Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 1999 (11/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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PCM
Aceptan renuncia de Presidente de Comite Especial encargado de promocion de la inversion privada de ENAFER
RESOLUCION SUPREMA Nº 664-99-PCM MORDAZA, 9 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 163-93-PCM de fecha 10 de MORDAZA de 1993 se ratifico el Acuerdo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, conforme al cual se incluyo a la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. - ENAFER en el MORDAZA de promocion de la inversion privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674 y se constituyo el correspondiente Comite Especial; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 259-96-PCM del 11 de MORDAZA de 1996, se nombro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente del Comite Especial referido en el considerando anterior; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la parte final del Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente del Comite Especial constituido mediante Resolucion Suprema Nº 163-93-PCM, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 15460

De conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del inciso g) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase la inafectacion del Impuesto General a las Ventas a la Alianza Francesa de Chiclayo, por las operaciones que a continuacion se detallan: a) Servicios Culturales conforme lo senala el Articulo 3º del Estatuto de la Alianza Francesa de Chiclayo: - Desarrollo de diversas actividades culturales tanto peruanas como francesas o de otros paises, sea a traves de la musica, piezas de teatro, danza, entre otras manifestaciones artistico-culturales. - Exposiciones de arte, libros, fotografias y otras. - Conferencias, simposios, seminarios varios. - Servicio de ensenanza del idioma MORDAZA asi como de la metodologia para su ensenanza, examenes nacionales e internacionales de la lengua francesa y otros examenes de instituciones examinadoras de Francia. b) Transferencia eventual de bienes usados que pertenezcan al activo de la Alianza Francesa de Chiclayo. La inafectacion a que se refiere el presente articulo se aplicara por el tiempo que dure la vigencia de la calificacion otorgada por el Instituto Nacional de Cultura y no incluye la transferencia de bienes salvo lo previsto en el literal b) de este articulo. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 15461

Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion que sanciono con destitucion a servidora del Autorizan inafectacion del IGV a opera- INABEC ciones que realice institucion cultural RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL
RESOLUCION SUPREMA Nº 541-99-EF MORDAZA, 9 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, no esta gravada con el Impuesto General a las Ventas la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios debidamente autorizada mediante Resolucion Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales que se encuentren constituidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, segun el inciso c) del Articulo 18º y el inciso b) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF; Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales a fin de obtener la autorizacion para la inafectacion del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institucion solicitante ha cumplido con adjuntar la documentacion a que se refiere el considerando precedente; Visto, el Expediente Nº 29745-98 y demas actuados en 153 folios utiles; y, CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA Marleny MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Jefatural Nº 109-98-JI/INABEC, de fecha 16 de setiembre de 1998, expedida por el Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC; Que, del estudio y analisis de los documentos adjuntos, se desprende que mediante la R.J. Nº 097-98-JI/INABEC, de fecha 25.8.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la recurrente, en su condicion de Especialista Administrativo III, Grupo Ocupacional Profesional, Nivel Remunerativo SP "A", por haber incurrido en inasistencias injustificadas a su centro de trabajo que configuran abandono de Nº 349-99-ED Por delegacion otorgada en la R.M. Nº 316-95-ED MORDAZA, 15 de noviembre de 1999

ECONOMIA Y FINANZAS

EDUCACION

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