Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 1999 (08/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 1999 A.- Impuestos y tasas:

NORMAS LEGALES

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Quedan condonados los intereses al 100% de los adeudados correspondientes a los ejercicios, 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999. B.- Reduccion de la Multa tributaria: Base Imponible 30,000 30,001 hasta 50,000 50,001 hasta 100,000 100,001 hasta 300,000 mas de 300,001 Porcentaje de Reduccion 90% 85% 80% 70% 50%

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Declaran en emergencia cementerio publico ubicado en el distrito de San MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 020-99/ALC-MPH-M Matucana, 29 de noviembre de 1999 EL MORDAZA PROVINCIAL DE HUAROCHIRI CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, con fecha 19 de noviembre de 1993 la Municipalidad Provincial de Huarochiri emitio el Decreto de Alcaldia Nº 24-CPH-93, por el cual se Reconoce al Cementerio publico denominado "El Sauce" ubicado en el Anexo 21 "El Paraiso de Jicamarca" distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima; Que, la Municipalidad Provincial de Huarochiri y la Asociacion de Trabajadores del Cementerio "El Sauce" suscribieron un Convenio con fecha 25 de noviembre de 1999; Que, el Reglamento General de Cementerios y Servicios Funerarios aprobado por D.S. Nº 012-86-PCM, establece en su Art. 3º que las Municipalidades Provinciales son los organismos publicos responsables de la organizacion y administracion de los cementerios; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Arts. 2º, 3º, 47º Inc. 6); el Art. 3º del Reglamento General de Cementerios y Servicios Funerarios, aprobado por D.S. Nº 012-86-PCM y demas normas afines y complementarias; DECRETA: Articulo Primero.- DECLARAR en emergencia y reorganizacion al Cementerio "El Sauce" ubicado en el Anexo 21 "El Paraiso" de la Comunidad Campesina de Jicamarca, del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, por un termino de ciento veinte (120) dias a partir de la fecha. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Econ. MORDAZA MORDAZA CUSCANO, Administrador del Cementerio "El Sauce" del Anexo 21 "El Paraiso" de la Comunidad Campesina de Jicamarca del distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15148

Articulo 4º.- Las Multas Administrativas impuestas hasta el 30 de noviembre de 1999, seran reducidas en un 70%. FRACCIONAMIENTO DE PAGO Articulo 5º.- El importe de la deuda actualizada superior a 300.00 nuevos soles, podran ser pagados de una manera fraccionada. Para ello abonaran el 30% del concepto inicial y el saldo se dividira en 4 cuotas mensuales, con vencimiento el ultimo dia habil de cada mes. Las cuotas o proporciones aplazadas, sufriran un recargo prorrateado de acuerdo a la escala por mes o fraccion de mes. DEUDORES CON FRACCIONAMIENTOS OTORGADOS CON ANTERIORIDAD Articulo 6º.- Los contribuyentes o responsables y los infractores que se hubieran acogido a otros fraccionamientos concedidos con anterioridad por la Municipalidad podran optar por las siguientes formas de pago. A.- Cancelar solo el importe insoluto, mas el factor de ajuste del fraccionamiento devengado. B.- Solicitar MORDAZA fraccionamiento para lo cual se liquidara nuevamente lo adeudado, procediendose en la forma establecida en el Art. 5º. PERDIDA DEL BENEFICIO Articulo 7º.- Los deudores que dejaran de pagar 2 cuotas consecutivas o alternadas de los fraccionamientos perderan automaticamente el beneficio procediendo su deuda actualizada a ser ejecutada mediante cobranza coactiva. DESISTIMIENTO Articulo 8º.- Los contribuyentes con expedientes de reclamacion, reconsideracion o apelacion pendientes de resolucion, podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, debiendo desistirse previamente de los recursos presentados de acuerdo a ley. Articulo 9º.- Al vencimiento del plazo de vigencia de la presente Ordenanza, se reiniciara el Programa de Reactivacion Economica, via la fiscalizacion tributaria correspondiente. DISPOSICION ESPECIAL Facultese al MORDAZA para expedir las medidas complementarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15266

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo sobre el Programa de Intercambio Academico en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica entre Paises en Desarrollo De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/69, comunica que el referido Acuerdo, suscrito el 13 de setiembre de 1999, ratificado por Decreto Supremo Nº 067-99-RE de 26 de noviembre de 1999 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto el 28 de noviembre del mismo ano, entro en vigencia el 13 de setiembre de 1999. 15273

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