Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 1999 (09/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 1999

ANO XVII - Nº 7108

Pag. 181191

PCM
Encargan despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 659-99-PCM MORDAZA, 7 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente de la Republica, Ing. MORDAZA Fujimori, viajara los dias 9 y 10 de diciembre de 1999 a la Republica MORDAZA, para participar en las ceremonias de transmision de mando presidencial en dicho pais; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial, mientras dure la ausencia del senor Presidente Constitucional de la Republica; De conformidad con el MORDAZA parrafo del Articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, los dias 9 y 10 de diciembre de 1999 y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15347

Que, el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminacion por los Buques (MARPOL 73) fue aprobado por Decreto Ley Nº 22703 y su Protocolo de 1978 por Decreto Ley Nº 22954, instrumento juridico internacional denominado MARPOL 73/78; Que, el anexo V del MARPOL 73/78 "Reglas para prevenir la Contaminacion por Basuras de los Buques", prescribe normas tecnicas de cumplimiento obligatorio por los Estados Parte a nivel mundial; Que, el Articulo 2º "DEFINICIONES" del MARPOL 73/ 78, indica que para los efectos del Convenio, se entiende por BUQUE todo MORDAZA de embarcaciones que operen en el medio MORDAZA, incluidos los aliscafos, asi como los aerodeslizadores, los sumergibles, los artefactos flotantes y las plataformas fijas o flotantes; Que, la Resolucion MEPC 71(38) del Comite de Proteccion del Medio Ambiente de la Organizacion Maritima Internacional aprobada el 10 de MORDAZA de 1996 aprueba las "Directrices para la Elaboracion de Planes de Gestion de Basuras"; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0071-98/DCG de fecha 16 marzo 1998, se aprobo las "Normas para Prevenir y Controlar la Contaminacion por Basuras Procedentes de los Buques", de acuerdo con el MARPOL 73/78; Que, es necesario actualizar las mencionadas normas, adecuandolas a las enmiendas efectuadas al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminacion por los Buques (MARPOL 73/78); De conformidad con lo propuesto por el Director del Medio Ambiente; SE RESUELVE: 1º.- Aprobar las "Normas para Prevenir y Controlar la Contaminacion por Basuras procedentes de los Buques", las mismas que forman parte de la presente Resolucion, como anexo. 2º.- Las Capitanias de Puerto verificaran el estricto cumplimiento de las normas aprobadas. Las infracciones seran sancionadas de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, asi como en la Tabla de Multas de Capitanias. 3º.- La presente Resolucion tiene alcance en los ambitos maritimo, fluvial y lacustre, en todo aquello que sea aplicable. 4º.- Otorgar un plazo de NOVENTA (90) dias a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano para que los propietarios, armadores y operadores de los buques cumplan con adecuarse a las normas aprobadas. 5º.- Los buques de bandera extranjera que arriben a puertos peruanos o que operen en aguas bajo dominio y jurisdiccion del Peru, estan obligados a cumplir con lo establecido en la presente Resolucion. 6º.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 0071-98/ DCG de fecha 16 marzo 1998. Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P). MORDAZA BIANCHI MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas NORMAS PARA PREVENIR Y CONTROLAR LA CONTAMINACION POR BASURAS PROCEDENTE DE LOS BUQUES 1. Se entiende por BASURAS a toda clase de restos de viveres - salvo el pescado fresco y cualesquiera porciones del mismo - asi como residuos resultantes de las faenas domesticas y trabajo rutinario del buque en condiciones normales de servicio, los cuales suelen echarse continua o periodicamente.

DEFENSA
Aprueban "Normas para Prevenir y Controlar la Contaminacion por Basuras procedentes de Buques"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0510-99/DCG MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, es funcion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, en su condicion de Autoridad Maritima Nacional, velar por la seguridad de la MORDAZA humana en el ambito acuatico, asi como proteger el medio ambiente MORDAZA y costero, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17824, Ley de la Creacion del Cuerpo de Capitanias y Guardacostas; Decreto Legislativo Nº 438, Ley Organica de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, y en el Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres aprobado por Decreto Supremo Nº 002-87-MA de fecha 9 MORDAZA 1987;

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