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU ................... ** 1108.02 OTROS ................... ******En la subcuenta 1108.01 se deberá registrar el monto en divisas que deberá ser recomprado como parte de un pacto de recompra, cuya disponibilidad es de uso restringido. En la subcuenta 1108.02 se deberá registrar otros depósitos sobre los cuales la Empresa no pueda ejercer su inmediata disponibilidad por mandato legal, orden judicial, contractual o cualquier otra disposición imperativa. 16. Sustitúyase la descripción de la cuenta 8109 "Otras Cuen- tas de Orden Deudoras" por: "Comprende los bienes depreciados y de menor cuantía, así como los útiles de oficina, derechos en proceso de reclamo, valores emitidos y seguros a favor de la Empresa, y otros activos que por su naturaleza no conforman el activo de la Empresa; así también se registran los valores nominales de las operaciones con produc- tos financieros derivados de tasas de interés por cuenta propia y de terceros, autorizados por esta Superintendencia. También se registrarán la ponderación de las operaciones de reporte y los pactos de recompra y las demás operaciones cuyo control sea requerido por esta Superintendencia." 17. Incorpórese como tercer y cuarto párrafo en la descripción de la cuenta 1301 "Inversiones Financieras Temporales" lo siguiente: "En la subcuenta 1301.09 "Títulos de disponibilidad restrin- gida" se registrarán los títulos negociables sobre los cuales la facultad de disposición que tiene la empresa, se encuentra res- tringida por efecto contractual o por mandato de una disposición de carácter imperativo. Así como los títulos objeto de operaciones de reporte o pactos de recompra cuando la empresa actúa como reportado o transferente, según corresponda". "En las subcuentas 1301.10 y 1301.11 se registrará el monto de las operaciones de reporte donde la empresa actúa como reportante, y el monto de los pactos de recompra donde la empresa adquiere los títulos, commodities o divisas, sin conside- rar los intereses, gastos y comisiones respectivas, generados como producto de dicha operación. 18. Incorpórese como cuarto párrafo en la descripción de la cuenta 1302 " Inversiones Financieras Permanentes" lo siguiente: "En la subcuenta 1302.09 "Títulos de disponibilidad restrin- gida" se registrarán los títulos negociables sobre los cuales la facultad de disposición que tiene la empresa, se encuentra res- tringida por efecto contractual o por mandato de una disposición de carácter imperativo. Así como los títulos objeto de operaciones de reporte o pactos de recompra cuando la empresa actúa como reportado o transferente, según corresponda". 19. Incorpórese como segundo párrafo en la descripción de la cuenta 1303 "Inversiones en Instituciones Financieras del Exte- rior" lo siguiente: "En la subcuenta 1303.09 " Títulos de disponibilidad restrin- gida" se registrarán los títulos negociables sobre los cuales la facultad de disposición que tiene la empresa, se encuentra res- tringida por efecto contractual o por mandato de una disposición de carácter imperativo. Así como los títulos objeto de operaciones de reporte o pactos de recompra cuando la empresa actúa como reportado o transferente, según corresponda". 20. Incorpórese como segundo párrafo de la descripción de la cuenta 1304 "Inversiones en Instituciones Internacionales" lo siguiente: "En la subcuenta 1304.09 "Títulos de disponibilidad restrin- gida" se registrarán los títulos negociables sobre los cuales la facultad de disposición que tiene la empresa, se encuentra res- tringida por efecto contractual o por mandato de una disposición de carácter imperativo. Así como los títulos objeto de operaciones de reporte o pactos de recompra cuando la empresa actúa como reportado o transferente, según corresponda". 21. Sustitúyase el primer párrafo de la descripción de la cuenta 1903 "Inversiones Diversas" por lo siguiente: "En esta cuenta se registra aquellas inversiones de carácter permanente efectuadas para un propósito específico diferente al de proporcionar una reserva secundaria de liquidez. Asimismo, se registrará en esta cuenta los commodities que la empresa adquiera, con excepción del oro y la plata acuñadas en barras". 22. Incorpórese como segundo párrafo de la descripción de la cuenta 1904 "Intereses y Comisiones Pagadas por Adelantado y Otros" lo siguiente: "También se registra los intereses y comisiones no devengados, pagados o por pagar, originados para el reportado o transferente por una operación de reporte o pacto de recompra, según corresponda" 23. Incorpórase en la dinámica de la cuenta 1908 "Operacio- nes en Trámite" lo siguiente: Débitos:-Por los intereses y comisiones originados para el reportado o transferente por una operación de reporte o pacto de recompra. Créditos:-Por la parte proporcional de los intereses y comi- siones aplicables a las cargas del ejercicio en curso, originados para el reportado o transferente por una operación de reporte o pacto de recompra.