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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (08/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 89

Pág. 181183 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 Que, estando a lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 239, la Ordenanza Municipal Nº 104, la Ordenanza Municipal Nº 131; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Las empresas de transportes de pasajeros, debidamente inscritas en la Dirección Munici- pal de Transporte Urbano de Lima, que en aplicación del Acuerdo de Concejo Nº 239, deseen obtener autorización excepcional y ampliar hasta el 31 de diciembre del año 2000, la concesión de ruta obtenida y que a la fecha de la expedición de la presente Resolución Directoral Munici- pal, se encuentran vencidas o están por vencer dentro de los próximos 30 días; para lograr el indicado beneficio; deberá presentar una solicitud a esta Dirección acompa- ñando los siguientes Documentos: a)Haber cumplido con el reempadronamiento dis- puesto por la Ordenanza Nº 239. b)Declaración Jurada del representante legal, con firma legalizada, por la cual reconoce y acepta el carácter de autorización excepcional de la amplia- ción de la vigencia de la concesión obtenida con anterioridad y que a la fecha se encuentra vencida o por vencer. Adicionalmente, de precisar que se compromete a mantener vigentes las coberturas de Seguros, dispuestas por el Artículo 80º de la Ordenanza Nº 104. c)Acreditar, la flota con la cual se propone continuar brindando el servicio. La cual, mantendrá el tipo de vehículo propuesto por la empresa en el proceso de Adjudicación Directa o Licitación Pública con que obtuvo la concesión del servicio; no debiendo exceder en ningún caso, la flota máxima autori- zada. En el presente caso, no es exigible flota mínima. Artículo Segundo.- Las solicitudes para acogerse al presente beneficio, en las concesiones que a la fecha de entrar en vigencia el presente dispositivo se encuentren vencidas, deberán ser interpuestas en un plazo máximo de 90 días. Artículo Tercero.- Las empresas de transportes de pasajeros, debidamente inscritas en la Dirección Munici- pal de Transporte Urbano de Lima, que en aplicación del Acuerdo de Concejo Nº 239, deseen obtener autorización excepcional y ampliar hasta el 31 de diciembre del año 2000, la concesión de ruta obtenida y que a la fecha de la expedición de la presente Resolución Directoral Munici- pal, se encuentran por vencer en fecha posterior, para lograr acogerse a indicados beneficios, deberán solicitarlo dentro de los últimos 30 días; antes de su vencimiento. Para lograr el indicado beneficio, deberá presentar una Solicitud a esta Dirección y cumplir con los requisitos descritos en el Artículo primero. Artículo Cuarto.- La Tarjeta de Circulación se emi- tirá de acuerdo a la antigüedad de los vehículos, según lo dispuesto por el D.S. Nº 026-99-MTC. Artículo Quinto.- Posteriormente a la entrega de la Resolución Autorizando excepcionalmente el servicio y de las Tarjetas de Circulación correspondientes, las em- presas deberán cumplir con presentar sus unidades a la Verificación Física, que según cronograma establezca la Dirección Municipal de Transporte Urbano. Artículo Sexto.- Para el caso de rutas, cuyos recorri- dos comprenden vías de acceso restringido, se considera- rá el cambio de tipo de unidad, siempre que la unidad a reemplazar sea de mayor capacidad potencial y de menor antigüedad. Artículo Séptimo.- Para el caso de rutas, cuyos recorridos comprenden vías de libre acceso, se aceptara el cambio de tipo de unidad, siempre que la unidad reempla- zante sea de una menor antigüedad. Artículo Octavo.- Son causales para suspender o cancelar la autorización excepcional de ampliación de concesión, el incumplimiento de lo dispuesto en el Artícu- lo Cuarto de la presente Resolución Directoral; y las causales previstas en el Capítulo V del Título VI de la Ordenanza Nº 104. Artículo Noveno.- La sustitución y/o incorporación de nuevos vehículos, en fecha posterior al reem-padronamiento gratuito, aprobado por la Ordenanza Nº 239; están sujetos a los requisitos establecidos en el TUPA aprobado por la Municipalidad de Lima, y demás normas legales vigentes. Artículo Décimo.- Las empresas que soliciten la renovación de concesión de ruta, sobre vías de acceso restringido, comprendidas en el Sector Territorial I del Cercado de Lima, delimitado por la Av. Alfonso Ugarte, Paseo Colón, Av. Grau, Av. Abancay y el río Rímac; aprobado por el Plan Maestro de Lima, siem- pre que contribuyan la disminución de flujos vehicula- res de paso por el citado Sector y propicien el descon- gestionamiento del sistema vial actual, podrán propo- ner y obtener previa evaluación de esta Dirección, en fecha posterior a la entrega de la Resolución autori- zando excepcionalmente la ampliación del servicio, lo siguiente: a)la modificación de los recorridos autorizados, b)la fusión de dos o más recorridos autorizados sobre una misma vía restringida, c)la permuta de ruta, con recorridos de otras rutas autorizadas sobre vías de libre acceso. Para el efecto, deberán indicar en Anexo a su solicitud, la propuesta a la cual deseen acogerse y que se detallan en el presente artículo. Las solicitudes presentadas serán resueltas a partir de los 90 días de presentadas, previa evaluación de la autoridad administrativa. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 15289 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION Nº 2011-99-RASS Expediente Nº 011479-98 Santiago de Surco, 30 de noviembre de 1999 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Expediente Nº 011479-98, conteniendo la solicitud de ALFREDO RODRIGUEZ LEON Y OTROS, propietarios del inmueble de 2,200.00 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, para que se ratifique la Resolución Nº 069-99-MML-DMDU, de fecha 7.7.99, ex- pedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, de- clarando Cumplidas las Obras de Habilitación Urbana del Lote Unico y con ello subsanar la observación efectuada por la Oficina Registral de Lima y Callao; y, CONSIDERANDO: Que, los recurrentes inician el correspondiente trá- mite de habilitación urbana del terreno de su propiedad ante la Municipalidad Metropolitana de Lima, obte- niendo la Resolución Nº 199-96-MLM-DMDU de fecha 9.9.96, considerando como nuevos propietarios en el proceso de Habilitación Urbana del terreno de 2,200.00 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, a los señores Alfredo Rodríguez León, Julio Rodríguez León y Jannine Gonzales Chávez de Lema, en sustitución de sus anteriores propietarios Mariano Ugarte Almonte y otros; otorgándose a los nuevos propietarios el plazo de