Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 1999 (11/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 11 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, las indemnizaciones correspondientes por el establecimiento de la presente servidumbre han sido fijadas mediante acuerdos libres y directos entre los afectados y la concesionaria, lo que consta en los convenios que obran en el expediente; habiendo quedado expresas las autorizaciones otorgadas para las requeridas servidumbres; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 277-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision en 220 kV. S.E. Chimay - S.E. Yanango - S.E. Pachachaca, a favor de Empresa de Generacion de Energia Electrica de MORDAZA S.A. EDEGEL S.A.; de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Exp./ Codigo Inicio y Llegada de la Linea electrica Tension (kV.) 220 Nº de Ternas 01 Longitud (m.) 117 847,51 Ancho de la faja (m.) 25

culo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, las indemnizaciones correspondientes por el establecimiento de la presente servidumbre han sido fijadas mediante acuerdos libres y directos entre los afectados y la concesionaria, lo que consta en los convenios que obran en el expediente; habiendo quedado expresas las autorizaciones otorgadas para las requeridas servidumbres; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 291-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision en 138 kV. S.E. Cerro MORDAZA - S.E. Mollendo, a favor de Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR; de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: CUADRO Nº 1
Exp./ Codigo 12063597 Inicio y Llegada de la Linea electrica S.E. Cerro MORDAZA S.E. Mollendo Tension (kV.) 138 Nº de Ternas 01 Longitud Ancho de (m.) la faja (m.) 87 000 20

21101799 S.E. Chimay - S.E. Yanango S.E. Pachachaca

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza, ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Generacion de Energia Electrica de MORDAZA S.A. EDEGEL S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Generacion de Energia Electrica de MORDAZA S.A. EDEGEL S.A. debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 15048

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza, ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 15092

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA Imponen servidumbres de electroduc- judicial contra empresa para resarcir to y de MORDAZA a favor de ETESUR al Estado monto adeudado por conRESOLUCION MINISTERIAL cepto de publicacion de avisos Nº 650-99-EM/VME
MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 12063597, constituido por los documentos con Registro Nºs. 1166076, 1222686 y 1254300, presentado por Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR, solicitando la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision en 138 kV. S.E. Cerro MORDAZA - S.E. Mollendo, ubicadas en las provincias de MORDAZA e Islay, del departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR, concesionaria de transmision de energia electrica, en merito a la Resolucion Suprema Nº 040-98-EM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, solicito la imposicion de servidumbres de electroducto y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision en 138 kV. S.E. Cerro MORDAZA - S.E. Mollendo; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos b) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el ArtiRESOLUCION MINISTERIAL Nº 685-99-EM/SG MORDAZA, 3 de diciembre de 1999 Visto, el Memorandum Nº 0664-99-EM/DEP, de fecha 4.11.99, de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas; CONSIDERANDO: Que, los dias 19.3.94 y 20.3.94, la Direccion Ejecutiva de Proyectos, mediante avisos publicados en el Diario Oficial El Peruano y el diario "El Comercio", convoco a la Licitacion Publica Nº 011-94-EM/DEP, para el suministro de materiales y equipos del proyecto "Ampliacion del Sistema Electrico de Pucallpa", provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, el 11.4.94, luego de la apertura de sobres correspondiente, se otorgo la Buena Pro, de acuerdo al siguiente detalle: INDUSTRIA METALSAN S.A. partida 1.2, INDUSTRIA DE POSTES S.R.L. partida 2, ZOPEN S.A. Partidas 3.1, 3.2 y 7, C&L ASOCIADOS S.A. partidas 4 y 5, COELSA partida 6, e INDUSTRIA DE MATERIALES ELECTRICOS S.A. partida 8, publicandose el Otorga-

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