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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (19/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 177024 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 1999 P R E S Autorizan a procurador iniciar proce- so penal contra diversos funciona- rios y ex funcionarios del CTAR Aya- cucho RESOLUCION MINISTERIAL Nº 206-99-PRES Lima, 5 de agosto de 1999 Visto el Oficio Nº 116-99/PRES-IG del Inspector General del Ministerio de la Presidencia y el Informe Nº 011-99/PRES-IG relativo al Examen Especial al Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional de Ayacucho - CTAR Ayacucho. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Auditoría de la Inspectoría General del Ministerio de la Presidencia del año 1999, se realizó el Examen Especial al Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional de Ayacucho - CTAR Ayacucho, el período 1998- 1999; emitiéndose como resultado el Informe Nº 011-99/PRES-IG en el que se determinan responsabilidades en diversos funciona- rios y ex funcionarios; Que, asimismo en el referido Informe Nº 011-99/PRES-IG, se recomienda al Ministro de la Presidencia, autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del sector, a iniciar las acciones legales de carácter penal contra las personas que se encuentran comprendidas en la conclusión Nº 1 del citado Informe; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Ley Nº 25556 - Ley Orgánica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para que en representación del Estado interponga las acciones legales de carácter penal contra las personas que se indican en la conclusión Nº 1 del Informe Nº 011-99/PRES-IG. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 10635 PESQUERIA Autorizan viaje de Director Nacional de Acuicultura a Bolivia para partici- par en reunión de comisiones de la Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca RESOLUCION SUPREMA Nº 125-99-PE Lima, 5 de agosto de 1999 Visto el Cargo Nº 1033-99-PE/DVM, del Despacho Viceminis- terial de fecha 10 de agosto de 1999. CONSIDERANDO: Que mediante Facsímil (SAA-SUR-BOL) Nº 94, de fecha 10 de agosto de 1999, el Presidente de la Comisión Nacional Peruana de la Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca, comunicó al Despacho Viceministerial de Pesquería sobre la I Reunión de las Comisiones Nacionales de la Autoridad Binacional Autónoma del Lago Titicaca - ALT, a realizarse entre el 16 y 17 de agosto de 1999, en la ciudad de La Paz - Bolivia; Que con Oficio Nº 776-99-PE/DVM, de fecha 11 de agosto de 1999 del Despacho Viceministerial de Pesquería dirigido al Presi- dente de la Comisión Nacional Peruana de la Autoridad Binacio- nal Autónoma del Lago Titicaca - ALT, ha confirmado la partici- pación del ingeniero Carlos Valladares Velásquez, Director Na- cional de Acuicultura a la reunión indicada en el considerando precedente;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90- PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Carlos Vallada- res Velásquez, Director Nacional de Acuicultura del Ministerio de Pesquería, a la ciudad de La Paz - Bolivia, del 15 al 18 de agosto de 1999, para participar en representación del Sector Pesquería, en la "I Reunión de las Comisiones Nacionales de la Autoridad Binacional Autonóma del Lago Titicaca - ALT". Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presu- puestal del Ministerio de Pesquería, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 354,00 - Viáticos 800,00 - Tarifa CORPAC 25,00 Artículo 3º.- El citado funcionario al término de su participa- ción, en el referido evento, presentará un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Pesquería. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 10732 Declaran improcedente petición formulada por empresa para integrar resoluciones a fin de precisar recur- sos a los que tiene acceso mediante diversas embarcaciones RESOLUCION MINISTERIAL Nº 247-99-PE Lima, 17 de agosto de 1999 Visto los escritos de Registros Nºs. 2981002, 2982002 y 2983002, de fecha 14 de junio de 1999, presentados por CORPORACION DEL MAR S.A.; CONSIDERANDO: Que el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca- establece que la construcción y/o adquisición de embarca- ciones pesqueras deberá contar con autorización de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesquería, en función de la disponibilidad de los recursos hidrobiológicos, señalándose que en el caso de autorizaciones de incremento de flota para embarcacio- nes pesqueras para consumo humano indirecto sólo se otorgarán siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que el Artículo 19º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que tratándose de recursos plenamente explotados, las au- torizaciones de incremento de flota se otorgarán siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la misma pesquería; Que los Artículos 16º, 51º y 139º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establecen que el acceso a la actividad pesquera de extracción se obtiene mediante la expedición del permiso de pesca; Que los Artículos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca- establecen que para la operación de embar- caciones pesqueras de bandera nacional, las personas natura- les y/o jurídicas requerirán del permiso de pesca correspon- diente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para el desarrollo de la actividad pesquera; Que a través de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 169-94- PE, 171-94-PE y 172-94-PE, de fecha 29 de abril de 1994, se otorgó autorización de incremento de flota a las empresas EL DORADO S.A., LA RIVIERA S.A. y MARAZUL S.A., respectivamente, para la construcción de nueve embarcaciones pesqueras, las cuales se