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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (11/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 181335 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de diciembre de 1999 mente la abstención al trámite de forma inmediata, apoyán- dose en el hecho de que tanto el Art. 11º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y el Art. 13º de la Ley Orgánica del Poder Judicial indica que las causales establecen taxativamente que tiene que surgir una cuestión litigiosa o contenciosa entre dos particulares lo que en el presente caso no existe, estando sí latente la posibilidad de que la Municipalidad después de un análisis más profundo decida mediante Reso- lución debidamente motivada interponer la acción judicial pertinente respecto al cierre de partida efectuado por la recurrente, no resultando procedente dictar abstención al- guna mientras aparezca vigente la propiedad de los terrenos materia de trámite en los Registros Públicos; Que, por Acuerdo Nº 02, tomado en Sesión Nº 25-99 de fecha 19 de agosto de 1999, por la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, se acordó Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Baja "R-1" y "R-2", Densidad Media "R-3" y Zona de Forestación "ZF", del terreno de 501,220.00 m2, conformado por el lote "D-1" con 200,120.00 m2 y el lote "D" de 301,100.00 m2, del ex fundo Monterrico Chico, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, calificando las Obras de Tipo "B", indicando además que el aporte Regla- mentarios para Otros Fines se encuentran ubicados en el lote Nº 02 de la manzana "E" con un área de 7,860.30 m2, para SERPAR con un área de 7,817.45 m2 conformados por los lotes Nº 05 al Nº 08 de la manzana "A" y para el Ministerio de Educación con un área de 2,649.70 m2 ubicado en el lote Nº 01 de la manzana "E"; Estando al Informe Nº 161-99-MML-DMDU-DHU-DCO, de fecha 23 de julio de 1999, Informe Nº 182-99-MML-DMDU- DHU-DCO, de fecha 18 de agosto de 1999, Informe Nº 195-99- MML-DMDU-DHU-DCO de fecha 3 de setiembre de 1999 e Informe Nº 230-99-MML-DMDU-DHU-DCO de fecha 11 de octubre de 1999, de la División de Control de Obras de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con los planos signados con los Nº 093-99-MML-DMDU-DHU y Nº 098-99-MML-DMDU-DHU el Proyecto Definitivos de Habi- litación Urbana del terreno de QUINIENTOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (501,220.00 m2), conformado por el lote "D" con TRESCIENTOS UN MIL CIEN METROS CUADRADOS (301,100.00 m2) y el lote "D- 1" con DOSCIENTOS MIL CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (200,120.00 m2) para Uso Residencial de Densidad Baja "R-1" y "R-2", Densidad Media "R-3" y Zona de Forestación "ZF", ubicado en el ex fundo Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a INVERSIONES M. Y S. S.A., para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, las Obras de Habilitación Urbana, cuyos proyectos se aprue- ban debiendo sujetarse éstos a los planos firmados y sellados por la Dirección de Habilitaciones Urbanas, en base al siguiente detalle de áreas: Area Bruta Total 501,220.00 m2 Area Util Total 361,765.60 m2 - Vivienda + Compensación 343,438.15 m2 - SERPAR 7,817.45 m2 - Otros Fines 7,860.30 m2 - M. Educación 2,649.70 m2 Area de Circulación, Vías y Areas Verdes 129,376.85 m2 Area de Recreación Pública 10,077.55 m2 El lote Nº 02 de la manzana "E" con un área de 7,860.30 m2 se encuentra destinado para Otros Fines, los lotes nume- rados del Nº 05 al Nº 08 de la manzana "A" con un área de 7,817.45 m2 para SERPAR y el lote Nº 01 de la manzana "E" con un área de 2,649.70 m2 para el Ministerio de Educación. Pavimentos.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos suce-sivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi- cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m., de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga propor- ciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máxi- mo de 1 1/2"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conve- niente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f 'c= 140 k./cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamen- te compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conec- tarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística Para Limitados Físi- cos aprobados por Resolución Ministerial Nº 1378-78-VC- 3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberán poner en conoci- miento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por LUZ DEL SUR. Instalaciones telefónicas.- Para las instalaciones tele- fónicas, la interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, que el propietario de la Habilitación no esté autorizado para vender o celebrar contratos de Venta Garantizada de los lotes que conforman la Habilitación. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente. Regístrese, publíquese y cúmplase. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 14027 MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-99-A/MC Comas, 7 de diciembre de 1999