TEXTO PAGINA: 91
Pág. 181185 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de diciembre de 1999 A.- Impuestos y tasas: Quedan condonados los intereses al 100% de los adeu- dados correspondientes a los ejercicios, 1993, 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999. B.- Reducción de la Multa tributaria: Base Porcentaje de Imponible Reducción 30,000 90% 30,001 hasta 50,000 85% 50,001 hasta 100,000 80% 100,001 hasta 300,000 70% más de 300,001 50% Artículo 4º.- Las Multas Administrativas impuestas hasta el 30 de noviembre de 1999, serán reducidas en un 70%. FRACCIONAMIENTO DE PAGO Artículo 5º.- El importe de la deuda actualizada superior a 300.00 nuevos soles, podrán ser pagados de una manera fraccionada. Para ello abonarán el 30% del con- cepto inicial y el saldo se dividirá en 4 cuotas mensuales, con vencimiento el último día hábil de cada mes. Las cuotas o proporciones aplazadas, sufrirán un recargo prorrateado de acuerdo a la escala por mes o fracción de mes. DEUDORES CON FRACCIONAMIENTOS OTOR- GADOS CON ANTERIORIDAD Artículo 6º.- Los contribuyentes o responsables y los infractores que se hubieran acogido a otros fraccionamientos concedidos con anterioridad por la Municipalidad podrán optar por las siguientes formas de pago. A.- Cancelar sólo el importe insoluto, más el factor de ajuste del fraccionamiento devengado. B.- Solicitar nuevo fraccionamiento para lo cual se liquidará nuevamente lo adeudado, procediéndose en la forma establecida en el Art. 5º. PERDIDA DEL BENEFICIO Artículo 7º.- Los deudores que dejarán de pagar 2 cuotas consecutivas o alternadas de los fraccionamientos perderán automáticamente el beneficio procediendo su deuda actualizada a ser ejecutada mediante cobranza coactiva. DESISTIMIENTO Artículo 8º.- Los contribuyentes con expedientes de reclamación, reconsideración o apelación pendien- tes de resolución, podrán acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, debiendo desis- tirse previamente de los recursos presentados de acuer- do a ley. Artículo 9º.- Al vencimiento del plazo de vigencia de la presente Ordenanza, se reiniciará el Programa de Reactivación Económica, vía la fiscalización tributaria correspondiente. DISPOSICION ESPECIAL Facúltese al Alcalde para expedir las medidas complementarias para la aplicación de la presente Or- denanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 15266MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Declaran en emergencia cementerio público ubicado en el distrito de San Antonio DECRETO DE ALCALDIA Nº 020-99/ALC-MPH-M Matucana, 29 de noviembre de 1999 EL ALCALDE PROVINCIAL DE HUAROCHIRI CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades representan al vecindario, pro- mueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, con fecha 19 de noviembre de 1993 la Municipa- lidad Provincial de Huarochirí emitió el Decreto de Alcal- día Nº 24-CPH-93, por el cual se Reconoce al Cementerio público denominado "El Sauce" ubicado en el Anexo 21 "El Paraíso de Jicamarca" distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí y la Asociación de Trabajadores del Cementerio "El Sauce" sus- cribieron un Convenio con fecha 25 de noviembre de 1999; Que, el Reglamento General de Cementerios y Servi- cios Funerarios aprobado por D.S. Nº 012-86-PCM, esta- blece en su Art. 3º que las Municipalidades Provinciales son los organismos públicos responsables de la organiza- ción y administración de los cementerios; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, Arts. 2º, 3º, 47º Inc. 6); el Art. 3º del Reglamento General de Cementerios y Servicios Funera- rios, aprobado por D.S. Nº 012-86-PCM y demás normas afines y complementarias; DECRETA: Artículo Primero.- DECLARAR en emergencia y reorganización al Cementerio "El Sauce" ubicado en el Anexo 21 "El Paraíso" de la Comunidad Campesina de Jicamarca, del distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, por un término de ciento veinte (120) días a partir de la fecha. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Econ. ALBERTO RAVELO CUSCANO, Administrador del Cementerio "El Sauce" del Anexo 21 "El Paraíso" de la Comunidad Cam- pesina de Jicamarca del distrito de San Antonio, provin- cia de Huarochirí. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR PALOMINO CHINCHAY Alcalde 15148 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo sobre el Programa de Intercambio Académico en el Marco de la Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores median- te Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/69, comunica que el referido Acuerdo, suscrito el 13 de setiembre de 1999, ratificado por Decreto Supremo Nº 067-99-RE de 26 de noviembre de 1999 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto el 28 de noviembre del mismo año, entró en vigencia el 13 de setiembre de 1999 . 15273