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Pág. 181186 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Anteproyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de calidad del Aire RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 078–99-CONAM/PCD Lima, 24 de noviembre de 1999 El Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el Artículo 10º del Reglamento Nacional para la aprobación de estándares de calidad y límites máximos permisibles aprobado por D.S. Nº 044-98-PCM, las propuestas de estándares de calidad ambiental y de límites máximos permisibles deben ser objeto de una consulta pública; Que, habiendo la Comisión Técnica Multisectorial aprobado el 23 de noviembre del presente año, que la propuesta formulada por el Grupo de Estudios Técnico Ambiental (GESTA) de Aire sea publicada con fines de consulta pública; De conformidad con lo prescrito por el Art. 10º del D.S. Nº 044-98-PCM; SE RESUELVE.- Artículo Unico .- Dése inicio a la consulta pública respecto de la propuesta de estándares nacionales de calidad de aire mediante su inmediata publicación, por 30 días calendario. El CONAM recibirá y sistematizará las opiniones y sugerencias recibidas durante este proceso. Regístrese y publíquese GONZALO GALDOS JIMENEZ Presidente Consejo Nacional del Ambiente DECRETO SUPREMO Nº -PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º inciso 22) de la Constitución Política del Perú establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el Artículo 67º de la Constitución Política del Perú señala que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales, Que la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovecha- miento Sostenible de los Recursos Naturales, establece la responsabilidad del Estado de promover el aprovecha- miento sostenible de la atmósfera y su manejo racional, teniendo en cuenta su capacidad de renovación; Que, el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en su Título Preliminar Art. I establece que es obligación de todos la conservación del ambiente y consa- gra la obligación del Estado de prevenir y controlar cualquier proceso de deterioro o depredación de los recur- sos naturales que puedan interferir con el normal desa- rrollo de toda forma de vida y de la sociedad. Que, siendo los estándares de calidad de aire un instrumento de gestión ambiental prioritario para preve- nir y planificar el control de la contaminación del aire en base a una estrategia destinada a mejorar la competitivi- dad del país y el desarrollo sostenible; Que, de conformidad con el Reglamento Nacional para la Aprobación de Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles, Decreto Supremo N° 044-98-PCM, se aprobó el Programa Anual 1999, para están- dares de calidad ambiental y límites máximos permisi- bles, conformándose el Grupo de Estudio Técnico Am- biental “Estándares de Calidad del Aire” – GESTA – AIRE, con la participación de 20 instituciones públicas y privadas que ha cumplido con proponer el estándar nacio- nal de calidad de aire bajo la coordinación del Consejo Nacional del Ambiente; Que, con fecha, fue publicada en El Peruano la pro- puesta de estándar nacional de Calidad del Aire acompa- ñada de la justificación correspondiente, habiéndose reci- bido observaciones y sugerencias, las que se han incorpo- rado dentro del proyecto definitivo, el que fue remitido a la Presidencia de Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el inciso 2) del Artículo 3º Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el “Reglamento de estánda- res nacionales de Calidad del Aire” el cual consta de 30 artículos, 5 disposiciones complementarias, 2 disposicio- nes transitorias y 3 anexos, que forman parte del presen- te Decreto Supremo. Artículo 2º.- Deróguese toda norma legal que se oponga al presente reglamento. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los …ANEXO (RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 078-99-CONAM-PCD) ANTEPROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD DEL AIRE