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Pág. 177023 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 1999 VISTO: El Expediente Nº 21072696, organizado por la empre- sa C y A PROHISA CONSULTORES Y PROMOTORES ASO- CIADOS S.A., sobre Concesión Temporal para desarrollar estu- dios de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Coralaque, iniciado el 16 de diciembre de 1996; CONSIDERANDO: Que, con fecha 8 de agosto de 1997, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial Nº 274-97-EM/VME, mediante la cual se otorgó a favor de C y A PROHISA CONSULTORES Y PROMO- TORES ASOCIADOS S.A. Concesión Temporal por el plazo de dos (2) años contado desde la fecha de publicación de la citada Resolución, para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Coralaque, aprove- chando los recursos hídricos de los ríos Coralaque y Titire; Que, la citada empresa no ha cumplido con sus obligaciones referidas a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del cronograma, razón por la cual, estando vencido el plazo de dos (2) años otorgado, procede declarar la caducidad de la Concesión y disponer la ejecución de la garantía presentada; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artículos 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones eléctricas, y 36º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar caduca la Concesión Temporal para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica, otorgada a favor de C y A PROHISA CON- SULTORES Y PROMOTORES ASOCIADOS S.A. mediante la Resolución Ministerial Nº 274-97-EM/VME, publicada el 8 de agosto de 1997, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Notificada que sea la presente Resolución, la Direc- ción General de Electricidad dispondrá la ejecución de la Carta Fianza Nº 000-842958 extendida por el Banco Wiese obrante en el expediente. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 10675JUSTICIA Designan Presidente de la Comi- sión Evaluadora creada por el Re- glamento de la Ley de Arrepen- timiento RESOLUCION MINISTERIAL Nº 246-99-JUS Lima, 18 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Presidente de la Comisión Evaluadora creada por el Reglamento de la Ley de Arrepentimiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-93- JUS; Que es necesario designar al representante del Ministerio de Justicia ante dicha Comisión, quien la presidirá; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 y Decreto Supremo Nº 015-93-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Gral. PNP (r) RAFAEL MARIANO DELUICH CARRION, como Presidente de la Comisión Evalua- dora creada por el Reglamento de la Ley de Arrepentimiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-93-JUS. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a los organismos representados ante la citada Comisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 10681